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Departamento de Derecho Internacional
Derecho de Familia y Niñez
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Introducción

La Red de Cooperación Jurídica Hemisférica en Materia de Derecho de Familia y Niñez (“la Red”) se originó en la “Séptima Reunión de Ministros de Justicia u otros Ministros, Procuradores o Fiscales Generales de las Américas” (REMJA VII). En dicha reunión se encomendó a la Secretaría General (Secretaría de Asuntos Jurídicos) la creación de un proyecto interamericano de cooperación jurídica y asistencia mutua en materia de derecho de familia y niñez.

Con base en las cuatro convenciones interamericanas sobre derecho internacional de familia acordadas por la OEA (Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias, Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores, Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores, y Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores) y con especial énfasis en los derechos de los niños, la Red procurará facilitar el acceso al sistema interamericano de protección de la familia y la niñez y fomentar la cooperación internacional en la materia.

La Red está conformada por tres componentes: un sitio público en Internet, un sitio privado en Internet y un sistema de comunicaciones electrónicas seguras.

El Componente Público

El componente público de la Red (en el que usted se encuentra en este momento) consiste de un sitio de Internet que contiene información de libre acceso relativa a como proteger y hacer valer los derechos de los niños y las familias. El sitio contiene información de legislación y autoridades competentes del sistema interamericano, incluyendo la forma en la que los usuarios del sistema se pueden poner en contacto directo con ellas.

El Componente Privado

El componente [componente privado] de la Red pone a disposición de los usuarios nombrados por los países un espacio en Internet con información privada y de acceso restringido, en el cual se puede intercambiar información relativa a la cooperación en general y/o a casos específicos.

El Sistema de Comunicación Electrónica Seguro

El sistema de comunicación electrónica seguro posibilita el intercambio de información auténtica y confidencial entre las autoridades designadas para la Red, a través de un servicio que proporciona un sistema de correo electrónico instantáneo seguro, así como un espacio para reuniones virtuales e intercambio de los documentos pertinentes.

 
   

[Componente Privado]

 
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