Anexo Comunicado de Prensa 297/21 - 181 Periodo de Sesiones

1) EC: Situación de derechos humanos de las personas afrodescendientes en plantaciones agrícolas en Ecuador

La Defensoría del Pueblo de Ecuador expuso la situación de personas afrodescendientes en condiciones de esclavitud moderna en plantaciones agrícolas, y siguen expuestas a violaciones a sus derechos a la vida, derechos económicos, sociales, culturales, y ambientales, así como en el acceso a la justicia. Por su parte el Estado de Ecuador informó sobre las medidas implementadas como inspección de plantaciones agrícolas, investigaciones y acciones legales iniciadas y programas de atención a derechos a la salud, educación y otros DESCA de personas afectadas. La Comisión y su Relatoría Especial DESCA expresaron preocupación por la situación de derechos humanos descrita y solicitaron información acerca de los derechos de niñas, niños, y adolescentes, en particular medidas para atender factores étnico-raciales e investigaciones sobre denuncias de violencia sexual.

2) AR: Caso 14.059 - María y su hijo vs Argentina

El caso trata sobre la presunta responsabilidad del Estado argentino en relación con las presuntas violaciones a los derechos a la integridad personal, garantías judiciales, protección judicial y protección a la familia en perjuicio de la niña "María" y su hijo "Mariano" cometidas en el marco del proceso civil de declaración de adoptabilidad de "Mariano" iniciado en 2014. La audiencia tuvo por objeto recibir la declaración de la presunta víctima, y las alegaciones orales de las partes. La parte peticionaria afirmó que en el proceso existieron una serie de irregularidades que tienen como origen la falta de consentimiento de "María" de entregar en adopción a su hijo. Asimismo, la parte peticionaria denunció que el Estado no ha garantizado hasta la fecha el derecho de "María" y de su familia de vincularse y establecer una relación cercana con su hijo. El Estado no cuestionó los argumentos expresados por las peticionarias y solicitó a la CIDH que se expida sobre el fondo del caso a la mayor brevedad posible. La Comisión se pronunciará sobre la admisibilidad y el fondo del presente caso en el Informe que oportunamente adopte al respecto

3) ES: Desaparición forzada de personas en El Salvador

Las organizaciones solicitantes denunciaron el incremento en las desapariciones y su conexión con la criminalidad y la política de seguridad militarizada. Resaltaron la magnitud de este fenómeno y la deficiente respuesta estatal para prevenir, investigar y sancionar estos graves crímenes con enfoque de género. Señalaron los desafíos enfrentados por las instituciones que investigan las desapariciones y demandaron la creación de una comisión especial que se dedique al tema de la desaparición forzada en el país. Asimismo, criticaron la falta de comunicación con los familiares de las víctimas y las organizaciones que los acompañan. Por su parte, el Estado enumeró las acciones adoptadas en materia de desapariciones, incluyendo reformas normativas como el Protocolo de Acción Urgente de la Fiscalía General de la República y reformas penales. El Estado indicó que, de los 1.116 casos de desapariciones denunciados hasta el 13 de octubre de 2021, han logrado ubicar al 51.6% de las personas. La presidenta del Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas destacó la importancia que el Estado ratifique la Convención Internacional para la protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. La CIDH instó al Estado a fortalecer acciones de prevención de las desapariciones, a avanzar con la creación del banco genético, y a establecer mecanismos de diálogo con las familias de víctimas de desapariciones y las organizaciones de sociedad civil.

