Competencia
El Consejo
Permanente de la Organización depende directamente de la Asamblea General y
tiene la competencia que le asignan la
Carta
y otros
instrumentos interamericanos, así como las funciones que le encomiende la
Asamblea General y la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones
Exteriores.
Vela por el
mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados Miembros y, con
tal fin, ayuda de una manera efectiva en la solución pacífica de sus
controversias. Ejecuta aquellas decisiones de la Asamblea General o de la
Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores cuyo cumplimiento no
hayan sido encomendados a ninguna otra entidad. Vela por la observancia de las
normas que regulan el funcionamiento de la Secretaría General, y cuando la
Asamblea General no estuviere reunida, adopta las disposiciones de índole
reglamentaria que habiliten a la Secretaría General para cumplir sus funciones
administrativas. Actúa como Comisión Preparatoria. Prepara, a petición de los
Estados Miembros, proyectos de acuerdo para promover y facilitar la
colaboración entre la OEA y la ONU y otros organismos americanos. Formula
recomendaciones a la Asamblea General sobre el funcionamiento de la
Organización y la coordinación de sus órganos subsidiarios, organismos y
comisiones. Considera los informes de los órganos, organismos y entidades del
sistema interamericano y presenta a la Asamblea General las observaciones y
recomendaciones que estime del caso.
Actúa
provisionalmente como Órgano de Consulta de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 83 de la Carta de la OEA y lo establecido en el Tratado Interamericano
de Asistencia Recíproca (TIAR).
Asimismo, conoce de todo asunto que, de conformidad con los artículos 110 de la
Carta de la OEA y 20 de la
Carta Democrática Interamericana, le lleve a su
atención el
Secretario
General de la
Organización.
Composición
Está compuesto
por un representante por cada
Estado Miembro
nombrado especialmente por el gobierno respectivo con categoría de Embajador.
Los gobiernos pueden designar representantes suplentes, asesores y en caso
necesario acreditar un representante interino.
Presidencias y
Vicepresidencia
La
presidencia
es ejercida sucesivamente por los representantes en el orden alfabético de los
nombres en español de sus respectivos países y la
vicepresidencia,
en idéntica forma, siguiendo el orden alfabético inverso. Ejercen sus
funciones por un período de tres meses que comienzan automáticamente el primer
día de los meses de enero, abril, julio y octubre.
Secretario del
Consejo Permanente
El
Secretario General
Adjunto
de la Organización es el Secretario del Consejo Permanente, y de sus órganos
subsidiarios, organismos y comisiones, de conformidad a lo dispuesto en el
artículo 115 de la Carta de la Organización.
Comisiones,
Subcomisiones y Grupos de Trabajo
Las comisiones
permanentes son General, de Asuntos Jurídicos y Políticos, de Asuntos
Administrativos y Presupuestarios, de Seguridad Hemisférica y sobre Gestión de
Cumbres Interamericanas y Participación de la Sociedad Civil en las Actividades
de la OEA. El Consejo puede crear, además, comisiones especiales,
subcomisiones o grupos de trabajo que estime conveniente.
Sesiones
Celebra sesiones
ordinarias, extraordinarias y protocolares de conformidad con su
Reglamento.
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