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OEA/Ser.G
CP/RES. 831 (1342/02)
6 noviembre 2002
Original: inglés

CP/RES. 831 (1342/02)

USO DE EXCEDENTES DE RECURSOS DEL SUBFONDO DE RESERVA
PARA INVERSIONES DE CAPITAL Y CUMPLIMIENTO DE LOS MANDATOS DE LA OEA

EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,

RECONOCIENDO que la acumulación y el mantenimiento de adecuadas reservas es vital para garantizar la estabilidad financiera a largo plazo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), financiar las mejoras de capital necesarias y reforzar la capacidad de la Organización de cumplir sus mandatos;

TOMANDO NOTA DE QUE:

La resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02) modificó las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General de la Organización de modo de incrementar el monto del Subfondo de Reserva del Fondo Regular ("Subfondo de Reserva") al 30% del total de las cuotas anuales de los Estados Miembros, autorizó al Consejo Permanente a pronunciarse sobre el uso del excedente de esa suma y le encomendó informar al siguiente período ordinario de sesiones de la Asamblea General sobre la apropiación dispuesta para ese excedente;

La resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02) encomendó a la Secretaría General que presentara al Consejo Permanente una propuesta de realización de un examen ("estudio de la administración") de la estructura organizacional y de personal de la Secretaría General, con el fin de lograr mayor eficiencia y eficacia, y encomendó al Consejo Permanente que decidiera si había de llevarse a cabo el estudio y, en caso afirmativo, identificara el financiamiento correspondiente;

La resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02) instó al Secretario General a revisar la política de inversiones del Fondo Regular de modo de lograr los máximos ingresos posibles por concepto de intereses en forma compatible con sólidas prácticas de inversiones a corto, mediano y largo plazo;

La resolución CP/RES. 823 (1335/02) autorizó al Secretario General a obligar, con recursos del Subfondo de Reserva, hasta dos millones seiscientos cincuenta mil dólares (US$2.650.000) para la renovación del Salón Libertador Simón Bolívar y hasta setecientos cincuenta mil dólares (US$750.000) para la transformación del espacio que ocupaban los anaqueles de la Biblioteca Colón en una sala de delegados y una sala multipropósito, y a solicitar a la Asamblea General que exima de la obligación de reembolso prevista en el artículo 71 (b) de las Normas Generales a los fondos apropiados conforme a esta resolución;

TENIENDO EN CUENTA:

Que la resolución AG/RES. 1756 (XXX-O/00) creó el Fondo de Paz, un fondo específico permanente para la solución pacífica de conflictos territoriales entre los Estados Miembros, y encomendó al Secretario General que promoviera la obtención y movilización de recursos para el financiamiento del fondo;

Que el Fondo de Capital para Programas de Becas y Capacitación de la OEA, establecido mediante la resolución AG/RES. 1460 (XVII-O/97) y previsto asimismo en el artículo 18 del Estatuto de la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo, contiene alrededor de cuatrocientos quince mil dólares (US$415.000);

Que los edificios históricos de la OEA requieren importantes renovaciones que garanticen su preservación y adecuado funcionamiento;

Que el continuo aumento del número de mandatos implica una carga adicional para los recursos del Fondo Regular;

Que el Subfondo de Reserva, debido a los ingresos extraordinarios recibidos, ha excedido el 30% del total de las cuotas anuales de los Estados Miembros estipulado en la resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02);

Que el Secretario General ha aprobado la Orden Ejecutiva No. 02-3, Establecimiento de la Secretaría del Proceso de Cumbres; la Orden Ejecutiva No. 02-4, Servicios prestados por la Secretaría a las Reuniones Ministeriales relativas al proceso de Cumbres de las Américas; y la Orden Ejecutiva 02-5, Creación del Comité de Coordinación de Actividades de Cooperación Técnica con base en el Plan Estratégico de Cooperación Solidaria, a los efectos de una mejor coordinación entre las dependencias de la Secretaría para brindar el apoyo necesario a los órganos políticos en relación con las actividades de implementación y cooperación de las Cumbres; y

VISTO el Plan de Trabajo de la Unidad para la Promoción de la Democracia,

RESUELVE:

