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EL SECRETARIO GENERAL,
En ejercicio de las
facultades que le confieren los artículos 108 y 112 de la Carta y los artículos 4, 8 y
12 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General, y
CONSIDERANDO:
Que la resolución
AG/RES. 1 (XX-E/94), "Marco de Política General y Prioridades de la Cooperación
Solidaria para el Desarrollo", adoptada en el vigésimo período extraordinario de
sesiones de la Asamblea General, establece entre las prioridades de la Organización la
preservación, el enriquecimiento y la difusión de la identidad cultural y lingüística
para lograr el objetivo de la cooperación solidaria para el desarrollo;
Que, mediante el
Protocolo de Managua de reformas a la Carta, los Estados miembros se han comprometido a
dar apoyo, entre otras, a las actividades del área cultural, a efectos de realizar sus
diversos fines en materia de la cooperación solidaria para el desarrollo integral;
Que en el Plan de
Acción adoptado en la Cumbre de las Américas, celebrada en Miami en diciembre de 1994,
se afirma que el desarrollo cultural es un componente fundamental e integral del
desarrollo de las Américas y tiene la capacidad intrínseca de enriquecer a las
sociedades del Continente y generar un mayor entendimiento entre los países;
Que en el VIII Foro de
Ministros y Responsables de Políticas Culturales de América Latina y el Caribe,
celebrado en Managua, Nicaragua en marzo de 1996, los países reconocieron el necesario
esfuerzo que debe realizarse para continuar en los procesos de integración cultural de
América latina y el Caribe; para entender la democracia como cultura; para hacer que los
valores culturales y democráticos animen la convivencia de nuestros pueblos, y para
promover la comunicación en la cultura;
Que en su vigésimo
sexto período ordinario de sesiones, celebrado en Panamá, la Asamblea General por
resolución AG/RES.1434 (XXVI-0/96) reafirmó la importancia de la cultura para el
desarrollo integral de los Estados miembros y la necesidad de que la OEA fortalezca y
enriquezca el Programa Interamericano de Cultura, y
Que el Consejo
Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), en su segunda reunión ordinaria
celebrada en México, aprobó el Plan Estratégico de Cooperación Solidaria 1997-2001, el
cual incluye el desarrollo cultural entre las prioridades de la Organización; y por
resolución contenida en el documento CIDI doc.30/97 rev. 2, reafirmó el compromiso de
los Estados miembros de elaborar y adoptar un nuevo Programa Interamericano de Cultura,
RESUELVE:
I. CREACIÓN DE LA OFICINA DE ASUNTOS
CULTURALES Y ELIMINACIÓN DEL DEPARTAMENTO
DE ASUNTOS CULTURALES
1. Se crea la Oficina de Asuntos Culturales como una
dependencia de la Oficina del Secretario General.
2. El Departamento de Asuntos Culturales, actualmente
dependiente de la Secretaría Ejecutiva del CIDI, es por este medio eliminado.
II. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE
LA OFICINA DE ASUNTOS CULTURALES
La Oficina de Asuntos Culturales tendrá las siguientes
funciones y responsabilidades:
1. Fomentar el dialogo regional y hemisférico en torno a
los problemas más relevantes vinculados con la protección y promoción de los valores
culturales de las Américas y el respeto a la diversidad cultural.
2. Prestar apoyo técnico y administrativo en materia de
su competencia a foros interamericanos para el diseño, formulación, desarrollo, y
armonización de políticas culturales y la identificación de acciones y programas para
coadyuvar a fortalecer la labor de los gobiernos en el área, y, cuando proceda, colaborar
activamente en reuniones internacionales de alto nivel.
3. Diseñar y formular políticas sobre la temática
cultural en el ámbito interamericano. Prestar apoyo técnico y colaborar con los Estados
miembros, en la formulación de políticas nacionales que tengan como objetivo el
mejoramiento de los medios y mecanismos para fomentar el desarrollo cultural integral en
la región.
4. Diseñar, identificar y llevar a cabo proyectos y
actividades piloto en áreas estratégicas de acción.
5. Apoyar las tareas de protección, conservación,
incremento, inventario y difusión del patrimonio arqueológico, histórico, artístico y
de interés científico que se llevan a cabo en el Hemisferio.
6. Promover el intercambio cultural permanente entre
instituciones publicas, las no gubernamentales, universidades, expertos, investigadores y
administradores de la temática cultural de los Estados miembros, fomentando y coordinando
encuentros regionales e internacionales, seminarios y conferencias, que permitan comparar
experiencias e intercambiar resultados.
