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AG/RES. 1982 (XXXIV-O/04)
FORTALECIMIENTO DE LA COOPERACIÓN TÉCNICA
PARA EL DESARROLLO INTEGRAL
(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 8 de junio de 2004)
 

LA ASAMBLEA GENERAL,

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 94 de la Carta de la OEA y al artículo 1 del Estatuto del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), éste es un órgano de la OEA y tiene como finalidad promover la cooperación entre los Estados Miembros con el propósito de lograr su desarrollo integral, y en particular contribuir a la eliminación de la pobreza crítica;

Que el Plan Estratégico de Cooperación Solidaria 2002-2005 (en adelante Plan Estratégico) establece que la cooperación técnica es importante y abarca a todos los Estados Miembros, independientemente de su desarrollo;

Que el Fondo Especial Multilateral del CIDI (FEMCIDI) se constituye con las contribuciones voluntarias de los Estados Miembros y tiene por objeto contribuir al financiamiento de los programas, proyectos y actividades de cooperación de carácter nacional y multilateral que se realicen en el marco del Plan Estratégico;

Que, a pesar de los importantes esfuerzos que realizan los Estados Miembros en la consecución de los recursos que anualmente contribuyen al FEMCIDI, éstos son insuficientes para financiar en su totalidad los proyectos presentados. Esto refuerza la necesidad de que la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo (AICD), haga esfuerzos especiales para obtener, de diversas fuentes, mayores recursos financieros y no financieros, no reembolsables;

Que el Plan Estratégico señala que dentro del espíritu de la cooperación solidaria, las instituciones nacionales participantes en las actividades de cooperación deberán tomar en cuenta las áreas prioritarias y los lineamientos contenidos en dicho Plan, velar porque los proyectos y actividades relacionadas con él estén vinculados con los mandatos de las Cumbres, de las reuniones ministeriales y de las comisiones interamericanas y que sean prioritariamente de carácter multilateral;

Que el CIDI por medio de su resolución CIDI/RES.143 (IX-O/04) acordó que los programas, proyectos, actividades e iniciativas de cooperación generadas por los Estados Miembros, dentro del marco del Plan Estratégico, deberán responder a los mandatos de la Asamblea General, de las Cumbres de las Américas, de las reuniones ministeriales o de las comisiones interamericanas, de modo que las estrategias de cooperación que se derivan de estas se vean fortalecidas;

Que el Plan Estratégico indica que las actividades de cooperación en sus áreas prioritarias deberán integrar, en la medida de lo posible, como elementos en su formulación, implementación y evaluación los siguientes: a) la participación de la sociedad civil; b) consideraciones medioambientales; c) desarrollo de recursos humanos; y d) igualdad y equidad de género;

Que las secretarías técnicas de las reuniones ministeriales y de comisiones interamericanas apoyan a los Estados Miembros en la preparación de proyectos del FEMCIDI, así como desarrollan actividades de coordinación y ejecución de los mismos, según les sea solicitado;

Que la Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo (AICD) está implementando un mecanismo de evaluación de actividades de cooperación financiadas con el FEMCIDI; y

Que la selección y evaluación de actividades de cooperación solidaria para el desarrollo se hace con base en del documento de “Criterios para la Selección y Evaluación de Actividades de Cooperación Solidaria para el Desarrollo” (documento CEPCIDI/doc.134/97),

RESUELVE:

1. Reiterar que los programas, proyectos, actividades e iniciativas de cooperación técnica para el desarrollo integral generados por los Estados Miembros, deberán responder a los mandatos de la Asamblea General, en particular del Plan Estratégico, de las Cumbres de las Américas, y de las reuniones ministeriales y/o de las comisiones interamericanas y ser prioritariamente de carácter multilateral, manteniendo el reconocimiento de la importancia de los proyectos nacionales para los Estados Miembros.

2. Recomendar a las Reuniones Ministeriales y de Comisiones Interamericanas que consideren la formulación de proyectos que implementen los mandatos y las decisiones políticas a las que se refiere el resolutivo anterior para ser presentados oportunamente al FEMCIDI por un Estado Miembro, y encargar a la SG/OEA, en todas sus áreas, que provean un apoyo coordinado a éstas en la formulación, ejecución o coordinación de los proyectos, según les sea solicitado, y para la movilización de otros recursos.

3. Tomar nota con satisfacción del mecanismo de evaluación de proyectos que ha sido iniciado por la AICD y encomendar que los resultados que se obtengan sean utilizados por los actores de la cooperación solidaria para el desarrollo para incrementar la eficiencia, eficacia, impacto y sostenibilidad de los resultados beneficiosos de las actividades de cooperación solidaria, así como en apoyo para la movilización de otros recursos.

4. Hacer un llamado a los Estados Miembros para que, en la medida de sus posibilidades, incrementen sus contribuciones para financiar actividades de cooperación solidaria y solicitar a la AICD que haga esfuerzos especiales para obtener, de diversas fuentes, mayores recursos financieros y no financieros, no reembolsables. en ese sentido, especial atención se deberá prestar a los temas de interés de los países Observadores Permanentes.

5. Encomendar a la AICD que implemente una mayor colaboración y sinergia entre los programas y actividades de cooperación solidaria que desarrollan las distintas áreas de la Secretaría General, particularmente el FEMCIDI, los programas de becas y capacitación, el Portal Educativo de las Américas y potenciales socios externos y que informe a la CEPCIDI al respecto.

6. Recomendar a los Estados Miembros que las actividades de cooperación que presenten en las áreas prioritarias del Plan Estratégico integren, en la medida de los posible, como elementos en su formulación, implementación y evaluación los siguientes: a) la participación de la sociedad civil; b) consideraciones medioambientales; c) desarrollo de recursos humanos; d) igualdad y equidad de género; e instruir a la AICD que al preparar la propuesta preliminar de programación del FEMCIDI y al realizar la evaluación de las actividades de cooperación técnica, verifique si los proyectos han incluido, cuando proceda, tales elementos.

7. Encomendar a la CEPCIDI que en base a lo acordado en esta y en la resolución CIDI/RES. 143 (IX-O/04), proceda a actualizar el documento de “Criterios para la Selección y Evaluación de Actividades de Cooperación Solidaria para el Desarrollo”, CEPCIDI/doc.134/97.

8. Encargar al CIDI que continue fortaleciendo los mecanismos de la cooperación técnica para el desarrollo y que informe al siguiente Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General.

 
 


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