Andrea Ruiz Rosas
03/08/10, 4:35pm
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punto 53
En el punto 53 relativo a las atribuciones y facultades del órgano de
control, letra a) se propone establecer que la facultad de interpretar la
presente ley tiene el carácter de obligatoria para los órganos públicos.
En el mismo punto 53 se propone incorporar una norma expresa que establezca
la atribución de dictar instrucciones generales y obligatorias para el
cumplimiento de la legislación sobre transparencia y acceso a la información. |