Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, D.C.-La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la declaración de inconstitucionalidad efectuada por el Supremo Tribunal Federal (STF), respecto de la tesis del marco temporal para la demarcación de los territorios indígenas.
En la decisión del Recurso Extraordinario (RE) 1017365, el 21 de septiembre, el STF señaló que la fecha de promulgación de la Constitución Federal no puede ser tomada como referencia temporal para definir la ocupación ancestral de la tierra por parte de los pueblos indígenas. Esta decisión aplica para resolver los 226 casos sobre relacionados con la demarcación de territorios indígenas que se encuentran en distintas instancias judiciales.
La CIDH ha resaltado la especial conexión que los pueblos indígenas y tribales mantienen con sus territorios y recursos naturales. En este vínculo se forjan y reproducen diversas prácticas y tradiciones que conforman las cosmovisiones de estos colectivos, por lo que la preservación de sus territorios es una condición para la existencia de estas poblaciones y de sus culturas.
En este contexto, la Comisión hace un llamado al Estado a fortalecer las garantías jurídicas sobre la propiedad colectiva de los territorios ancestrales de los pueblos indígenas y de los recursos naturales. Los Estados de la región deben establecer mecanismos efectivos para la delimitación, demarcación, titulación y saneamiento de tierras y territorios indígenas, lo que incluye medidas de protección frente a las acciones de terceros.
Asimismo, CIDH recuerda que cualquier iniciativa legislativa o acción que afecte los territorios de los pueblos indígenas y tribales debe contar con su consentimiento, generado a través de los procedimientos de consulta previa, libre e informada conforme a los estándares interamericanos
En la línea de las recomendaciones formuladas en el informe Situación de los Derechos Humanos en Brasil, de 2021, la decisión del Supremo Tribunal es una oportunidad para reforzar las instancias de diálogo entre los pueblos indígenas y el Estado. La Comisión Interamericana reitera su disposición al Brasil, para seguir cooperando técnicamente en el desarrollo de estos procesos.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 240/23
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