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AG/RES. 2034 (XXXIV-O/04)
CONFERENCIAS ESPECIALIZADAS INTERAMERICANAS
SOBRE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 8 de junio de 2004)
 

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4265/04 add. 3 corr. 1);

TENIENDO EN CUENTA los mandatos contenidos en su resolución AG/RES. 1943 (XXXIII-O/03), “Seguimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción y de su Programa de Cooperación”;

RECORDANDO que el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas celebrada en la ciudad de Québec dedica un acápite especial al tema del combate contra la corrupción y que en el mismo se adoptan compromisos relativos a la Convención Interamericana contra la Corrupción, al Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción y al establecimiento de un mecanismo de seguimiento de la implementación de la mencionada Convención, así como al reforzamiento de la Red Interamericana de Cooperación contra la Corrupción, el fortalecimiento de la participación de la sociedad civil de los respectivos Estados en el combate contra la corrupción y la adopción de políticas, procesos y mecanismos que permitan la protección del interés público;

CONSIDERANDO la importancia de la Convención Interamericana contra la Corrupción y el hecho de que ella ha sido ratificada por 30 Estados Miembros de la OEA y que 28 de ellos participan ahora del Mecanismo de Seguimiento de su implementación (MESICIC), lo cual representa el incremento de un Estado, en cada caso, durante el último año;

TENIENDO PRESENTE que en la “Declaración sobre Seguridad en las Américas” los Estados del Hemisferio reafirmaron su compromiso en la lucha contra la corrupción, pasiva y activa, por constituir una amenaza a la seguridad de los mismos; señalaron que la cooperación, la asistencia judicial mutua, la extradición y la acción concertada para combatirla son un imperativo político y moral; y se comprometieron a fortalecer el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC);

RECORDANDO que los Jefes de Estado y de Gobierno, en la “Declaración de Nuevo León”, reconocieron “que la corrupción y la impunidad debilitan las instituciones públicas y privadas, erosionan la moral de los pueblos, atentan contra el estado de derecho y distorsionan las economías y la asignación de recursos para el desarrollo” y se comprometieron, entre otros, a incrementar “la cooperación en el marco de la Convención Interamericana contra la Corrupción, particularmente a través del fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento de este instrumento”, encomendando a la Conferencia de los Estados Parte de dicho Mecanismo la determinación de “medidas concretas” para el fortalecimiento del mismo;

RECORDANDO TAMBIÉN que, en la “Declaración de Nuevo León”, los Jefes de Estado y de Gobierno manifestaron su preocupación por prácticas corruptas, ilegales y fraudulentas en la administración de algunas empresas nacionales y transnacionales, que podrían afectar negativamente las economías, en particular en las de los países en desarrollo, sus productores y consumidores.

RECORDANDO ASIMISMO que, en la “Declaración de Nuevo León”, los Jefes de Estado y de Gobierno también acordaron la realización de una reunión de los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción que tendrá lugar en Managua, Nicaragua, a mediados del año 2004;

RECONOCIENDO CON BENEPLÁCITO los resultados de la Primera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC y, en particular, las “Conclusiones y Recomendaciones de Medidas Concretas para Fortalecer el MESICIC” (SG/MESICIC/doc. 103/04 rev. 6), documento que se anexa a la presente resolución;

RECONOCIENDO ASIMISMO CON BENEPLÁCITO las labores desarrolladas por el Comité de Expertos del MESICIC, desde el comienzo de sus funciones, y a las que se refiere el informe que presentó a consideración de la Conferencia de los Estados Parte de dicho Mecanismo (Documento SG/MESICIC/doc. 95/04 rev. 4);

TENIENDO EN CUENTA que la Secretaría General de la OEA ha venido cumpliendo las funciones de secretaría del MESICIC y que, como parte de las medidas para dar cumplimiento al mandato de la “Declaración de Nuevo León”, la Conferencia de los Estados parte del MESICIC recomendó que la Asamblea General de la OEA adopte determinadas decisiones en relación con el fortalecimiento y misión de la Secretaría Técnica del MESICIC; y

ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO la suscrpción por numerosos Estados del Hemisferio de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada en Mérida, México, el 9 de diciembre de 2003,

RESUELVE:

1. Exhortar a los Estados Miembros de la OEA, que aún no lo hayan hecho, a que consideren firmar y ratificar, ratificar, o adherir, según sea el caso, a la Convención Interamericana contra la Corrupción y a que participen en el Mecanismo de Seguimiento de su implementación.

