TRIGÉSIMO TERCER PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES                     OEA/Ser.P

8 al 10 de junio de 2003                                                                                      AG/doc. 4177/03

Santiago, Chile                                                                                                  20 mayo 2003

                                                                                                                        Original:  español

 

                                                                                                                        Punto 22 del temario

 

 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 

LOS DERECHOS HUMANOS Y EL MEDIO AMBIENTE EN LAS AMÉRICAS

 

(Aprobado por el Consejo Permanente en sesión del 20 de mayo de 2003)

 

 

            LA ASAMBLEA GENERAL,

 

            VISTO el informe del Consejo Permanente (CP/doc.     /03 add.    ), las presentaciones ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos del Consejo Permanente formuladas por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente acerca de su labor en el campo de los derechos humanos y el medio ambiente (CP/CAJP-1996/02) y (CP/CAJP-1998/02) y los aportes de expertos de la sociedad civil  en materia de derechos humanos y medio ambiente (CP/CAJP-1999/02);

 

            RECORDANDO los compromisos de los Jefes de Estado y de Gobierno respecto del desarrollo sostenible, el cambio climático, la protección ambiental y la gestión de desastres, expresados en la Declaración y el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas celebrada en Quebec y en la Declaración de Santa Cruz de la Sierra y el Plan de Acción para el Desarrollo Sostenible de las Américas;

 

            GUIADA por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Protocolo Adicional a la Convención Americana en materia de derechos económicos, sociales y culturales y otros instrumentos conexos sobre derechos humanos;

 

            GUIADA TAMBIÉN por la Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible y el Plan de Aplicación de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, adoptados en Sudáfrica el 4 de septiembre de 2002;

 

            TENIENDO EN CUENTA  la labor realizada por la Organización de las Naciones Unidas, reflejada en la Declaración de la Conferencia de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano de 1972, la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, la Convención sobre la Diversidad Biológica de 1992, la Convención sobre el Control del Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos y su Eliminación (Convención de Basilea) de 1989 y otros instrumentos pertinentes de derecho ambiental internacional;

 

            RECORDANDO las resoluciones AG/RES. 1819 (XXXI-O/01) y AG/RES. 1896 (XXXII-O/02) sobre derechos humanos y medio ambiente, en las cuales la OEA asumió un papel de liderazgo internacional, subrayando la importancia de promover la protección del medio ambiente y el pleno goce de los derechos humanos;

 

            RECONOCIENDO la creciente importancia que se le asigna a la necesidad de administrar el medio ambiente en una forma sostenible para promover la dignidad y el bienestar humanos,

 

RESUELVE:

 

            1.         Continuar promoviendo la cooperación institucional en el campo de los derechos humanos y el medio ambiente, entre la Organización de los Estados Americanos y otras instituciones multilaterales, incluidas las Naciones Unidas y sus organismos especializados, el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo y los bancos regionales de desarrollo.

 

AG02197S01

 
            2.         Continuar alentando la cooperación institucional en la esfera de los derechos humanos y el medio ambiente en el marco de la Organización, en particular entre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente.

 

            3.         Encomendar al Secretario General que, a través de la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente y en coordinación con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), continúe manteniendo el diálogo con los Estados Miembros y las organizaciones de la sociedad civil, y la implementación de actividades en la esfera del medio ambiente y los derechos humanos tomando en cuenta la labor realizada sobre este tema en las Naciones Unidas, incluida la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Consejo Económico y Social, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, la Comisión de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

 

            4.         Encomendar al Consejo Permanente que, en el segundo semestre del año 2003, celebre una sesión de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos a la cual invite a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con la participación de la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, para continuar conociendo su labor en la esfera de los derechos humanos y el medio ambiente.

 

            5.         Solicitar al Secretario General que informe sobre el cumplimiento de esta resolución a la Asamblea General en su trigésimo cuarto período ordinario de sesiones, la cual será ejecutada de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto y otros recursos.