![]() |
S E C R E T A R I A G E N E R A L |
| MEMORANDUM ADMINISTRATIVO NO.
52 ASUNTO: SERVICIOS DE FUNCIONARIOS DE TURNO |
| 1.
A partir del 17 de mayo de 1976 queda constituido el cargo de
Funcionario de Turno de la Secretaría General, que será desempeñado por
altos funcionarios por períodos de una semana. 2. El Funcionario de Turno deberá mantenerse informado de las
actividades de la Secretaría que se realicen fuera del horario normal de
trabajo, desde las 6:30 p.m. del lunes hasta las 8:00 a.m. del lunes
siguiente. Sus deberes principales serán: a.
Recibir todas las llamadas urgentes que le transfiera el servicio
telefónico central y comunicarse con el funcionario competente para que
se tomen las medidas requeridas. Si la llamada se relaciona con una
Subsecretaría, establecerá contacto con su Funcionario Ejecutivo. b.
Enterarse de los mensajes recibidos fuera del horario normal de
trabajo por el Centro de Telecomunicaciones. A tales efectos llamará al
Guardia de Seguridad al teléfono 381-8150. c.
Si se le transmite una llamada urgente que a su juicio tenga que
ver con la seguridad, notificará inmediatamente el caso al Director de la
Oficina de Servicios de Comunicaciones y Seguridad (fuera de horario le
llamará por teléfono a su casa). Si no puede comunicarse con él, llamará
al Jefe de Seguridad, a su residencia, o al Guardia de Seguridad, teléfono
381-8150 (Edificio de Administración) o 381-8414 (Edificio
Principal). 3. Al Funcionario de Turno se le proporcionará una lista de los
funcionarios principales de la Secretaría General con los números telefónicos
de sus residencias y de los Directores de las Oficinas de la OEA en los
Estados miembros. 4.
La Oficina de Servicios de Comunicaciones y Seguridad publicará
una nómina de Funcionarios de Turno con las fechas en que asumirán sus
funciones. La nómina será seleccionada de una lista de funcionarios D2,
D1 y P5 (salvo funcionarios ejecutivos) aprobada por el Secretario
General. 5.
A todos los guardias de seguridad que estén de turno se les
notificará el nombre del Funcionario de la semana y el número del teléfono
de su residencia. 6.
El Subsecretario de Administración proveerá los servicios
auxiliares que requiera el Funcionario de Turno. 7.
El presente Memorándum Administrativo deroga toda orden anterior
que pueda estar en conflicto con él. ORDEN EJECUTIVA 69-7
Las disposiciones de la Orden Ejecutiva 69-7 quedan derogadas
por el Memorándum Administrativo No. 52 del 7 de mayo de 1976. Alejandro Orfila Secretario
General 7 de mayo de 1976. |