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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

MEMORANDUM ADMINISTRATIVO NO. 77 Rev. 1
ASUNTO:
PROCEDIMIENTO PARA LA REVISION DE LAS DECLARACIONES DE CONEXIONES Y DE ACREEDORES PRESENTADAS EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 132 DE LAS NORMAS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARIA GENERAL Y LA REGLA DE PERSONAL 101.7(c) (i) 

  

I.            DECISION.  Por decisi�n del Secretario General, se establece el siguiente procedimiento para la revisi�n y el procesamiento de las declaraciones de conexiones y de acreedores (Formularios OEA 563-A y B) (�Declaraciones") presentadas por cada miembro del personal a quien se requiere el cumplimiento de las disposiciones del Art�culo 132 de las Normas Generales y la Regla de Personal 101.7(c)(i).  

1-       Los Secretarios Ejecutivos y Subsecretarios, y el Jefe de Gabinete del Secretario General presentar�n sus declaraciones al Secretario General. El Secretario General revisar� cada declaraci�n para verificar la existencia de posibles conflictos de intereses. El Secretario General tendr� en cuenta los deberes y responsabilidades de dichas personas dentro de la Secretar�a General y determinar� si considera que las mismas tienen un conflicto de intereses directo, indirecto o aparente con el desempe�o de sus deberes y responsabilidades. Si el Secretario General considera que existe tal conflicto, enviar� la declaraci�n al Director del Departamento de Servicios de Recursos Humanos (DSRH) y solicitar� que el Director refiera el asunto al Comit� de Etica. Todas las dem�s declaraciones recibidas por el Secretario General tambi�n ser�n enviadas al Director del DSRH para su archivo en los legajos de los miembros del personal.  

2-       El Jefe de Gabinete del Secretario General Adjunto presentar� su declaraci�n al Secretario General Adjunto. EL Secretario General Adjunto revisar� la declaraci�n para determinar posibles conflictos de intereses, y seguir� el procedimiento establecido en el p�rrafo I.1 de este memor�ndum.  

3-       Los Directores presentar�n sus declaraciones al Secretario Ejecutivo o Subsecretario que corresponda, o al Secretario General o el Secretario General Adjunto en el caso de que los Directores se encuentren bajo la supervisi�n directa de cualquiera de ellos. El funcionario a quien se presente tal declaraci�n la revisar� para determinar la existencia de posibles conflictos de intereses, y seguir� el procedimiento establecido en el p�rrafo I.1 de este memor�ndum. 

Todos los miembros del personal afectados por el Art�culo 132 de las Normas Generales y la Regla de Personal 101.7(c) (i) presentar�n sus declaraciones a sus respectivos Directores. Los mismos revisar�n las declaraciones para determinar la posible existencia de conflictos de intereses, y seguir�n el procedimiento establecido en el p�rrafo I.1 de este memor�ndum.  

4-          El funcionario encargado de la revisi�n firmar� y fechar� cada declaraci�n que revise.  

5-       Al recibir una solicitud de referencia al Comit� de Etica en virtud de los p�rrafos I.1, 1.2, 1.3 � 1.4 de este memor�ndum, el Director del DSRH referir� prontamente el caso al Comit� de Etica para su consideraci�n.  

6.       Cuando el Comit� de Etica reciba la referencia del Director del DSRH, considerar� el caso y presentar� sus recomendaciones al Secretario General de acuerdo con el Reglamento de dicho Comit�.  

II.            REVOCACION O ENMIENDAS. El presente memor�ndum reemplaza todos los procedimientos y pr�cticas de la Secretar�a General que puedan opon�rseles.  

III.           VIGENCIA.  El presente memor�ndum administrativo entrar� en vigencia en la fecha de su firma.

 

James R. Harding
Subsecretario de Administraci�n

 

Fecha: 24 de febrero de 2000
Original: ingl�s