4) CB: Situación de derechos humanos en el contexto de la protesta en Cuba

Las organizaciones de la sociedad civil manifestaron ante la CIDH que la respuesta estatal ante las protestas que iniciaron el 11 de julio han incluido uso desproporcionado de la fuerza, criminalización de la expresión y un discurso oficial estigmatizante que tiene el potencial de generar un clima de permisividad a la violencia y que contraviene estándares internacionales de derechos humanos. Asimismo, señalaron que las autoridades han omitido toda acción legal de su parte en relación con el accionar institucional arbitrario y desproporcionado. Las cifras estimadas de personas detenidas que habrían sido registradas por parte de la sociedad civil es de al menos 1130 personas, de las cuales 572 permanecerían privadas de la libertad, según la información proporcionada por las organizaciones durante la audiencia. Por su parte, la CIDH reiteró su preocupación en torno a la situación de los derechos en Cuba, incluyendo las violaciones al debido proceso y las penas desproporcionadas, que tendrían como objetivo desalentar el derecho a la libertad de expresión de todas aquellas voces que piden cambios y exigen una apertura democrática. La CIDH reafirmó su compromiso de continuar monitoreando la situación y documentando información.

5) BR: Situación de personas defensoras de derechos humanos y ambientales en Brasil

Las organizaciones solicitantes informaron a la Comisión acerca de la situación de desprotección que enfrentan las personas defensoras de derechos humanos y del medioambiente en Brasil. Al respecto, hicieron referencia a la persecución, criminalización y estigmatización que existe contra los pueblos indígenas, quilombolas y comunidades tradicionales. Asimismo, indicaron la particular situación de discriminación que enfrentan las mujeres y las personas afrodescendientes dentro de estas comunidades. Señalaron la inexistencia de diálogo con el Estado y las dificultades que enfrentan para el cumplimiento efectivo del Convenio nº 169 de la OIT. Por su parte, el Estado reconoció la importante función que las personas defensoras de derechos humanos representan para la construcción de una sociedad libre, justa y solidaria. Asimismo, señaló las medidas y proyectos que se han adoptado para la protección de personas defensoras, y reiteró su compromiso para propiciar un ambiente adecuado para la defensa de los derechos humanos. La Comisión manifestó su preocupación ante la situación de vulnerabilidad que enfrentan las personas defensoras y recordó al Estado sus obligaciones respecto a la protección de estos colectivos. A su vez, destacó la necesidad de adoptar medidas para hacer frente a las causas subyacentes de los riesgos que enfrentan estos colectivos, así como para prevenir los riesgos y amenazas. Resaltó la importancia de realizar procesos de consulta previa, libre e informada como un elemento clave para la protección de los derechos humanos.

6) BR: Caso 13.021 - Luiza Melinho vs Brasil

El caso trata sobre la presunta responsabilidad del Estado brasileño por la alegada negativa por parte del estado de realizar la cirugía de afirmación sexual de la señora Melinho en hospital público, y la alegada negativa de reembolsarla por los gastos de la cirugía realizada en la clínica privada, así como por no haberle concedido una indemnización por los daños morales y materiales. La audiencia tuvo por objeto recibir la declaración de la presunta víctima,las alegaciones orales de las partes, así como la declaración del perito de la parte peticionarios, señor Guilherme Silva de Almeida, quien declaró sobre el procedimiento de afirmación sexual en Brasil y la discriminación en contra de las personas trans en el país. La parte peticionaria afirmó que en Brasil existe un patrón discriminatorio en contra de las personas trans y que los procedimientos quirúrgicos de afirmación sexual son estereotipados y demorados. Asimismo, denunció que el Estado no ha garantizado el derecho de la señora Melinho a la salud, a la honra y a la integridad, toda vez que no realizó su cirugía de afirmación sexual en el sistema público de salud (SUS). El Estado afirmó que los derechos de las personas LGBTI son tema fundamental en las políticas públicas brasileñas, y que los procedimientos quirúrgicos de afirmación sexual en el SUS siguen patrones establecidos por la OMS y son orientados por los principios de necesidad y proporcionalidad. La Comisión se pronunciará sobre el fondo del presente caso en el Informe que oportunamente adopte al respecto.

