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OEA/Ser.G
CP/RES. 932 (1634/08)
12 marzo 2008
Original: español
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CP/RES. 932 (1634/08)
CONVOCATORIA DEL TRIGÉSIMO QUINTO PERÍODO EXTRAORDINARIO
DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL
(Aprobado en la sesión del 12 de marzo de 2008)
EL CONSEJO PERMANENTE DE
LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 58 de la Carta de la OEA, “En circunstancias
especiales y con la aprobación de los dos tercios de los Estados
Miembros, el Consejo Permanente convocará a un período extraordinario de
sesiones de la Asamblea General”;
Que en el mismo sentido el artículo 39 del Estatuto del Consejo
Permanente dispone que “En circunstancias especiales el Consejo
Permanente convocará a un período extraordinario de sesiones de la
Asamblea General y fijará su fecha y sede. Esta decisión requerirá la
aprobación de las dos terceras partes de los Estados Miembros”;
Que de conformidad con el artículo 54(a) de la Carta de la OEA, le
corresponde a la Asamblea General “determinar la estructura y funciones
de los órganos”;
Que el artículo 109 de la Carta de la OEA establece que “El Secretario
General dirige la Secretaría General, tiene la representación legal de
la misma y, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 91, inciso
b), es responsable ante la Asamblea General del cumplimiento adecuado de
las obligaciones y funciones de la Secretaría General”;
Que en virtud del artículo 113 de la Carta de la OEA “Corresponde al
Secretario General: a) Establecer las dependencias de la Secretaría
General que sean necesarias para la realización de sus fines, y b)
Determinar el número de funcionarios y empleados de la Secretaría
General, nombrarlos, reglamentar sus atribuciones y deberes y fijar sus
emolumentos. El Secretario General ejercerá estas atribuciones de
acuerdo con las Normas Generales y las disposiciones presupuestarias que
establezca la Asamblea General”;
Que conforme al artículo 4 de las Normas Generales para el
Funcionamiento de la Secretaría General, “La Secretaría General estará
constituida por las secretarías ejecutivas, subsecretarías,
departamentos, oficinas y otras entidades técnicas o administrativas
existentes y las que el Secretario General establezca de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 113 de la Carta. Para establecer nuevas
subsecretarías o dependencias con atribuciones e importancia similares,
o para suprimir las existentes, el Secretario General deberá obtener
previamente la aprobación expresa de la Asamblea General”;
Que de conformidad con el artículo 12(d) de las Normas Generales
“Corresponde al Secretario General: Redistribuir las funciones de las
dependencias existentes, sea incorporando unas a otras, dividiéndolas o
subdividiéndolas cuando sea necesario, para mayor eficacia de los
servicios y mejor ejecución de los programas y siempre que ello no
implique aumento en los gastos presupuestados para dichos servicios o
programas”;
Que el 12 de febrero de 2008, el Secretario General adoptó la Orden
Ejecutiva No. 08-01, por medio de la cual definió la estructura de la
Secretaría General, la cual prevé el establecimiento de la Secretaría de
Asuntos Jurídicos y de la Secretaría de Relaciones Externas, sujetas a
la aprobación de la Asamblea General; y
Que en consecuencia es necesario convocar un período extraordinario de
sesiones de manera que la Asamblea General pueda considerar y, en su
caso, aprobar el establecimiento de estas dos nuevas secretarías dentro
de la estructura de la Secretaría General,
RESUELVE:
Convocar el trigésimo quinto período extraordinario de sesiones de la
Asamblea General a celebrarse en la ciudad de Washington, D.C., el día
26 de marzo de 2008, con el fin de resolver el establecimiento de la
Secretaría de Asuntos Jurídicos y de la Secretaría de Relaciones
Externas.
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