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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

MEMORANDUM ADMINISTRATIVO NO. 68
ASUNTO:
UTILIZACION DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DE LA SECRETARIA GENERAL

 

I. DECISION

Las disposiciones siguientes, por decisi�n del Secretario General, surtir�n efecto en la fecha del presente Memorando.

La Comisi�n para Uso de los Edificios, establecida por el Secretario General en la Reglamentaci�n Administrativa No. 17, ser� responsable de examinar las solicitudes de uso de los edificios e instalaciones de la Secretar�a General y de formular recomendaciones al Secretario General, de conformidad con las normas y procedimientos descritos a continuaci�n. La Comisi�n estar� integrada por:

a. el Subsecretario de Administraci�n, que la presidir�;

b. el Asesor del Secretario General; y

c. el Jefe de Protocolo que, actuar� como Secretario.

II. NORMAS

1. Uso de los edificios

a. El Edificio de la Organizaci�n de los Estados Americanos y los dem�s edificios de la Secretar�a General se destinan al uso oficial de la misma, y para fines compatibles con los de la Organizaci�n. Por consiguiente, esos edificios se utilizar�n principalmente para las actividades oficiales de la Secretar�a General y otros �rganos de la Organizaci�n, y para la celebraci�n de las reuniones o actos sociales de esos �rganos y de las Misiones Permanentes y Delegaciones de los Estados Miembros.

b. El uso del Sal�n del Consejo Permanente est� reservado a �ste y a los dos consejos t�cnicos. Si otros �rganos, Misiones o Delegaciones solicitan utilizar ese sal�n, el Secretario de la Comisi�n para Uso de los Edificios, a que se refiere el p�rrafo I, consultar� al Presidente del Consejo Permanente, por conducto del Director de la Oficina de la Secretar�a de la Asamblea General, antes de que la Comisi�n formule sus recomendaciones.

c. Podr� autorizarse el uso de edificios a instalaciones a otros organismos o entidades interamericanas oficiales, tales como organismos o entidades no gubernamentales con los que la Secretar�a General haya concertado acuerdos de cooperaci�n.

d. Podr� tambi�n autorizarse el uso de los edificios e instalaciones de la Organizaci�n de los Estados Americanos cuando las Misiones Permanentes o Delegaciones patrocinen actos sociales o culturales conjuntamente con agrupaciones o entidades ajenas a la Organizaci�n, sin fines de lucro.

e. Igualmente, podr� autorizarse el uso de los edificios e instalaciones de la Organizaci�n a otros organismos, entidades, agrupaciones cuyas metas y objetivos sean an�logos a los de la OEA.

2. Condiciones que rigen el uso de los edificios e instalaciones

Se aplicar�n las condiciones siguientes para el uso de los edificios e instalaciones de la Secretar�a General. Las condiciones figurar�n en el "Acuerdo para Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA", Formulario No. 582 de la OEA (Anexo 1).

a. Los programas o funciones en los edificios de la Organizaci�n de los Estados Americanos, o cualesquiera otra instalaci�n de la Organizaci�n, no ser�n pol�ticos, ni tendr�n un car�cter o fin an�logo.

b. En los edificios de la Organizaci�n no se permitir�n transacciones financieras. No se cargar� cuota de admisi�n alguna por la entrada a las instalaciones. Est� prohibida en las instalaciones toda promoci�n comercial, la venta de alimentos y licores (bares para venta al contado, etc.), y la venta o rifa de art�culos de cualquier naturaleza.

c. No se fijar�n en las instalaciones carteles ni otro material ni se har�n alteraciones en ellas sin la autorizaci�n previa del Director de la Oficina de Contrataciones.

d. Cuando se ofrezcan alimentos y licores, deber� servirlos una empresa de "catering" licenciada que coordinar� con el Jefe de la Unidad de Mantenimiento de Edificios la hora de llegada, la entrada para la entrega de los alimentos y equipo, y la evacuaci�n de los desechos de las instalaciones una vez concluido el programa. Todo el equipo de "catering" ser� entregado e instalado el d�a en que se vaya a celebrar el acto, y deber� retirarse del edificio a m�s tardar el d�a posterior al acto.

e. Ning�n programa continuar� m�s all� de la media noche en los d�as laborables y de la 1 A.M. en los fines de semana y d�as festivos legales observados en Washington, D.C.

f. Los agentes autorizados de la Secretar�a General tendr�n derecho a entrar en todo momento en las zonas que se est�n utilizando, a fin de realizar las reparaciones o alteraciones necesarias, o para cerciorarse de si el usuario cumple con los t�rminos del "Acuerdo para Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA", Formulario No. 582 de la OEA.

g. El usuario ser� directamente responsable de todas las instalaciones proporcionadas por la Secretar�a General y responder de ellas. El usuario acepta toda y cualquier responsabilidad resultante de lesiones personales ocasionadas al usuario u otras personas que utilicen las instalaciones; y de cualesquiera y todos los da�os o p�rdida de propiedad para la Secretar�a General ocurridos durante el uso de las instalaciones. El usuario tambi�n proporcionar� a la Secretar�a General un certificado de seguro adquirido por �l para protegerse tanto asimismo como a la Secretar�a General en las circunstancias arriba citadas y cumplir� con las disposiciones que se especifiquen en el "Acuerdo para Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA". El seguro proporcionado ser� satisfactorio para la Secretar�a General o la Comisi�n para Uso de Edificios pedir� disposiciones adicionales.

h. Se informar� a todos los organismos, entidades o agrupaciones que hayan solicitado y a los que se les haya concedido el uso de cualquier instalaci�n de la Organizaci�n de los Estados Americanos, que el a�o siguiente pasar�n a segunda prioridad en cuanto al uso del mismo. Esta situaci�n tambi�n es aplicable a cualquier afiliado a ese organismo, entidad o agrupaci�n.

i. Los cargos que se aplicar�n por el uso de las instalaciones ser�n calculados de acuerdo con las instalaciones solicitadas para el evento, sobre la base de la informaci�n proporcionada por el usuario. Si los cargos reales resultantes de la celebraci�n del evento exceden esta cifra, se presentar� una factura una vez se conozcan esos gastos.

j. En caso de una emergencia grave imprevisible (fuerza mayor), la Secretar�a General de la Organizaci�n de los Estados Americanos se reserva el derecho de cancelar el uso de los edificios, dando un aviso de 24 horas como m�nimo.

k. El usuario indemnizar� a la Organizaci�n y la eximir� de toda responsabilidad resultante del presente acuerdo.