2. Alentar, asimismo, a los Estados Miembros de la Organización que aún no lo hayan hecho, a que consideren firmar y ratificar, ratificar, o adherir, según sea el caso, a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, a fin de que ésta entre en vigor lo antes posible.

3. Instar a los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción a que adopten todas las medidas que estimen necesarias a fin de adecuar su legislación interna y cumplir los compromisos asumidos al ratificar o adherir a la Convención.

4. Exhortar a los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción a que, con base en ella y en las leyes y tratados aplicables, perfeccionen los mecanismos regionales de asistencia jurídica mutua en materia penal y los implementen; a fin de dar curso a las solicitudes emanadas de las autoridades que, de acuerdo con su derecho interno, tengan facultades para la investigación o juzgamiento de los actos de corrupción descritos en la Convención, a fin de luchar contra la impunidad.

5. Respaldar el fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) y al respecto:

a) Expresar su satisfacción por la celebración de la Primera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), los días 1 y 2 de abril de 2004, en Washington D.C.

b) Hacer suyas las “Conclusiones y Recomendaciones de Medidas Concretas para Fortalecer el MESICIC” (Documento SG/MESICIC/doc. 103/04 rev. 6), aprobadas en la Primera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC.

c) Expresar su satisfacción con el acuerdo alcanzado en dicha reunión de fortalecer la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC como un foro político para abordar los temas de cooperación hemisférica contra la corrupción y con el otorgamiento a su Presidencia de la atribución de hacer seguimiento a las decisiones de dicha Conferencia e informar a los Estados Parte cuando corresponda.

d) Expresar su satisfacción con las labores del Comité de Expertos del MESICIC y, en especial, por la adopción de los informes, en el marco de la primera ronda, de Argentina Paraguay, Colombia, Nicaragua, Uruguay, Panamá, Ecuador y Chile, y exhortarlo a continuar avanzando en ese proceso teniendo en cuenta las conclusiones y recomendaciones aprobadas por la Conferencia de los Estados Parte.

e) Solicitar al Secretario General que, en desarrollo de las conclusiones y recomendaciones de la Primera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC y conforme al artículo 113 de la Carta, realice los arreglos necesarios para que la Secretaría Técnica que ha venido apoyando al MESICIC, financiada con cargo al Fondo Regular, tenga como misión primordial la prestación permanente de servicios a este Mecanismo, dentro de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, asegurando que los otros servicios de apoyo que ha venido prestando la Secretaría Técnica de Mecanismos de Cooperación Jurídica puedan seguir brindándose en forma eficiente e ininterrumpida.

f) Solicitar a la Secretaría General la identificación de fuentes de financiamiento interno de la OEA tales como el Fondo Regular, y de financiamiento externo tales como instituciones financieras internacionales y regionales y organismos nacionales de carácter oficial y otras, para financiar el adecuado funcionamiento del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) y cuando corresponda, para el pleno y efectivo cumplimiento de sus recomendaciones.

g) Manifestar su satisfacción por la decisión, tomada en la Primera Conferencia de los Estados Parte del MESICIC, de acelerar el proceso de evaluación en la primera ronda.

6. Respaldar la realización de una reunión de los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción, en cumplimiento de la “Declaración de Nuevo León”, la cual tendrá lugar en Managua, Nicaragua, durante los días 8 y 9 de julio de 2004, y en relación con la misma:

a) Disponer que dicha reunión sea financiada con cargo a los recursos disponibles en el subprograma 10W del Programa-Presupuesto del Fondo Regular para el año 2004. Los costos adicionales o no previstos en el Fondo Regular deberán ser sufragados con recursos externos o por el Estado sede de la reunión.

b) Solicitar a la Secretaría General que preste los servicios de secretaría técnica y administrativa que se requieran para la preparación y realización de la citada reunión.

c) Solicitar al Consejo Permanente y a la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC que den el seguimiento que consideren apropiado a los resultados de la reunión de los Estados Parte de la Convención que se llevará a cabo en Managua, Nicaragua.

7. Solicitar a la Secretaría General que, en desarrollo del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, continúe realizando las labores de cooperación técnica destinadas a brindar asistencia para la firma, ratificación o adhesión e implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como para el intercambio de información y de experiencias entre las autoridades gubernamentales responsables en la materia, entre otros, a través de la Red Interamericana de Cooperación contra la Corrupción.

8. Encomendar al Consejo Permanente que de seguimiento a la presente resolución, la cual será ejecutada de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos, y que presente un informe sobre su cumplimiento a la Asamblea General en su trigésimo quinto período ordinario de sesiones.

 
 


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