AG/RES. 1080 (XXI-O/91)
DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
(Resolución aprobada en la quinta sesión
plenaria, celebrada el 5 de junio de 1991)
LA ASAMBLEA GENERAL,
CONSIDERANDO:
Que el preámbulo de la Carta de la
Organización de los Estados, establece que la democracia representativa es
condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la
región;
Que según lo establece la Carta, uno
de los propósitos fundamentales de la OEA es promover y consolidar la
democracia representativa dentro del respeto al principio de no intervención;
Que es preciso observar el debido
respeto a las políticas de cada uno de los Estados Miembros en materia de
reconocimiento de Estados y gobiernos;
Que teniendo en cuenta la existencia
generalizada de gobiernos democráticos en el Hemisferio, es necesario darle
efectiva aplicación al principio consignado en la Carta de que la solidaridad
de los Estados americanos y los altos fines que con ella se persiguen requieren
la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de
la democracia representativa, y
Que subsisten en la región serios
problemas políticos, sociales y económicos que pueden amenazar la estabilidad
de los gobiernos democráticos,
RESUELVE:
1.
Instruir
al Secretario General que solicite la convocación inmediata del Consejo
Permanente en caso de que se produzcan hechos que ocasionen una interrupción
abrupta o irregular del proceso político institucional democrático o del
legítimo ejercicio del poder por un gobierno democráticamente electo en
cualquiera de los Estados Miembros de la Organización para, en el marco de la
Carta, examinar la situación, decidir y convocar una reunión ad hoc de
ministros de relaciones exteriores, o
un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, todo ello dentro
de un plazo de 10 días.
2.
Expresar
que la reunión ad hoc de ministros de relaciones exteriores o el período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General tenga por objeto analizar
colectivamente los hechos y adoptar las decisiones que se estime apropiadas,
conforme a la Carta y al derecho internacional.
3.
Encomendar
al Consejo Permanente que elabore un conjunto de propuestas de incentivo a la
preservación y fortalecimiento de los sistemas democráticos, sobre la base de
la solidaridad y la cooperación internacional, e informe a la Asamblea General
en su vigésimo período ordinario de sesiones.