7) NI: Situación de derechos humanos y libertad de expresión en el contexto electoral en Nicaragua

AUDIENCIA PRIVADA

8) RE: Situación de derechos humanos de NNA indígenas en internados escolares en la región

Las organizaciones solicitantes denunciaron los impactos en los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes (NNA) indígenas en internados escolares en la región, que incluyen la separación familiar, la falta de educación inclusiva, el desconocimiento de sus idiomas, culturas y tradiciones, así como traumas y efectos en su salud, particularmente, en la salud mental propia y la de sus familiares. Si bien en un inicio instituciones religiosas habrían estado a cargo de estos lugares - con el consentimiento de los Estados-, y ya no tendrían esa función, aún se siguen generando los mismos efectos en NNA que tienen que ir a estas instituciones al no contar con instituciones educativas en sus comunidades, en tanto se sigue generando un proceso de desarraigo. Por su parte, la Comisión y su REDESCA reconocieron que la institucionalización en la región ha sido un foco para la vulneración de los derechos humanos de NNA indígenas, pues históricamente habría tenido un objeto de asimilación. Por esta razón, hicieron un llamado enfático a garantizar sus derechos humanos, con especial énfasis en sus DESCA, y el acceso a la verdad, justicia y reparación con enfoque intercultural.

9) CO: Seguimiento a las observaciones y recomendaciones de la visita de trabajo a Colombia

Organizaciones de la sociedad civil expresaron que los actos de estigmatización y represión contra manifestantes han continuado con posterioridad a la visita de la CIDH a Colombia. Lo anterior, indicaron, demuestra la urgencia de que se instale un mecanismo especial de seguimiento a las recomendaciones formuladas por la Comisión, las cuales, indicaron, no habrían sido implementadas. El Estado indicó que han tomado medidas al respecto, incluyendo espacios públicos de diálogo y procesos de profesionalización de la Policía Nacional con enfoque en derechos humanos. La representante en Colombia de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos resaltó las causas de la movilización social, incluyendo la inseguridad alimentaria y la desigualdad. La Comisión subrayó la importancia de que el Estado fortalezca los espacios de diálogo con participación plural, a la vez que reiteró su disposición para la facilitación del diálogo social.

10) CO: Caso 12.881 - Antonio Maria Rivera Movilla vs Colombia

El caso trata sobre la presunta responsabilidad del Estado colombiano en relación con las presuntas violaciones a los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, garantías judiciales, propiedad privada, circulación y residencia, y protección judicial, así como de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. La audiencia tuvo por objeto profundizar los alegatos de fondo las partes y recibir información sobre la situación actual del caso. También se recibió las declaraciones de una presunta víctima y del perito Juan Diego Restrepo, que rendió peritaje sobre el contexto de la región del Magdalena a la época de los hechos, el paramilitarismo y sus nexos con miembros de la Fuerza Pública, y las afectaciones a los pobladores de la zona entre otros aspectos. La parte peticionaria afirmó que el señor Movilla fue asesinado por paramilitares con conocimiento de agentes estatales, quienes no evitaron que los hechos se consumaran. Alegó que, tras 18 años, a la fecha no se ha cumplido con los estándares interamericanos en materia de investigación, juzgamiento y sanción de todos los responsables. Asimismo, refirió que la familia del señor Movilla sufrió amenazas con posterioridad a la muerte del señor Movilla, viéndose obligada a abandonar sus tierras. Además, indicó que no se ha cumplido con el estándar de reparación integral. El Estado indicó que no es responsable de las violaciones alegadas. Refirió que inició de oficio una investigación y que ha adoptado las medidas para investigar, juzgar y sancionar a los responsables y reparar a las víctimas, cumpliendo con el estándar de debida diligencia tanto en el marco de la justicia ordinaria, así como de la justicia transicional. Asimismo, afirmó que no existió intervención directa de agentes estatales en los hechos. La Comisión se pronunciará sobre el fondo del presente caso en el Informe que oportunamente adopte al respecto.

