St. Kitts & Nevis: Programa de Licencias para Centros de Desarrollo de la Primera Infancia Contexto En 1994, el país de St. Kitts y Nevis en el Caribe Oriental, con una población de 45.000 habitantes en un territorio de 104 millas cuadradas, aprobó la "Ley sobre la Junta de Protección y Bienestar de la Infancia". Hasta entonces, el personal de la primera infancia no tenía autoridad jurídica para cerrar centros que estaban funcionando por debajo de los niveles de calidad aceptables, ni tampoco podía evitar que personas no calificadas abrieran un centro. Esta Ley, por lo tanto, estipula: Si bien anteriormente ya se requería el registro de los Centros de Desarrollo de la Primera Infancia, y a pesar del hecho de que debían cumplirse ciertas normas de calidad para poder registrarse, el nivel de calidad de los servicios había empezado a empeorar. La evaluación que se realizó en 1994 del programa emprendido por la Unidad de Desarrollo de la Primera Infancia, con la asistencia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), confirmó dicho ‘bajón’. Por consiguiente, el principal objetivo del programa era el registro de los centros de puericultura, con el fin de facilitar la supervisión y vigilancia de dichos centros por parte del personal de la Unidad y ofrecer toda la asistencia posible para ayudar al centro a mejorar la calidad de sus operaciones. Objetivos Ofrecer cuidados infantiles y educación preescolar al mayor número posible de niños durante sus primeros años de vida y facilitar la colaboración entre la familia, la comunidad y los proveedores de servicios de puericultura y educación preescolar con el fin de preparar a los niños para la escuela primaria y la vida en general. Asegurar que todos los centros: Desafíos Pedagógicos El personal de la primera infancia carecía de autoridad jurídica para cerrar aquellos centros que funcionaban por debajo de los niveles de calidad aceptables, y tampoco podía evitar que personas no calificadas abrieran un nuevo centro. Por lo tanto, había una necesidad clara e inminente de establecer un programa adecuado para hacer frente a este problema. La legislación promulgada en 1994 proporciona la autoridad necesaria para reglamentar el funcionamiento de los centros de la primera infancia por medio del establecimiento de un Programa de Licencias. Descripción General Proceso para la obtención de la licencia: Actores Involucrados Financiamiento Los gastos fijos de la Unidad de Desarrollo de la Primera Infancia se sufragan con los ingresos del gobierno. El programa de licencias representa solamente un 1,5% del presupuesto de gastos ordinarios. Abarca viajes y viáticos, materiales, reuniones y capacitación, y el costo de imprimir los certificados de licencia. Actualmente no se cobra ninguna tasa para la concesión de la licencia. Fortalezas Lecciones Aprendidas Desafíos - Más personal en la Unidad para el Desarrollo de la Primera Infancia - Establecimiento de un mecanismo de vigilancia y supervisión - Dedicar menos tiempo a la respuesta de solicitudes Desafíos de las Cumbres El Programa de Licencias para Centros de Desarrollo de Primera Infancia responde directamente al mandato de la Cumbre de formular y ejecutar políticas en el marco de una estrategia con el fin de mejorar el acceso a una educación preescolar de calidad y promover una gestión escolar más transparente. Volver al cuadro del Eje 1 |