Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 16 de mayo de 2024 la Resolución 32/2024, mediante la cual otorgó medidas cautelares al periodista Aldemar Solano Cuellar, y su hijo, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal enfrentan un riesgo de daño irreparable en Colombia.
La solicitud alegó que Aldemar Solano Cuellar, director del noticiero digital "Conexión", en el departamento del Meta, y su hijo Aldemar han sido objetos de amenazas de muerte y extorsiones por parte del grupo armado ilegal "Clan del Golfo", para que se uniera a la organización. Pese a las denuncias y solicitudes de protección, el Estado no habría implementado medidas concretas para salvaguardar su seguridad y ello ha llevado a Solano Cuellar a recluirse en su casa, afectando sus labores periodísticas.
Por su parte, el Estado informó sobre el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, que incluye estrategias para proteger a las personas defensoras de derechos humanos y periodistas. Asimismo, indicó que la Policía Nacional ha tomado algunas medidas preventivas y disuasivas, como charlas de autoprotección y patrullajes. Según la información presentada, las autoridades locales del Departamento del Meta y la Alcaldía de Villavicencio han activado rutas de protección y están evaluando la solicitud de medidas de seguridad para Solano Cuellar. Asimismo, la Unidad Nacional de Protección (UNP) estaría en proceso de evaluar el nivel de riesgo y determinar las medidas adecuadas.
La Comisión valoró las acciones desplegadas por el Estado, sin embargo, advirtió que las amenazas de muerte hacia Solano Cuellar y a su hijo persisten y que, a pesar de desplazarse por seguridad, tuvo que regresar a Villavicencio para continuar su trabajo periodístico. Además, se observó que no se han adoptado medidas de protección material y que la evaluación de riesgo de la UNP no ha concluido. Por consiguiente, de acuerdo con el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicitó a Colombia que:
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen un prejuzgamiento a una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
No. 109/24
9:00 AM