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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

MEMORANDUM ADMINISTRATIVO NO. 45
ASUNTO:
ESTRUCTURA DE LA SUBSECRETARIA DE COOPERACION 
PARA EL DESARROLLO

 

9 de diciembre de 1975

En desarrollo de la Orden Ejecutiva 75-15, por el presente Memorando Administrativo se dispone que la Subsecretar�a de Cooperaci�n para el Desarrollo tendr� La siguiente estructura:

1.  Oficina del Subsecretario

 Ser�n funciones principales de la Oficina del Subsecretario:

a.  Asegurar el cumplimiento de los objetivos, funciones y actividades de la Subsecretar�a, seg�n han sido determinados por la Orden Ejecutiva 75-15 y otras disposiciones pertinen�tes en vigencia.

b.    Asesorar al Secretario General en los asuntos relativos a la cooperaci�n para el desarrollo que requieran los Estados miembros y que proporcione o promueva la Organizaci�n y reco�mendar normas y procedimientos para las actividades de cooperaci�n para el desarrollo que lleve a cabo la Secretar�a General.

c.       Establecer pol�ticas generales para la Subsecretar�a, proponer niveles presupuestarios y tomar las medidas necesarias para asegurar la integraci�n de las actividades bajo su responsabilidad. Planificar, dirigir, coordinar y supervisar dichas actividades y dictar medidas internas a tal efecto.

d.       Siguiendo los canales apropiados, mantener relaci�n con los Consejos de la Organizaci�n y sus Comisiones Ejecutivas Permanentes, en lo que respecta a actividades de cooperaci�n t�cnica para el desarrollo.

e.       En nombre del Secretario General, realizar negociaciones con gobiernos y organismos internacionales en lo que respecta a los Programas Nacionales de Cooperaci�n T�cnica y otras que le encomiende el Secretario General.

f.        Cumplir cualquier otra funci�n que le encomiende el Secretario General.

Como parte integrante de la Oficina del Subsecretario, y de acuerdo con la Orden Ejecutiva No. 75-4, el Oficial Ejecutivo asesorar� al Subsecretario y colaborar� con �l en el desempe�o de sus tareas, actuar� como su representante en todas las funciones que le encomiende y desempe�ar� sus funciones durante su ausencia, a fin de permitir el continuo ejercicio de la facultad de decisi�n al nivel de la Oficina del Subsecretario.

Dependiendo directamente de la Oficina del Subsecretario existir� la Divisi�n de Coordinaci�n e Informaci�n, cuya funci�n ser� proveer el apoyo directo necesario al Subsecretario y al Oficial Ejecutivo en el cumplimiento de sus obligaciones. Consecuentemente, la Divisi�n llevar� a cabo:

a)       la coordinaci�n de las actividades internas de la Subsecretar�a, as� como de sus relaciones con las dem�s �reas de la Secretar�a General;

b)       la preparaci�n del proyecto de presupuesto de la Subsecretar�a y la supervisi�n de su cumplimiento de acuerdo con las pol�ticas de la Subsecretar�a de Cooperaci�n para el Desarrollo;

c)       la revisi�n y coordinaci�n de las publicaciones y la informaci�n sobre servicios directos que provea la Subsecretar�a; y

d)       el apoyo a la funci�n de planificaci�n y direcci�n de la Oficina del Subsecretario.

2.  Oficina de An�lisis y Evaluaci�n de Programas de cooperaci�n para el Desarrollo.

Esta Oficina ser� responsable por las siguientes funciones principales:

a.       Brindar asesoramiento a los Organos Nacionales de Enlace que as� lo soliciten, tanto en la preparaci�n de su Programa Nacional de Cooperaci�n T�cnica como en el mejoramiento de su organizaci�n institucional en lo que se refiere a problemas de cooperaci�n t�cnica externa.

b.       Atender las diversas actividades de an�lisis, recomendaci�n y evaluaci�n correspondientes a los Programas Nacionales de Cooperaci�n T�cnica.

c.       Preparar el cap�tulo correspondiente a la cooperaci�n t�cnica externa de los Estudios por Pa�s.

d.       Contribuir a la programaci�n presupuestaria con el an�lisis de la demanda satisfecha e insatisfecha y otros insumos resultantes del ejercicio de sus funciones.

e.       Identificar las fuentes apropiadas de cooperaci�n y coordinar la satisfacci�n de las consultas de asesoramiento de alto nivel que sobre problemas especiales del desarrollo puedan traer los gobiernos a la Secretar�a General.

3.   Oficina de Operaciones de Servicios Directos.

Las funciones principales de esta Oficina ser�n las siguientes:

a.       Proporcionar el apoyo operacional necesario a los servicios directos aprobados.

b.       Llevar a cabo la verificaci�n global de los servicios de cooperaci�n t�cnica que se proveen a los Estados miembros.

c.       Mantener un servicio de informaci�n permanente sobre el estado de ejecuci�n de los proyectos y en general de las actividades de cooperaci�n para el desarrollo que realice la Organizaci�n.

d.       Realizar todas las labores de apoyo relacionadas con la tramitaci�n, selecci�n y concesi�n de becas, as� como con los cursos y dem�s oportunidades de adiestramiento que ofrece la Secretar�a General.

e.       Mantener al d�a la informaci�n sobre becarios y ex-becarios de la Organizaci�n.

f.        Prestar servicios especializados al Fondo Rowe.

4.   Oficina de Cooperaci�n Internacional.

Ser�n funciones de esta Oficina:

a.       Gestionar con los Gobiernos de los Estados no miembros su participaci�n en proyectos de cooperaci�n para el desarrollo, a fin de que contribuyan con servicios y/o recursos adicionales a los del Programa-Presupuesto de la Organizaci�n.

b.       Negociar con instituciones no gubernamentales su colaboraci�n en proyectos de cooperaci�n para el desarrollo que realice la Organizaci�n.

c.       Promover formas de colaboraci�n en el campo de la cooperaci�n para el desarrollo entre los Estados miembros, identifi�cando posibilidades en este terreno, ofreciendo planes de acci�n para la decisi�n de los gobiernos correspondientes y colaborando en la organizaci�n y ejecuci�n de esas actividades.

d.       Gestionar, con instituciones que prestan cooperaci�n internacional, el establecimiento de un programa de becas-pr�stamo.

e.       Promover y coordinar las actividades de la Secretar�a General con otros organismos internacionales.

5.  Oficina de Coordinaci�n y Apoyo de Oficinas Fuera de la Sede.

Esta Oficina estar� encargada de coordinar y supervisar las actividades de las Oficinas Fuera de la Sede (en los Estados miembros y en Europa), de acuerdo con el Anexo a la Orden Ejecutiva No. 75-15, "Funciones y Actividades de las Oficinas de la Secretar�a General de la OEA Fuera de la Sede".

6.  Oficina de Asuntos de la Juventud.

Las funciones definitivas de esta Oficina ser�n las que determine el Secretario General de acuerdo con la decisi�n que adopte el Consejo Permanente en cumplimiento de la Resoluci�n 97 de la Asamblea General.

7.       Las subdivisiones funcionales de las Oficinas arriba mencionadas, as� como la correspondiente distribuci�n del personal de la Subsecretar�a a los efectos de cumplir m�s eficazmente con lo dispuesto en la Orden Ejecutiva No. 75-15, ser�n determinadas de inmediato por el Subsecretario de Cooperaci�n para el Desarrollo.