11) RE: Impacto de las industrias extractivas en los derechos humanos y el cambio climático en el Caribe

Las organizaciones solicitantes denunciaron los impactos de las actividades extractivas y el cambio climático en los derechos humanos, y particularmente en los DESCA, de la población en el Caribe, los cuales han tenido un efecto desproporcionado en mujeres, pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes. Al respecto, se informó que estas actividades se han expandido a un paso sin precedentes e incluyen el aumento de las actividades de exploración y explotación petrolera, así como de las actividades mineras en tierras tradicionalmente habitadas por comunidades indígenas y afrodescendientes. Lo anterior, implicando vulneraciones al derecho a la salud, al agua, a la alimentación, a la vivienda, al medio ambiente sano, a la consulta previa, a la supervivencia cultural, entre otros. Por esta razón, la Comisión y su REDESCA resaltaron la importancia de un enfoque de derechos humanos frente al cambio climático y las actividades extractivas, así como de medidas para garantizar los DESCA de la población con un enfoque diferenciado e intercultural, teniendo en cuenta el componente racial y de género de estos impactos.

12) RE: Protección de personas en movilidad humana en los Estados Unidos, México y el Norte de Centroamérica

Las organizaciones de la sociedad civil denunciaron diversas violaciones de derechos humanos respecto de esta población, tales como: implementación de políticas de externalización de fronteras; criminalización de la búsqueda de protección internacional; procedimientos de expulsión individuales y colectivos contrarios al principio de no devolución; y limitaciones en el acceso a la asistencia legal gratuita y a la justicia. Asimismo, reiteraron la necesidad de adoptar medidas regionales para brindar una respuesta integral a la protección de los derechos humanos de las personas en el contexto de la movilidad humana. Por su parte, la Comisión expresó preocupación por la aplicación de la detención migratoria, procedimientos acelerados de expulsión y deportación que no aseguran las garantías del debido proceso legal, así como los impactos desproporcionados en mujeres y otros grupos en especial situación de riesgo. Finalmente, la CIDH recordó a los Estados de la región su deber de proteger de manera integral los derechos humanos de las personas en movilidad, y llamó a la incorporación de un enfoque de derechos humanos a partir de la perspectiva interseccional.

13) RE: Uso de tecnologías de vigilancia y su impacto en la libertad de expresión en el contexto de la pandemia en la región

Las organizaciones de la sociedad civil solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que priorice el desarrollo de estándares y recomendaciones a los Estados ante el riesgo que representa el uso de tecnología con capacidad de vigilancia sin un escrutinio adecuado respecto del impacto que tienen en los derechos humanos. En particular, llamaron la atención sobre la afectación desproporcionada del uso de las tecnologías de vigilancia en el derecho a la privacidad y libertad de expresión, alterando de manera sustancial el funcionamiento de los sistemas democráticos. Por su parte, la CIDH reconoció la importancia de continuar monitoreando la situación de aquellos grupos de personas que se encuentran bajo vigilancia, considerando el riesgo que corren en términos de seguridad e integridad personal, como es el caso de disidentes políticos, personas defensoras de derechos humanos, periodistas y activistas. De igual modo, la Comisión manifestó la importancia de continuar desarrollando estándares en esta materia, que tengan como base las obligaciones internacionales de los Estados en materia de derechos humanos y los estándares interamericanos en derechos humanos y empresas junto con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.

14) HO: Situación de los derechos humanos en el contexto de la pandemia en Honduras

Las organizaciones solicitantes informaron a la Comisión sobre diversas vulneraciones a derechos humanos que han ocurrido en el contexto de la pandemia por el COVID-19, especialmente como consecuencia del estado de excepción decretado por el Estado de Honduras. Al respecto indicaron, que durante el estado de excepción se presentaron múltiples casos de detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza, así como casos de desaparición de personas. Por su parte, el Estado indicó a la Comisión que el estado de excepción se instaló con la finalidad de prevenir los contagios y reducir las muertes por el COVID-19. Informó que como consecuencia de esta medida se han logrado preservar las vidas de las personas en el territorio nacional. De igual manera, informó sobre las medidas que han sido implementadas para garantizar el acceso a la información pública sobre las acciones implementadas para hacer frente a la pandemia. La Comisión expresó su preocupación frente a información recibida sobre graves violaciones a derechos humanos ocurridas durante el estado de excepción impuesto. En especial señaló la necesidad de que el Estado investigue y sancione estos hechos a fin de que no permanezcan en impunidad.

