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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

ORDEN EJECUTIVA No. 96-7
ASUNTO: UNIDAD INTERSECTORIAL DE TURISMO

 

EL SECRETARIO GENERAL,

    En ejercicio de las facultades que le confieren los art�culos 108 y 112 de la Carta y los art�culos 4, 8 y 12 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretar�a General de la Organizaci�n de los Estados Americanos; y

CONSIDERANDO:

    Que mediante la resoluci�n AG/RES. 1 (XX-E/94) la Asamblea General adopt� el desarrollo sostenible del turismo como una de las prioridades de cooperaci�n del sistema de la OEA y del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI);

    Que en el Plan de Acci�n de la Cumbre de las Am�ricas celebrada en Miami en 1994, los Jefes de Estado y de Gobierno acordaron emprender iniciativas para estimular el turismo en el Hemisferio;

    Que en la Declaraci�n de Montrouis (AG/DEC. 8 (XXV-0/95)) la Asamblea General decidi� apoyar y fomentar la cooperaci�n t�cnica de la OEA en materias relacionadas con el desarrollo del turismo;

    Que los Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros del Caribe y de Am�rica Central han reconocido, en reuniones regionales recientes, que el fortalecimiento del turismo constituye una prioridad para el desarrollo econ�mico de esas regiones; y

    Que en su vig�simo sexto per�odo ordinario de sesiones la Asamblea General resolvi� apoyar la propuesta del Secretario General de establecer una Unidad Intersectorial de Turismo y aprob� financiamiento para dicha Unidad en el segundo a�o del bienio 1996-97,

RESUELVE:

I. CREACI�N DE LA UNIDAD INTERSECTORIAL DE TURISMO

1. Se crea la Unidad Intersectorial de Turismo (la Unidad) como dependencia de la Oficina del Secretario General y principal entidad, en el �mbito de la Secretar�a General, encargada de asuntos relacionados directamente con el turismo y su desarrollo en el Hemisferio.

II. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LA UNIDAD INTERSECTORIAL DE TURISMO

La Unidad Intersectorial de Turismo tendr� las siguientes funciones y responsabilidades:

1. Brindar apoyo t�cnico y administrativo a los Congresos Interamericanos de Turismo, el principal foro para la formulaci�n de la pol�tica de turismo hemisf�rica, mediante (a) la asistencia para definir los principales problemas tur�sticos colectivos; (b) la formulaci�n de soluciones para esos problemas; (c) el an�lisis de sus consecuencias pol�ticas, econ�micas y sociales; (d) la identificaci�n de opciones novedosas de pol�ticas que hayan sido ensayadas y probadas en otras partes del mundo y la facilitaci�n del acceso de los Estados miembros a ellas; y (e) la fijaci�n de prioridades para la acci�n.

2. Brindar apoyo t�cnico y administrativo en materia de desarrollo integral y sostenible del turismo a la Asamblea General, el Consejo Permanente, el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), la Comisi�n Ejecutiva Permanente del CIDI (CEPCIDI), otros �rganos, organismos y entidades de la Organizaci�n, y ejecutar sus mandatos en la forma que se requiera.

3. Brindar asesoramiento y apoyo t�cnico a otros sectores de la Secretar�a General dedicados a actividades que guarden relaci�n con el desarrollo integral y sostenible del turismo.

4. Brindar apoyo t�cnico y administrativo en la esfera de su competencia a conferencias, talleres y seminarios hemisf�ricos y subregionales.

5. Formular, evaluar y ejecutar proyectos selectivos de cooperaci�n t�cnica que sean compatibles con su idoneidad y sus recursos, y promover acuerdos pr�cticos para lograr una cooperaci�n m�s fruct�fera entre los sectores p�blico y privado.

6. Facilitar el intercambio de informaci�n relacionado con el desarrollo integral y sostenible del turismo en la regi�n, ofreciendo acceso a bases de datos y utilizando medios electr�nicos modernos para suplementar los sistemas de informaci�n tradicionales.

7. Llevar a cabo estudios y an�lisis de tendencias y perspectivas en el sector tur�stico, a fin de facilitar, una adaptaci�n m�s r�pida de las pol�ticas nacionales y la formulaci�n de respuestas creativas a los cambios r�pidos de la industria tur�stica, incluyendo medidas para facilitar el turismo, metodolog�as para medir las corrientes tur�sticas, efectos ambientales del turismo, etc.

8. Colaborar y cooperar con otras organizaciones internacionales, organizaciones de turismo subregionales, regionales e internacionales, y organizaciones no gubernamentales que trabajen en su esfera de competencia y con el sector privado.

9. Toda vez que un proyecto o programa t�cnico concentrado primordialmente en el �rea de una de las unidades u oficinas de la Secretar�a General (la "primera unidad") incluya un componente relacionado con el �rea de otra unidad especializada en la materia de dicho componente (la "segunda unidad"), la responsabilidad de la ejecuci�n de dicho componente recaer� en la segunda unidad, en coordinaci�n con la primera unidad.

III. ESTRUCTURA B�SICA DE LA UNIDAD

1. La Unidad es una dependencia de la Oficina del Secretario General. El jefe de la Unidad es su Director, que es directamente responsable ante el Jefe de Gabinete del Secretario General.

2. El Director administra, coordina y tiene la responsabilidad t�cnica por el trabajo realizado por la Unidad y el personal asignado a ella. El Director es responsable de establecer, de conformidad con las normas vigentes en materia de personal, programa-presupuesto y asuntos conexos, una estructura interna que le permita a la Unidad funcionar en, forma responsable y adecuada para cumplir con sus responsabilidades y mandatos.

IV. TRANSICI�N Y COORDINACI�N CON LA UNIDAD DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE

1. Los funcionarios del antiguo Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente que no hayan sido asignados a la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente o a otras dependencias de la Secretar�a General son por este medio transferidos a la Unidad Intersectorial de Turismo.

2. La Unidad de Turismo se har� cargo de todos los programas, proyectos y componentes de proyectos en curso, que guarden relaci�n directa con el turismo y hasta el presente fueron responsabilidad del Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente. A estos efectos, el concepto de turismo incluye las actividades cuya viabilidad o justificaci�n depende del turismo nacional o extranjero.

3. La Unidad cooperara y coordinara sus actividades con la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente.

4. Por este medio se transfieren a la Unidad de Turismo los fondos asignados al Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente en el programa-presupuesto 1996 relacionados con todo el personal y dem�s rubros transferidos a dicha Unidad conforme a los p�rrafos IV.1 y IV.2 que anteceden. Asimismo, todos los fondos asignados al Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente relacionados con contratos, acuerdos y/o memorandos de entendimiento con instituciones participantes, bajo los cuales el Departamento ha estado actuando como �rgano ejecutor de la Secretar�a General para actividades financiadas con fuentes externas, excepto aquellos fondos que, previa consulta con el Jefe de Gabinete del Secretario General, est�n destinados a financiar programas, proyectos y otros componentes de proyectos relacionados con el medio ambiente y otras actividades, son por este medio transferidos a la Unidad de Turismo.

5. Cualquier controversia respecto a la competencia de la Unidad Intersectorial de Turismo en relaci�n con otras dependencias de la Secretar�a General ser� resuelta en forma definitiva por el Secretario General.

V. ENMIENDAS Y DEROGACIONES

La presente Orden Ejecutiva deroga y reemplaza toda norma, reglamentaci�n y pr�ctica de la Secretar�a General en contrario.

VI. VIGENCIA

Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigor en la fecha de su firma.


Fecha: 28 de junio de 1996
Original: Ingl�s