III. PROCEDIMIENTOS

1. Peticiones de uso de las instalaciones

Las Misiones Permanentes y Delegaciones, as� como los organismos, entidades o agrupaciones interesados en utilizar parte de los edificios e instalaciones conforme al p�rrafo II, incluido el Patio y el Jard�n Azteca, presentar� una solicitud por escrito al Secretario General, en la que proporcionar�n la informaci�n pertinente relativa a los actos o reuniones que deseen auspiciar.

2. Aprobaci�n de las peticiones

a. El Secretario de la Comisi�n para Uso de los Edificios convocar� una reuni�n de la Comisi�n, cuando sea necesario, para estudiar las solicitudes pendientes.

b. Cada solicitud ser� examinada en base a las normas y procedimientos para el uso de los edificios, estipulados en el p�rrafo II del presente Memorando Administrativo, y se presentar� al Secretario General una recomendaci�n otorgando o denegando el uso de las instalaciones. La Comisi�n tambi�n determinar� las tarifas que se cargar�n de acuerdo con los "Cargos por el Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA", Formulario No. 583 de la OEA (Anexo 2). Est� cantidad ser� incluida en el "Acuerdo para Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA", secci�n 9, Formulario No. 582 de la OEA (Anexo 1).

c. El Secretario General emitir� una decisi�n en relaci�n con la solicitud tomando como base las recomendaciones de la Comisi�n, y su decisi�n final ser� transmitida al Secretario General de la Comisi�n para Uso de los Edificios.

d. El Secretario de la Comisi�n para Uso de los Edificios comunicar� por escrito a la parte solicitante la decisi�n final. "El Acuerdo para Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA", Formulario de la OEA No. 582, concluido, con los cargos estimados para el uso de las instalaciones, ser� enviado entonces a la parte solicitante para su firma.

3. Arreglos

El Jefe de Protocolo, al recibir una decisi�n favorable del Secretario General, har� los arreglos necesarios con:

a. La Misi�n o Delegaci�n solicitante o, cuando proceda con el organismo, agrupaci�n o entidad en cuesti�n.

b. La Oficina de Contrataciones, que recibir� copias tanto del "Acuerdo para Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA" como de los "Cargos por el Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA" a fin de hacer los preparativos necesarios con antelaci�n.

c. La Oficina de Servicios Financieros, que tambi�n recibir� copias de los formularios tanto del "Acuerdo" como de los "Cargos". La Oficina de Protocolo (o la oficina que patrocine el acto) deber� indicar en el formulario del "Acuerdo" (secci�n 8) la cuenta presupuestaria a la que se cargar�n los actos costeados por la OEA. Para actos no perteneciente a la OEA, el usuario deber� pagar los gastos en su totalidad, con antelaci�n a la celebraci�n del acto, a la Oficina de Servicios Financieros, Organizaci�n de los Estados Americanos, Washington, D.C. 20006. La Oficina de Servicios Financieros, al recibir el pago, informar� inmediatamente al efecto a la Oficina de Protocolo.

4. Cargos por el Uso de los Edificios e Instalaciones

a. En los casos estipulados en las secciones a y b del p�rrafo II.1, no se aplicar�n cargos a los �rganos de la Secretar�a General y a las Misiones Permanentes y Delegaciones de los pa�ses miembros. En los casos estipulados en las secciones c, d y e del p�rrafo II.1, se cargar�n al organismo, entidad o agrupaci�n afectada los gastos contra�dos por concepto de servicios de personal, equipo (incluida la depreciaci�n), seguridad, limpieza, alumbrado, etc., de acuerdo con los "cargos por el Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA".

b. En el "Acuerdo para Uso de los Edificios e Instalaciones de la OEA" se comunicar�n los cargos totales estimados. En caso de que los cargos reales resultantes del acto excedan esa cifra, se presentar� una factura una vez conocidos los gastos.

c. El formulario de "Cargos" ser� examinado cada seis meses (1 de enero, 1 de Julio) por la Comisi�n para Uso de los Edificios y ser� actualizado, si procede, para que responda a los gastos reales de operaci�n.

d. Si surge una circunstancia inusitada o especial en torno a la cuesti�n de eximir los gastos prescritos por redundar ellos incuestionablemente en inter�s general de la Organizaci�n, la decisi�n competir� a la Comisi�n para Uso de los Edificios, la cual presentar� una recomendaci�n al Secretario General.

IV. CANCELACION O ENMIENDA DE DECISIONES PREVIAS

Las normas y procedimientos de este Memorando Administrativo sustituyen a la Reglamentaci�n Administrativa No. 17, Rev. 4, y todas las dem�s directrices y disposiciones emitidas previamente sobre el uso de los edificios e instalaciones de la OEA.

El presente Memorando Administrativo surte efecto el 29 de octubre de 1980.

 

POR EL SECRETARIO GENERAL

 

 Subsecretario de Administraci�n

 

 

Fecha: 29 de octubre de 1980
Original: Ingl�s