AG/DEC. 28 (XXXII-O/02)

AG/CG/doc.16/02

 

DECLARACIÓN SOBRE LA DEMOCRACIA EN VENEZUELA

 

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria celebrada el 4 de junio de 2002)

 

 

CONSIDERANDO que la Carta de la Organización de los Estados Americanos reconoce que la democracia representativa es una  condición indispensable para la estabilidad, paz y desarrollo de la región y que uno de los objetivos esenciales de la OEA es promoverla y consolidarla, con el debido respeto al principio de no intervención;

 

CONSIDERANDO que Venezuela es un país de una profunda y comprobada vocación democrática;

 

CONSIDERANDO que el 11 de abril del 2002, hubo una grave alteración del orden constitucional y una ruptura de la democracia;

 

RECORDANDO que, en el Vigésimo Noveno Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, celebrado en Washington DC, el 18 de abril del 2002, en congruencia con la Resolución CP/RES. 811 (1315/02), la Asamblea General expresó su “satisfacción por el restablecimiento del orden constitucional y del Gobierno democráticamente elegido del Presidente Hugo Chávez Frías”.

 

RECORDANDO la Resolución AG/RES. 1 (XXXIX-E/02), en la cual se acordó respaldar la iniciativa del Gobierno de Venezuela a convocar un diálogo nacional, sin exclusiones, y exhortar a todos los sectores de la sociedad venezolana para que participen en el mismo, con sus mejores y más decididos esfuerzos a fin de lograr el pleno ejercicio de la democracia en Venezuela, con pleno apego a la Constitución, y tomando en cuenta los elementos esenciales de la democracia representativa contenidos en los artículos 3 y 4 de la Carta Democrática Interamericana.

 

CONSIDERANDO que el Artículo 1 de la Carta Democrática Interamericana proclama que “los Pueblos de las Américas tienen el derecho a la democracia, y sus Gobiernos la obligación de promoverla y defenderla”.

 

CONSIDERANDO que los elementos esenciales de la democracia representativa incluyen, inter alia, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, acceso al ejercicio del poder con apego al Estado de derecho, la celebración de elecciones periódicas justas y libres basadas en el sufragio universal secreto como una expresión de la soberanía popular, el sistema plural de partidos y organizaciones políticas, y la separación de los poderes públicos;

 

CONSIDERANDO la Resolución CP/RES. 811 y lo previsto en la Resolución AG/RES (XXIX-E/02) sobre la situación de Venezuela;

 

CONSIDERANDO que las instituciones del Estado venezolano están abocadas actualmente, a una investigación completa sobre las causas de los sucesos del 11 al 14 de abril;

 

ALENTADOS aún mas por el interés y la disposición expresada por el Gobierno de Venezuela de avanzar en el diálogo y la reconciliación, en un esfuerzo por resolver la crisis política en Venezuela; saludamos toda iniciativa de colaboración internacional que respalde dicho esfuerzo.

 

ACUERDA:

 

1.     

 

 
Reiterar la disposición de la OEA de brindar el apoyo y la ayuda que el Gobierno de Venezuela requiera para la consolidación de su proceso democrático.

2.      Reiterar nuestra determinación a continuar aplicando, sin distinción y en estricto apego a la letra y espíritu de la Carta Democrática Interamericana, los mecanismos previstos en la Carta Democrática Interamericana para la preservación y defensa de la democracia representativa, reiterando el rechazo al uso de la violencia para reemplazar cualquier Gobierno democrático en el Hemisferio;

3.      Alentar al Gobierno de Venezuela a que explore las posibilidades  que ofrece la OEA, en la promoción del diálogo nacional que actualmente se desarrolla en Venezuela, convocado por el Presidente Hugo Chávez Frías, en aras de profundizar la reconciliación nacional;

4.      Reconocer y acoger la decisión unánime de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela de conformar una Comisión de la Verdad para investigar los hechos de violencia, con la consiguiente pérdida de vidas humanas entre el 11 y el 14 de abril del 2002, considerando que este esfuerzo contribuye a la transparencia del ejercicio democrático.