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Comunicado de Prensa
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
Washington, D.C. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato de los periodistas Calletano de Jesús Guerrero y Alejandro Gallegos León, así como el secuestro del periodista Alan García Zúñiga en México. La Oficina llama a las autoridades a llevar a cabo investigaciones exhaustivas, diligentes e imparciales, y a reforzar las medidas de prevención y protección para la prensa.
De acuerdo con información pública, el 17 de enero de 2025, Calletano de Jesús Guerrero, periodista y subdirector de Global México, fue asesinado en el municipio de Teoloyucan, Estado de México, tras ser atacado con arma de fuego por sujetos desconocidos.
El periodista fue incorporado al Mecanismo de Protección en mayo de 2014, tras reportar amenazas y agresiones. Desde entonces, se activaron medidas de protección para él, su familia y los colaboradores de Global México, quienes también denunciaron amenazas relacionadas con su labor periodística. Antes de su asesinato, el Mecanismo de Protección registró un incidente de probable riesgo en el domicilio del periodista el 24 de noviembre de 2024, así como el robo de su vehículo el 14 de diciembre de 2024. De acuerdo con reportes públicos, el 13 de enero de 2025, cuatro días antes de su asesinato, Calletano de Jesús Guerrero informó haber recibido amenazas de muerte, lo que llevó a la activación de medidas de protección correspondientes. Tras el asesinato, el Estado informó a la Relatoría que el personal del Mecanismo estableció comunicación con la familia; se trasladó al lugar de los hechos y brindó acompañamiento en el proceso de ampliación de denuncia en la Fiscalía General del Estado de México.
Asimismo, la Relatoría Especial recibió reportes sobre el hallazgo del cuerpo sin vida del periodista Alejandro Gallegos León el 25 de enero de 2025 en el municipio de Cárdenas, Tabasco. De acuerdo con la información disponible, la desaparición fue reportada por sus familiares el 24 de enero, lo que llevó a la Fiscalía General de Estado de Tabasco, a emitir de inmediato una alerta y cédula de búsqueda como parte de las actuaciones ministeriales. Gallegos León era fundador del portal de noticias La Voz del Pueblo, columnista en el periódico Tabasco Hoy, y docente en la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT) y en la institución educativa Alfa y Omega. El Estado informó a la Relatoría que el Mecanismo de Protección solicitará a la Fiscalía General de la República atraer el caso para llegar a la verdad y a la justicia y que ha fortalecido los canales de comunicación con el Gobierno de Tabasco para valorar el otorgamiento de medidas de protección a los familiares.
A esto, se suman informes sobre el secuestro del periodista Alan García Zúñiga, ocurrido el 22 de enero de 2025 en Poza Rica, Veracruz, cuando fue capturado por hombres armados. Según reportes públicos, el periodista es beneficiario del Mecanismo de Protección y colabora con el portal Resistencia Veracruzana, donde aborda temas de seguridad pública. Según informó el Estado a esta Oficina, desde que se conoció el caso, el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas mantiene comunicación con la familia del beneficiario a efecto de brindarle la información necesaria.
La Relatoría Especial toma nota de la articulación entre las autoridades federales y la Secretaría de Gobierno de Veracruz, así como con la Comisión Estatal para la Atención y Protección de los Periodistas, para coordinar las acciones correspondientes y garantizar la protección de la familia del periodista. Además, el Estado informó que, en días recientes se ha llevado a cabo una mesa de trabajo presencial en Xalapa para tales efectos y que el Mecanismo Federal se mantiene atento al desarrollo de las investigaciones por parte de la Fiscalía General del Estado de Veracruz.
La Relatoría recuerda que, de conformidad con el principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH, “[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, ası́ como la destrucción de material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las vı́ctimas una reparación adecuada”.
Esta Oficina subraya que el asesinato de periodistas es la forma más extrema de censura, y no puede ser tolerado en sociedades democráticas. Además, recuerda que los actos de violencia contra periodistas tienen un triple efecto: vulneran el derecho de las víctimas a expresar y difundir sus ideas, opiniones e información; generan un efecto amedrentador y de silenciamiento en sus pares; y violan los derechos de las personas y las sociedades en general a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo. Las consecuencias para la democracia, que depende de un intercambio libre, abierto y dinámico de ideas e información, son particularmente graves.
La RELE toma nota de la información proporcionada por el Estado e insta a las autoridades a continuar las investigaciones sobre el asesinato de los periodistas Calletano de Jesús Guerrero y Alejandro Gallegos León, así como el secuestro de Alan García Zúñiga, asegurando que sean exhaustivas, diligentes e imparciales, con el fin de identificar y sancionar a los responsables. Además, hace un llamado a las autoridades a condenar enérgicamente las agresiones contra la prensa.
Finalmente, la RELE, tomando en cuenta que Calletano de Jesús Guerrero y Alan García Zúñiga son beneficiarios del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, subraya la necesidad de una reflexión profunda sobre la efectividad y funcionamiento de las medidas implementadas. En consecuencia, esta Oficina reitera (i) su llamado al Estado mexicano a fortalecer las medidas de prevención y protección para las y los periodistas, brindándoles las máximas garantías para que puedan ejercer su labor en un entorno seguro y libre; y (ii) su disposición para dialogar con las autoridades y conocer las acciones implementadas o en curso, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento del Mecanismo de Protección.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con el fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
No. R028/25
11:18 AM