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OEA/Ser.G
CP/RES. 939 (1660/08)
29 agosto 2008
Original: inglés
 

CP/RES. 939 (1660/08)

DESIGNACIÓN DE NOMBRES A LOS SALONES DE REUNIONES DE LA OEA

(Aprobada en sesión celebrada el 29 de agosto de 2008)
 

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

CONSIDERANDO:

Que la arquitectura de la sede de la Organización de los Estados Americanos (OEA) refleja diversas influencias de sus Estados Miembros y que se han asignado nombres a varios salones de reuniones en honor a numerosos y distinguidas personalidades que han contribuido la promoción de las causas hemisféricas;

Que hay dos salones sin nombre: el Salón de Delegados ubicado en el Vestíbulo del Edificio Principal y el Salón de Conferencias TL-76 ubicado en el Edificio de la Secretaría General, así como el pasillo ubicado entre el Salón Libertador Simón Bolívar y el Patio Azteca, que se utiliza para exhibiciones, son candidatos adecuados para que se les asigne un nombre;

RECORDANDO que en la sesión ordinaria celebrada el 9 de abril de 2003 el Consejo Permanente confirmó que dos salones estarían disponibles para que los Estados Miembros del Caribe les asignaran nombres;

CONSIDERANDO ADEMÁS:

Que, con excepción de los tres salones antes mencionados, se debería descontinuar la práctica de asignar nombres a salones hasta que haya más salones u otros espacios disponibles que se consideren apropiados para este propósito; y

Que en el caso de que hubiera espacios apropiados disponibles en el futuro, seria útil adoptar criterios para asignar nombres a los salones u otros espacios en la OEA,


RESUELVE:

Adoptar los siguientes criterios como un marco que guíe la consideración y decisiones sobre la asignación de nombres a los salones de reuniones en la sede de la Organización de los Estados Americanos (OEA):

i) Las decisiones sobre la asignación de nombres a los salones de reuniones en honor a personalidades distinguidas serán adoptadas mediante una resolución del Consejo Permanente;

ii) Sin perjuicio del derecho de los Estados Miembros de proponer nombres de personalidades distinguidas vivas para este fin, se ha acostumbrado asignar nombres a los salones en honor a personas que ya han fallecido;

iii) Las propuestas para asignar nombres a salones serán consideradas y decididas por el Consejo Permanente en el orden en que sean recibidas;

iv) Los Estados Miembros que propongan nombrar salones en honor a personalidades distinguidas deberán suministrar un busto, un retrato u otro tipo de objeto conmemorativo apropiado, una vez que el Consejo Permanente haya aprobado la propuesta;

v) Se aplicarán estos mismos criterios para asignar nombres a otros espacios de la sede de la OEA, que no sean salones, y que puedan ser considerados apropiados para este propósito; y

vi) Estos mismos criterios, según corresponda, guiarán la consideración y las decisiones en caso de que un Estado Miembro proponga asignar un nombre, que no sea de una persona, a un salón u otro espacio en la sede de la OEA.

 

 

 
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