1.         Asignar del modo siguiente el excedente de recursos del Subfondo de Reserva, conforme a las atribuciones conferidas por la resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02):

a.   Cinco millones de dólares (US$5.000.000) como contribución de capital al Fondo de Capital para Programas de Becas y Capacitación de la OEA. Todos los intereses acumulados se mantendrán en el fondo y se regirán por el reglamento aprobado por el CIDI;

b.   Cuatro millones doscientos mil dólares (US$4.200.000) para crear un Fondo de Obras de Capital para la restauración y/o realización de mejoras en los edificios históricos de la OEA. El gasto realizado con recursos de este fondo será aprobado por la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios;

c.   Cuatro millones de dólares (US$4.000.000) al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) para la implementación de los mandatos de las Cumbres de las Américas; de ese total, dos millones de dólares (US$2.000.000) se gastarán en iniciativas de educación con el apoyo de la Secretaría General, según lo establecido en las Órdenes Ejecutivas pertinentes;

d.   Hasta dos millones seiscientos cincuenta mil dólares (US$2.650.000) para financiar la apropiación autorizada mediante la resolución CP/RES. 823 (1335/02) para la remodelación del Salón Libertador Simón Bolívar, y hasta setecientos cincuenta mil dólares (US$750.000) para la transformación del espacio que ocupaban los anaqueles de la Biblioteca Colón en una sala de delegados y una sala multipropósito;

e.   Un millón de dólares (US$1.000.000) para el Fondo de Paz: Solución pacífica de controversias territoriales;

f.   Hasta un millón de dólares (US$1.000.000) para financiar el estudio de la administración propuesto en la resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02), estudio pendiente de aprobación por el Consejo Permanente;

g.   Seiscientos mil dólares (US$600.000) a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para respaldar sus visitas in situ, la labor de sus relatores especiales y su unidad de defensores de los derechos humanos y para la publicación de sus documentos;

h.   Seiscientos mil dólares (US$600.000) a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para cubrir costos no recurrentes;

i.   Cuatrocientos mil dólares (US$400.000) a la Unidad para la Promoción de la Democracia, para financiar iniciativas de solución de conflictos;

j.   Hasta cuatrocientos mil dólares (US$400.000) para llevar a cabo actividades de divulgación y difusión de la OEA, de los cuales hasta trescientos mil dólares (US$300.000) se asignarán a la Biblioteca Colón, a los efectos de ofrecer acceso a sus documentos y archivos en formato electrónico, y cien mil dólares (US$100.000) para realizar actividades de divulgación y difusión aprobadas por el Consejo Permanente que serán implementadas por el Departamento de Información Pública y la Oficina de Relaciones Externas o conforme lo asigne el Consejo Permanente.

2.   Encomendar a la Secretaría General:

a.   Que las apropiaciones autorizadas conforme a la presente resolución sólo se utilicen para gastos no recurrentes;

b.   Que los intereses devengados por las referidas sumas apropiadas se acrediten en el Fondo Regular conforme a lo previsto en el artículo 77 de las Normas Generales, hasta que se gasten o depositen en el correspondiente fondo de capital o fondo específico, según fuere del caso. Una vez depositados en un fondo de capital o fondo específico, los intereses se acreditarán a ese fondo;

c.   Que toda apropiación que no pueda gastarse para la finalidad específica para la que haya sido aprobada conforme a esta resolución se reintegre al Subfondo de Reserva;

d.   Que las apropiaciones previstas en esta resolución no estén sujetas a las limitaciones de tiempo en cuanto a obligaciones y gastos estipuladas en el artículo 99 de las Normas Generales;

e.   Que los receptores de las apropiaciones aprobadas en los párrafos 1(c) a 1(j) informen trimestralmente al Consejo Permanente sobre el uso de esos recursos.

3.   Solicitar a la Secretaría General que presente a la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP), dentro de los treinta días siguientes a la adopción de la presente resolución, un proyecto de política de inversiones para el Subfondo de Reserva, el Fondo de Capital para Programas de Becas y Capacitación de la OEA y el Fondo de Obras de Capital, y solicitar a la CAAP que presente el proyecto al Consejo Permanente con miras a su aprobación.

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