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AG/RES. 1992 (XXXIV-O/04)
SEGUIMIENTO A LA CUMBRE EXTRAORDINARIA DE LAS AMÉRICAS
(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 8 de junio de 2004)
 

LA ASAMBLEA GENERAL,

CONSIDERANDO:

Que la Cumbre Extraordinaria de las Américas se celebró en Monterrey, Nuevo León, México, el 12 y 13 de enero de 2004;

Que los Jefes de Estado y de Gobierno aprobaron la Declaración de Nuevo León con el propósito fundamental de “avanzar en la instrumentación de medidas para combatir la pobreza, promover el desarrollo social, lograr un crecimiento económico con equidad y reforzar la gobernabilidad de nuestras democracias”;

Que el proceso de Cumbres de las Américas y la Declaración y el Plan de Acción de Québec han establecido prioridades políticas a nivel hemisférico que definen la agenda interamericana y coinciden con los principios y prioridades de la Organización;

Que en la Declaración de Nuevo León, los Jefes de Estado y de Gobierno reconocieron la importante labor de la Organización de los Estados Americanos, y en particular de la Secretaría del Proceso de Cumbres, en el seguimiento de las Cumbres de las Américas; y

Que en el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas se reconoce la función que cumple la Comisión de Gestión de Cumbres Interamericanas y Participación de la Sociedad Civil en las Actividades de la OEA (CISC) como coordinadora de los esfuerzos de la OEA en cumplimiento y seguimiento de los compromisos derivados del proceso de Cumbres de las Américas,

RESUELVE:

1. Reafirmar los compromisos adoptados en la Declaración de Nuevo León y exhortar a los Estados Miembros a que instrumenten, promuevan y difundan los compromisos asumidos en dicha Declaración.

2. Invitar a los Estados Miembros a presentar información sobre los avances realizados en sus países en cumplimiento de aquellos compromisos de la Declaración de Nuevo León que deberá ser informados a la Cuarta Cumbre de las Américas y solicitar a la Secretaría del Proceso de Cumbres que prepare un informe consolidado para ser presentado al Proceso de Cumbres.

3. Encomendar a la Secretaría General que, en el marco de las resoluciones AG/RES.__ (XXXIV-O/04), AG/RES. 1965 (XXXIII-O/03), AG/RES 1847 (XXXII-O/02), AG/RES. 1824 (XXXI-O/01), AG/RES. 1752 (XXX-O/00):

a) dé cumplimiento a los compromisos adoptados en la Cumbre Extraordinaria de las Américas, los promueva y difunda;

b) coordine a través de la Secretaría del Proceso de Cumbres las actividades y los programas de sus distintas unidades y oficinas relacionados con la implementación de los compromisos de la Declaración de Nuevo León.

4. Encomendar al Consejo Permanente que, con el apoyo de la Secretaría del Proceso de Cumbres y en el marco de las resoluciones AG/RES.___ (XXXIV-O/04), AG/RES. 1965 (XXXIII-O/03), AG/RES. 1847 (XXXII-O/02), AG/RES. 1824 (XXXI-O/01) y AG/RES. 1752 (XXX-O/00), coordine con las demás entidades de la OEA y las instituciones del Grupo de Trabajo Conjunto para las Cumbres, el seguimiento de los compromisos establecidos en la Declaración de Nuevo León y presente un informe de seguimiento a la próxima Asamblea General.

 
 


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