CCP.I/REC. 20 (XXII-13): MEDIDAS REGIONALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ROAMING INTERNACIONAL EN LA REGIÓN.
CCP.I/REC. 21 (XXII-13): TELECOMUNICACIONES EN SITUACIONES DE EMERGENCIA Y/O CATÁSTROFE.
CCP.I/REC. 22 (XXII-13): ESTRATEGIAS PARA EL DESPLIEGUE PLANES DE BANDA ANCHA EN LA REGIÓN AMÉRICAS.
CCP.II/REC. 38 (XXI-13): 0BUSO DE LA BANDA DE 698 A 806 MHZ EN ZONAS FRONTERIZAS.
CCP.II/REC. 39 (XXI-13): ELABORACIÓN DE PRINCIPIOS PARA LOS ASPECTOS DE RADIOCOMUNICACIONES EN LOS PLANES NACIONALES DE BANDA ANCHA.
CCP.II/REC. 40 (XXII-13): ASPECTOS TÉCNICOS Y REGULATORIOS RELATIVOS A LOS EFECTOS DE LAS EMISIONES ELECTROMAGNÉTICAS NO IONIZANTES
CCP.II/REC. 41 (XXII-13): PROTECCIÓN PÚBLICA Y SOCORRO EN CASO DE CATÁSTROFE (PPDR) BASADO EN SISTEMAS TELECOMUNICACIONES MÓVILES INTERNACIONALES (IMT)
CCP.II/REC. 42 (XXII-13): PLANIFICACIÓN A LARGO PLAZO PARA LAS BANDAS EN EL SERVICIO MÓVIL TERRENAL, INCLUIDAS LAS IDENTIFICADAS PARA LAS IMT
CCP.II/REC. 33 (XIX-12): ARMONIZACIÓN DE LA ATRIBUCIÓN DE LA BANDA 698 – 806 MHZ EN LAS AMÉRICAS AL SERVICIO MÓVIL A TÍTULO PRIMARIO.
CCP.II/REC. 32 (XIX-12): DISPOSICIONES DE FRECUENCIAS PARA LAS BANDAS IDENTIFICADAS PARA TELECOMUNICACIONES MÓVILES INTERNACIONALES EN LA CMR-07.
Derogado por CCP.II/DEC. 234 (XLIII-24)
CCP.II/REC. 34 (XX-12): DISPOSICIÓN DE FRECUENCIAS COMPATIBLES PARA SISTEMAS TERRESTRES MÓVILES EN LAS BANDAS 1 710 – 2 025 MHZ Y 2 110 – 2 200 MHZ.
Derogado por CCP.II/DEC. 234 (XLIII-24)
CCP.II/REC.35 (XX-12): USO DEL RANGO DE FRECUENCIAS 807-849 / 852-894 MHZ PARA SERVICIOS MÓVILES CELULARES.
CCP.II/REC. 36 (XX-01): FACILITAR LA INTRODUCCIÓN DE SISTEMAS SFS DE BANDA ANCHA EN BANDA KA EN LAS AMÉRICAS.
CCP.II/REC. 37 (XX-12): ADOPCIÓN DEL PLAN DE BANDA DEL DIVIDENDO DIGITAL.
CCP.I/REC. 13 (XX-12): MEDIDAS NECESARIAS PARA UNA REGIÓN AMÉRICA M@S VERDE.
CCP.I/REC. 20 (XXII-13): MEDIDAS REGIONALES PARA EL MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ROAMING INTERNACIONAL EN LA REGIÓN.
CCP.I/REC. 21 (XXII-13): TELECOMUNICACIONES EN SITUACIONES DE EMERGENCIA Y/O CATÁSTROFE.
CCP.I/REC. 22 (XXII-13): ESTRATEGIAS PARA EL DESPLIEGUE PLANES DE BANDA ANCHA EN LA REGIÓN AMÉRICAS.
CCP.II/REC. 38 (XXI-13): 0BUSO DE LA BANDA DE 698 A 806 MHZ EN ZONAS FRONTERIZAS.
CCP.II/REC. 39 (XXI-13): ELABORACIÓN DE PRINCIPIOS PARA LOS ASPECTOS DE RADIOCOMUNICACIONES EN LOS PLANES NACIONALES DE BANDA ANCHA.
CCP.II/REC. 40 (XXII-13): ASPECTOS TÉCNICOS Y REGULATORIOS RELATIVOS A LOS EFECTOS DE LAS EMISIONES ELECTROMAGNÉTICAS NO IONIZANTES
CCP.II/REC. 41 (XXII-13): PROTECCIÓN PÚBLICA Y SOCORRO EN CASO DE CATÁSTROFE (PPDR) BASADO EN SISTEMAS TELECOMUNICACIONES MÓVILES INTERNACIONALES (IMT)
CCP.II/REC. 42 (XXII-13): PLANIFICACIÓN A LARGO PLAZO PARA LAS BANDAS EN EL SERVICIO MÓVIL TERRENAL, INCLUIDAS LAS IDENTIFICADAS PARA LAS IMT
CCP.II/REC. 33 (XIX-12): ARMONIZACIÓN DE LA ATRIBUCIÓN DE LA BANDA 698 – 806 MHZ EN LAS AMÉRICAS AL SERVICIO MÓVIL A TÍTULO PRIMARIO.
CCP.II/REC. 32 (XIX-12): DISPOSICIONES DE FRECUENCIAS PARA LAS BANDAS IDENTIFICADAS PARA TELECOMUNICACIONES MÓVILES INTERNACIONALES EN LA CMR-07.
Derogado por CCP.II/DEC. 234 (XLIII-24)
CCP.II/REC. 34 (XX-12): DISPOSICIÓN DE FRECUENCIAS COMPATIBLES PARA SISTEMAS TERRESTRES MÓVILES EN LAS BANDAS 1 710 – 2 025 MHZ Y 2 110 – 2 200 MHZ.
Derogado por CCP.II/DEC. 234 (XLIII-24)
CCP.II/REC.35 (XX-12): USO DEL RANGO DE FRECUENCIAS 807-849 / 852-894 MHZ PARA SERVICIOS MÓVILES CELULARES.
CCP.II/REC. 36 (XX-01): FACILITAR LA INTRODUCCIÓN DE SISTEMAS SFS DE BANDA ANCHA EN BANDA KA EN LAS AMÉRICAS.
CCP.II/REC. 37 (XX-12): ADOPCIÓN DEL PLAN DE BANDA DEL DIVIDENDO DIGITAL.