|
OEA/Ser.G
CP/RES. 831 (1342/02)
6 noviembre 2002
Original: inglés |
CP/RES. 831 (1342/02)
USO DE EXCEDENTES DE RECURSOS DEL SUBFONDO DE RESERVA
PARA INVERSIONES DE CAPITAL Y CUMPLIMIENTO DE LOS MANDATOS DE LA OEA
EL CONSEJO PERMANENTE DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS,
RECONOCIENDO que la acumulación y el mantenimiento de adecuadas reservas es
vital para garantizar la estabilidad financiera a largo plazo de la
Organización de los Estados Americanos (OEA), financiar las mejoras de capital
necesarias y reforzar la capacidad de la Organización de cumplir sus mandatos;
TOMANDO NOTA DE QUE:
La resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02) modificó las Normas Generales para el
Funcionamiento de la Secretaría General de la Organización de modo de
incrementar el monto del Subfondo de Reserva del Fondo Regular ("Subfondo
de Reserva") al 30% del total de las cuotas anuales de los Estados
Miembros, autorizó al Consejo Permanente a pronunciarse sobre el uso del
excedente de esa suma y le encomendó informar al siguiente período ordinario de
sesiones de la Asamblea General sobre la apropiación dispuesta para ese
excedente;
La resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02) encomendó a la Secretaría General que
presentara al Consejo Permanente una propuesta de realización de un examen
("estudio de la administración") de la estructura organizacional y de
personal de la Secretaría General, con el fin de lograr mayor eficiencia y
eficacia, y encomendó al Consejo Permanente que decidiera si había de llevarse
a cabo el estudio y, en caso afirmativo, identificara el financiamiento
correspondiente;
La resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02) instó al Secretario General a revisar la
política de inversiones del Fondo Regular de modo de lograr los máximos
ingresos posibles por concepto de intereses en forma compatible con sólidas
prácticas de inversiones a corto, mediano y largo plazo;
La resolución CP/RES. 823 (1335/02) autorizó al Secretario General a obligar,
con recursos del Subfondo de Reserva, hasta dos millones seiscientos cincuenta
mil dólares (US$2.650.000) para la renovación del Salón Libertador Simón
Bolívar y hasta setecientos cincuenta mil dólares (US$750.000) para la
transformación del espacio que ocupaban los anaqueles de la Biblioteca Colón en
una sala de delegados y una sala multipropósito, y a solicitar a la Asamblea
General que exima de la obligación de reembolso prevista en el artículo 71 (b)
de las Normas Generales a los fondos apropiados conforme a esta resolución;
TENIENDO EN CUENTA:
Que la resolución AG/RES. 1756 (XXX-O/00) creó el Fondo de Paz, un fondo
específico permanente para la solución pacífica de conflictos territoriales
entre los Estados Miembros, y encomendó al Secretario General que promoviera la
obtención y movilización de recursos para el financiamiento del fondo;
Que el Fondo de Capital para Programas de Becas y Capacitación de la OEA,
establecido mediante la resolución AG/RES. 1460 (XVII-O/97) y previsto asimismo
en el artículo 18 del Estatuto de la Agencia Interamericana para la Cooperación
y el Desarrollo, contiene alrededor de cuatrocientos quince mil dólares
(US$415.000);
Que los edificios históricos de la OEA requieren importantes renovaciones que
garanticen su preservación y adecuado funcionamiento;
Que el continuo aumento del número de mandatos implica una carga adicional para
los recursos del Fondo Regular;
Que el Subfondo de Reserva, debido a los ingresos extraordinarios recibidos, ha
excedido el 30% del total de las cuotas anuales de los Estados Miembros
estipulado en la resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02);
Que el Secretario General ha aprobado la Orden Ejecutiva No. 02-3,
Establecimiento de la Secretaría del Proceso de Cumbres; la Orden Ejecutiva No.
02-4, Servicios prestados por la Secretaría a las Reuniones Ministeriales
relativas al proceso de Cumbres de las Américas; y la Orden Ejecutiva 02-5,
Creación del Comité de Coordinación de Actividades de Cooperación Técnica con
base en el Plan Estratégico de Cooperación Solidaria, a los efectos de una
mejor coordinación entre las dependencias de la Secretaría para brindar el
apoyo necesario a los órganos políticos en relación con las actividades de
implementación y cooperación de las Cumbres; y
VISTO el Plan de Trabajo de la Unidad para la Promoción de la Democracia,
RESUELVE:
1. Asignar del modo siguiente el
excedente de recursos del Subfondo de Reserva, conforme a las atribuciones
conferidas por la resolución AG/RES. 1909 (XXXII-O/02):
a. Cinco millones de dólares (US$5.000.000) como contribución de
capital al Fondo de Capital para Programas de Becas y Capacitación de la OEA.
