Discursos

SR. SILVIO ALBUQUERQUE, REPRESENTANTE ALTERNO DE BRASIL ANTE LA OEA
PALABRAS DEL SEÑOR SILVIO ALBUQUERQUE, PRESIDENTE DEL GRUPO DE TRABAJO ENCARGADO DE ELABORAR UN PROYECTO DE CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN E INTOLERANCIA

23 de septiembre de 2005 - Washington, DC


La inauguración de las actividades del Grupo de Trabajo Encargado de Elaborar un Proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia es un momento especial para la Organización de los Estados Americanos. Después de casi sesenta años de la creación de esta Organización, sus Estados Miembros lograron finalmente llegar a un acuerdo sobre la necesidad de elaborar un instrumento sólido y avanzado, con la capacidad de fortalecer la estructura jurídica de la protección de los derechos humanos de millones de personas, víctimas diarias de actos de racismo, discriminación e intolerancia en nuestro Hemisferio.

El desafío que se presenta ante cada uno de los delegados de los Estados aquí representados es la elaboración de un proyecto de convención que refleje valores, patrones y normas comunes que rijan las acciones de los Estados, en favor de sus propios ciudadanos y no ciudadanos. Expresando con otras palabras el preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, nuestra tarea será la elaboración de un texto que represente “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones” de las Américas “deben esforzarse”.

Es importante que tengamos presente que los tratados sobre derechos humanos incluyen parámetros de protección mínimos, que intentan consagrar un “mínimo ético irreducible” en relación con la defensa de la dignidad humana. De este modo, los derechos internacionales que constan en los tratados de derechos humanos únicamente mejoran y fortalecen, pero nunca restringen o debilitan, el grado de protección de los derechos previstos en las normas constitucionales internas.

En el caso de instrumentos específicos para la protección de los derechos humanos, como el que resultará del esfuerzo negociador de este Grupo de Trabajo, el objetivo primordial es lograr una respuesta específica y diferenciada para determinadas violaciones de derechos que afectan a ciertas personas. En ese contexto, las personas de descendencia africana, los pueblos indígenas, los migrantes, los judíos, los musulmanes, las personas incapacitadas, las mujeres, los niños, los ancianos, los homosexuales, entre otras categorías de personas, deben ser vistos con las circunstancias específicas y las particularidades de su condición social. Por lo tanto, junto con el derecho a la igualdad debemos considerar necesariamente como un derecho fundamental, el derecho a la diferencia.

Que estas primeras palabras en calidad de presidente del Grupo de Trabajo, sean expresiones de confianza en la capacidad de nuestros Estados de cumplir con el mandato previsto en el primer párrafo resolutivo de la resolución AG/RES. 2126 (XXXV-O/05), aprobada en la Asamblea General de la OEA en Fort Lauderdale. Y que, al hacerlo, no perdamos de vista que es de vital importancia que el texto de la futura convención refleje los anhelos y las legítimas reclamaciones de aquellos que son la única razón de ser de esta Organización: los seres humanos.