15) MX: Caso 13.662 - Nadia Muciño Márquez y familia vs México

El caso se relaciona con la presunta responsabilidad del Estado mexicano por la alegada falta de protección y prevención en el asesinato de Nadia Muciño en un contexto de discriminación de género, así como por los presuntos obstáculos en el acceso a la justicia por parte de familiares y la alegada ausencia de debida diligencia en la investigación, juzgamiento y sanción de los hechos denunciados. La audiencia tuvo por objeto recibir el peritaje ofrecido por la parte peticionaria a cargo de Edith Olivares Ferreto y escuchar los alegatos de fondo de las partes. La perita expuso sobre el contexto de violencia contra las mujeres en el estado de México y el acceso a la justicia, particularmente en casos de feminicidios. La parte peticionaria argumentó que el Estado es responsable porque no previno la violación al derecho a la vida de Nadia Muciño, aún cuando ella se acercó a las autoridades a denunciar actos de violencia en su contra, y por las fallas en la debida diligencia, que incluyeron afectaciones a los derechos a sus hijos. El Estado manifestó que, aunque la muerte ocurrió por parte de particulares, es responsable de la comisión de diversas violaciones a los derechos humanos en agravio de Nadia Muciño y su familia, y expresó su disposición para crear una ruta de reparación integral que dignifique a las víctimas. La Comisión se pronunciará sobre la admisibilidad y el fondo del presente caso en el Informe que oportunamente adopte al respecto.

16) MX: Situación de los derechos humanos de mujeres y niñas en el contexto de las protestas en México

Las organizaciones solicitantes denunciaron un contexto de estigmatización y criminalización de la protesta social en México con afectaciones particulares en los derechos humanos de mujeres y niñas. Destacaron discursos de estigmatización por autoridades estatales que replicarían estereotipos de género, amenazas y hostigamiento digital, uso indebido del derecho penal, represión y uso desproporcionado de la fuerza por instituciones de seguridad, detenciones arbitrarias, así como violencia física y violencia sexual en contra de mujeres y niñas manifestantes. Por su parte, el Estado mexicano informó sobre la impartición de capacitaciones en derechos humanos, perspectiva de género y uso de la fuerza dirigidas a instituciones de seguridad pública en coordinación con autoridades estatales en materia de género y, en algunas ocasiones, con participación de organizaciones de la sociedad civil. La CIDH recordó la importancia del derecho de libertad de expresión en consultó sobre los mecanismos de articulación interinstitucional para la atención e investigación de denuncias de violaciones a derechos humanos de mujeres y niñas en contexto de protesta, así como respecto de la atención a posibles represalias en su contra.

17) VE: Situación de derechos humanos de mujeres, adolescentes y niñas en Venezuela

Las solicitantes destacaron el impacto desproporcionado de la pandemia en los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes en Venezuela, la cual ha exacerbado desigualdades sociales preexistentes, incluyendo falta de acceso a servicios de salud sexual y reproductiva. Asimismo, destacaron la falta de enfoque de género en políticas públicas y de acceso a la justicia, así como la falta de datos oficiales sobre violencia contra las mujeres, especialmente, femicidios. Aportaron información sobre la situación de violencia basada en género que enfrentan las mujeres, niñas y adolescentes en Venezuela y la situación de vulnerabilidad agravada que enfrentan las mujeres trans. La representación permanente ante la OEA, designada por la Asamblea Nacional de Venezuela manifestó su solidaridad con las demandas de las peticionarias, y expresó preocupación por la falta de representación de mujeres en los puestos de toma de decisión, así como por la falta de acceso a bienes y servicios de salud. La CIDH manifestó su preocupación por la situación de desprotección de las mujeres trans, así como por la falta de acceso a bienes y servicios de salud, destacando la situación de adolescentes que no han podido acceder a trasplantes de órganos. Finalmente, la CIDH solicitó información acerca de la situación de niños, niñas y adolescentes huérfanos por femicidio, así como el acceso a bienes y servicios de salud sexual y reproductiva, especialmente de mujeres migrantes.