7. Promover, apoyar y participar en la formación y
capacitación de funcionarios de instituciones gubernamentales y entidades no
gubernamentales, responsables de programas y lideres de base, a todos los niveles
(municipal, provincial, estatal, regional, nacional y hemisférico), ya sea a través de
seminarios, cursos, pasantías o mediante la cooperación horizontal.
8. Fomentar y apoyar la creación de bancos de datos y
redes de información que permitan examinar el estado y la evolución del desarrollo
cultural en los países de la región y el desarrollo de estudios y análisis sobre
aspectos de interés. Promover el establecimiento o, en su caso, fortalecimiento de
sistemas de información en los Estados miembros. Facilitar e incrementar el intercambio
de información sobre aspectos culturales, mediante el uso de diversas tecnologías,
incluyendo los medios electrónicos de difusión.
9. Identificar y promover políticas, metodologías y
acciones estratégicas efectivas para fomentar la cooperación horizontal solidaria, y la
promoción de una estrecha colaboración por parte de los países observadores permanentes
ante la Organización.
10. Colaborar estrechamente con los órganos
correspondientes de las Naciones Unidas, tales como la UNESCO; los organismos
interamericanos; entidades nacionales, regionales e internacionales; la banca
multilateral; organizaciones de la sociedad civil, y el sector privado, en la
programación y ejecución de programas, proyectos y actividades, y buscar fuentes
alternas de financiamiento, tales como corporaciones nacionales y multinacionales y
fundaciones privadas.
11. Promover mayor conocimiento de la contribución de
artistas de América en campos como la música, la danza, la literatura y el cine, y a
este efecto servir de enlace entre los creadores de la cultura y las instituciones que se
ocupan de su comunicación y difusión. Apoyar las actividades de formación y
perfeccionamiento artísticos y procurar el mejoramiento de la calidad de la educación
artística mediante la difusión de experiencias que puedan servir de modelo.
12. Desarrollar y administrar un programa de
publicaciones cuyo propósito es promover, difundir y enriquecer el acervo cultural de la
Américas.
13. Administrar y coordinar el programa de otorgamiento
de premios, el Premio Interamericano de Cultura Gabriela Mistral, el Premio Beca de
Investigación Marcus Garvey, y otros afines que puedan ser instituidos en el futuro para
reconocer los logros de personalidades e instituciones, incluyendo entre ellas, artistas,
investigadores, educadores y artesanos del Hemisferio.
14. Prestar apoyo y asesoría técnica al Consejo
Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI) y su Comisión Ejecutiva Permanente,
así como a la Asamblea General, el Consejo Permanente, y los organismos y entidades de la
Organización, en temas de su competencia.
15. Colaborar con la Secretaría Ejecutiva del CIDI en la
identificación, formulación, diseño y evaluación de programas interamericanos de
cooperación solidaria en materia de desarrollo cultural, así como en la evaluación de
proyectos derivados de dichos programas. Colaborar, asimismo, con las demás áreas de la
Secretaría General que promueven el desarrollo cultural.
16. Llevar a cabo las tareas de carácter especifico que
el Secretario General asigne a la Oficina, a fin de contribuir al cumplimiento de las
responsabilidades que los Estados miembros le encomienden a la Organización en el campo
del desarrollo cultural integral.
III. ESTRUCTURA BÁSICA DE LA OFICINA
1. La Oficina es una dependencia de la Oficina del
Secretario General. El jefe de la Oficina es su Director, quien es directamente
responsable ante el Jefe de Gabinete del Secretario General.
2. El Director administra, coordina y tiene la
responsabilidad técnica por el resultado del trabajo realizado por la Oficina y su
personal. El Director es responsable de establecer, de conformidad con las normas
aplicables en relación al personal, programa-presupuesto y asuntos vinculados, una
estructura interna que le permita a la Oficina funcionar en forma responsable y adecuada
para cumplir con sus responsabilidades y mandatos.
IV. TRANSICIÓN
1. Los miembros del personal del antiguo Departamento de
Asuntos Culturales que no hayan sido transferidos a otras áreas son por este medio
transferidos a la Oficina de Asuntos Culturales.
2. La Oficina es responsable de los actuales programas,
proyectos y actividades anteriormente administrados por el antiguo Departamento de Asuntos
Culturales.
3. Cualquier controversia en relación con el área de
competencia de la Oficina con otras dependencias de la Secretaría General será resuelta
en forma definitiva por el Secretario General.
V. ENMIENDAS Y DEROGACIONES
La presente Orden Ejecutiva deroga y reemplaza toda
disposición, reglamentación y practica de la Secretaría General en contrario.
VI. VIGENCIA
La presente Orden Ejecutiva entrará en vigor a partir de
la fecha de su firma.

Fecha: 30 de abril de 1997
Original: Español
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