Todos los intereses acumulados se mantendrán en el fondo y se regirán por el
reglamento aprobado por el CIDI;
b. Cuatro millones doscientos mil dólares (US$4.200.000) para crear
un Fondo de Obras de Capital para la restauración y/o realización de mejoras en
los edificios históricos de la OEA. El gasto realizado con recursos de este
fondo será aprobado por la Comisión de Asuntos Administrativos y
Presupuestarios;
c. Cuatro millones de dólares (US$4.000.000) al Consejo
Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) para la implementación de los
mandatos de las Cumbres de las Américas; de ese total, dos millones de dólares
(US$2.000.000) se gastarán en iniciativas de educación con el apoyo de la
Secretaría General, según lo establecido en las Órdenes Ejecutivas pertinentes;
d. Hasta dos millones seiscientos cincuenta mil dólares
(US$2.650.000) para financiar la apropiación autorizada mediante la resolución
CP/RES. 823 (1335/02) para la remodelación del Salón Libertador Simón Bolívar,
y hasta setecientos cincuenta mil dólares (US$750.000) para la transformación
del espacio que ocupaban los anaqueles de la Biblioteca Colón en una sala de
delegados y una sala multipropósito;
e. Un millón de dólares (US$1.000.000) para el Fondo de Paz:
Solución pacífica de controversias territoriales;
f. Hasta un millón de dólares (US$1.000.000) para financiar el
estudio de la administración propuesto en la resolución AG/RES. 1909
(XXXII-O/02), estudio pendiente de aprobación por el Consejo Permanente;
g. Seiscientos mil dólares (US$600.000) a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, para respaldar sus visitas in situ, la labor de sus
relatores especiales y su unidad de defensores de los derechos humanos y para
la publicación de sus documentos;
h. Seiscientos mil dólares (US$600.000) a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos para cubrir costos no recurrentes;
i. Cuatrocientos mil dólares (US$400.000) a la Unidad para la
Promoción de la Democracia, para financiar iniciativas de solución de
conflictos;
j. Hasta cuatrocientos mil dólares (US$400.000) para llevar a cabo
actividades de divulgación y difusión de la OEA, de los cuales hasta
trescientos mil dólares (US$300.000) se asignarán a la Biblioteca Colón, a los
efectos de ofrecer acceso a sus documentos y archivos en formato electrónico, y
cien mil dólares (US$100.000) para realizar actividades de divulgación y
difusión aprobadas por el Consejo Permanente que serán implementadas por el
Departamento de Información Pública y la Oficina de Relaciones Externas o
conforme lo asigne el Consejo Permanente.
2. Encomendar a la Secretaría General:
a. Que las apropiaciones autorizadas conforme a la presente
resolución sólo se utilicen para gastos no recurrentes;
b. Que los intereses devengados por las referidas sumas apropiadas
se acrediten en el Fondo Regular conforme a lo previsto en el artículo 77 de
las Normas Generales, hasta que se gasten o depositen en el correspondiente
fondo de capital o fondo específico, según fuere del caso. Una vez depositados
en un fondo de capital o fondo específico, los intereses se acreditarán a ese
fondo;
c. Que toda apropiación que no pueda gastarse para la finalidad
específica para la que haya sido aprobada conforme a esta resolución se
reintegre al Subfondo de Reserva;
d. Que las apropiaciones previstas en esta resolución no estén
sujetas a las limitaciones de tiempo en cuanto a obligaciones y gastos
estipuladas en el artículo 99 de las Normas Generales;
e. Que los receptores de las apropiaciones aprobadas en los párrafos
1(c) a 1(j) informen trimestralmente al Consejo Permanente sobre el uso de esos
recursos.
3. Solicitar a la Secretaría General que presente a la Comisión de
Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP), dentro de los treinta días
siguientes a la adopción de la presente resolución, un proyecto de política de
inversiones para el Subfondo de Reserva, el Fondo de Capital para Programas de
Becas y Capacitación de la OEA y el Fondo de Obras de Capital, y solicitar a la
CAAP que presente el proyecto al Consejo Permanente con miras a su aprobación.
|
Índice de Resoluciones
|
|