18) GU: Situación de derechos humanos de operadorxs de justicia e independencia judicial en Guatemala

Las organizaciones solicitantes informaron a la Comisión sobre diversas acciones que estarían poniendo en riesgo la independencia judicial en Guatemala. Particularmente señalaron actos de violencia y ataques sistemáticos en contra de personas operadoras de justicia tales como amenazas, estigmatización y procesos de criminalización en su contra. Señalan que estos ataques y hostigamientos serían consecuencia de su labor independiente en la lucha contra la corrupción y la impunidad. De igual manera, informaron sobre la falta de asignación de presupuesto a la Procuraduría de Derechos Humanos, y solicitaron a la Comisión la realización de una visita de trabajo al país. Por su parte, el Estado reiteró su compromiso en la lucha contra la impunidad y la corrupción. Al respecto, el Estado señaló las medidas que estaría implementando para fortalecer el sistema de justicia, así como para brindar una protección adecuada a las personas operadoras de justicia que estarían en riesgo. La Comisión por su parte, reiteró su preocupación ante acciones que estarían ocasionando una erosión y debilitamiento a la independencia judicial en el país. En especial, manifestaron su preocupación ante un alto número de antejuicios que estarían siendo conducidos en contra de personas operadoras de justicia como represalia a su lucha contra la corrupción. La Comisión manifestó su disposición para realizar una visita de trabajo a Guatemala a fin de evaluar en terreno la situación que enfrentan las personas operadoras de justicia.

19) RE: Situación de derechos humanos de las personas privadas de libertad en las Américas

Las organizaciones solicitantes reportaron la situación de riesgo que enfrentan las personas privadas de libertad en el contexto de la pandemia originada por el virus del COVID-19. En particular, se refirieron a hacinamiento, impacto reducido de las medidas de descongestionamiento de cárceles, y desafíos en el contacto con el mundo exterior. Adicionalmente, señalaron obstáculos para acceder a la información sobre la gestión de la pandemia por parte de los Estados, y para monitorear la situación de las personas en centros de detención. Por último, expresaron su temor ante el subregistro de prácticas de malos tratos y, el uso arbitrario y prolongado de las celdas de aislamiento para prevenir contagios por el virus. Por su parte, la Comisión expresó su preocupación por la información recibida sobre vulneraciones a los derechos humanos de las personas privadas de libertad. En particular, se pronunció sobre los altos niveles de hacinamiento en la región, y respecto de la imposibilidad de las personas detenidas de recibir visitas carcelarias y de mantener contacto con el mundo exterior. Igualmente, la Comisión recordó la invisibilidad de la situación de riesgo que enfrenta esta población frente a la pandemia por COVID-19. Por último, la CIDH destacó la importancia de la labor de las organizaciones de la sociedad civil e instituciones nacionales de derechos humanos en el monitoreo de la situación que prevalece en los centros de detención.

20) US: Situación de derechos humanos de personas migrantes y refugiadas en Estados Unidos

Las organizaciones de la sociedad civil manifestaron preocupación por las limitaciones en el acceso al territorio estadounidense por parte de personas que buscan asilo o protección internacional; la implementación de procedimientos de deportación que no asegurarían las garantías del debido proceso, y otras violaciones a derechos humanos en la frontera Sur del país estadounidense. Ello, debido a la implementación de políticas migratorias, tales como el llamado "Título" 42 y los Protocolos de Protección al Migrante (MPP, por sus siglas en inglés). Por su parte, el Estado señaló que estaría trabajando para abordar las causas estructurales que generan los movimientos forzados de personas desde un enfoque integral; ampliar los canales legales para la migración regular, y garantizar la reunificación familiar de personas en el contexto de la movilidad humana. Finalmente, la Comisión saludó los cambios en las medidas migratorias adoptadas por el Estado para la protección de los derechos de esta población. Además, expresó su preocupación por las denuncias recibidas sobre violaciones a derechos humanos, así como por la ausencia de medidas que consideren la intersección de la movilidad humana con la raza, etnia, edad y género.

No. 297a/21

10:00 AM