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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

ORDEN EJECUTIVA No. 96-6
ASUNTO: UNIDAD DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE

 

EL SECRETARIO GENERAL,

    En ejercicio de las facultades que le confieren los art�culos 108 y 112 de la Carta de la OEA y los art�culos 4, 8 y 12 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretar�a General; y

CONSIDERANDO:

    Que mediante resoluci�n AG/RES. 1286 (XXIV-O/94), la Asamblea General solicit� al Consejo Permanente que "eval�e el Programa Interamericano de Acci�n para la Conservaci�n del Medio Ambiente y actualice sus actividades de conformidad con los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, con particular atenci�n a la ejecuci�n del Programa 21 y el Marco de Pol�tica General y Prioridades de la Cooperaci�n Solidaria para el Desarrollo";

    Que en la Declaraci�n de Montrouis (AG/DEC. 8 (XXV-O/95)), los Estados miembros de la OEA se comprometieron a respaldar los esfuerzos de la Organizaci�n para desarrollar la cooperaci�n hemisf�rica en favor de la conservaci�n del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales, seg�n los compromisos de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, particularmente el Programa 21; y

    Que en su vig�simo sexto per�odo ordinario de sesiones, la Asamblea General ratific� el mandato a la OEA de actuar como foro hemisf�rico para facilitar el di�logo y el an�lisis sobre desarrollo sostenible, acept� la propuesta del Secretario General de establecer una Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente en la Secretar�a General y aprob� su financiamiento en el programa-presupuesto para el segundo a�o del bienio 1996-97,

RESUELVE:

I. CREACI�N DE LA UNIDAD DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE Y
ABOLICI�N DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO REGIONAL Y MEDIO AMBIENTE

1. Se establece la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente (la "Unidad") como dependencia de la Oficina del Secretario General y como entidad principal de la Secretar�a General a cargo de los asuntos directamente relacionados con el desarrollo sostenible y el medio ambiente.

2. Se elimina el Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente, dependencia de la Secretar�a Ejecutiva del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral.

II. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE

La Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente tendr� las siguientes funciones y responsabilidades:

1. Prestar apoyo t�cnico y administrativo a la labor de la Organizaci�n para convertirse en el principal foro interamericano para la formulaci�n de pol�ticas de desarrollo sostenible y medio ambiente de la regi�n mediante: (a) asistencia en la identificaci�n de problemas ambientales colectivos; (b) formulaci�n de soluciones para dichos problemas; (e) an�lisis de sus consecuencias pol�ticas, econ�micas y sociales; y (d) propuestas de prioridades de acci�n preventiva y correctiva.

2. Prestar apoyo t�cnico y administrativo en materia de desarrollo sostenible y medio ambiente a la Asamblea General, el Consejo Permanente, el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), la Comisi�n Ejecutiva Permanente del CIDI (CEPCIDI), la Comisi�n Interamericana de Desarrollo Sostenible (CIDS) y otros �rganos de la Organizaci�n y llevar a cabo sus mandatos conforme se requiera.

3. Prestar apoyo t�cnico y administrativo en su �rea de competencia a conferencias hemisf�ricas y subregionales, a talleres y seminarios y a otros �rganos, organismos y entidades de la Organizaci�n.

4. Prestar asesorarniento y apoyo t�cnico a otros sectores de la Secretar�a General que trabajan en actividades relacionadas con el desarrollo sostenible y el medio ambiente, incluidos programas dirigidos al desarrollo y codificaci�n de la legislaci�n medioambiental, la transferencia de tecnolog�as ambientalmente sanas y la educaci�n ambiental.

5. Formular, evaluar y ejecutar proyectos de cooperaci�n t�cnica acordes con su experiencia y disponibilidad de fondos internos y externos o concentr�ndose en actividades de naturaleza multinacional, en las �reas en que la Organizaci�n tiene una ventaja comparativa. Estas �reas incluyen, entre otras, el desarrollo integrado de los recursos h�dricos, especialmente en las cuencas fluviales internacionales; el desarrollo sostenible de zonas fronterizas; el manejo de zonas costeras; la conservaci�n de la diversidad biol�gica; la gesti�n ambiental en corredores comerciales emergentes; la mitigaci�n de desastres naturales; y la valoraci�n econ�mica de los recursos naturales.

6. Facilitar el intercambio de informaci�n relacionada con el desarrollo sostenible y el medio ambiente en la regi�n, mediante el acceso a bases de datos y el uso de m�todos electr�nicos modernos para complementar los sistemas tradicionales de informaci�n.

7. Promover, colaborar y cooperar con otras organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales que act�an en su �rea de competencia tales como el Banco Mundial y sus organismos afines, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Secretar�a del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), la Organizaci�n Panamericana de la Salud, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Uni�n Europea.

8. Toda vez que un proyecto o programa t�cnico concentrado primordialmente en el �rea de una de las unidades u oficinas de la Secretar�a General (la "primera unidad") incluya un componente relacionado con el �rea de otra unidad especializada en la materia de dicho componente (la "segunda unidad"), la responsabilidad de la ejecuci�n de dicho componente recaer� en la segunda unidad, en coordinaci�n con la primera.

III. ESTRUCTURA B�SICA DE LA UNIDAD

1. La Unidad es una dependencia de la Oficina del Secretario General. El jefe de la Unidad es su Director, quien es directamente responsable ante el Jefe de Gabinete del Secretario General.

2. El Director administra, coordina y tiene la responsabilidad t�cnica por el trabajo realizado por la Unidad y el personal asignado a ella. El Director es responsable de establecer, de conformidad con las normas vigentes en Materia de personal, programa-presupuesto y asuntos conexos, una estructura interna que le permita a la Unidad funcionar en forma responsable y adecuada para cumplir con sus responsabilidades y mandatos.

IV. TRANSICI�N Y COORDINACI�N CON LA UNIDAD INTERSECTORIAL DE TURISMO

1. Los funcionarios del antiguo Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente que no han sido asignados a la Unidad de Intersectorial de Turismo (la "Unidad de Turismo") o a otras dependencias de la Secretar�a General se transfieren por este medio a la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente.

2. La Unidad tiene a su cargo todos los programas y proyectos que eran administrados anteriormente por el Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente, excepto aquellos proyectos, programas y componentes de proyectos directamente relacionados con el turismo, que se asignan a la Unidad de Turismo. Con este fin, el turismo incluye las actividades cuya viabilidad o justificaci�n depende del turismo extranjero o nacional.

3. La Unidad cooperar� y coordinar� sus actividades con la Unidad de Turismo.

4. Por este medio se transfieren a la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente los fondos asignados al Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente en el programa-presupuesto 1996 relacionados con todo el personal y dem�s rubros transferidos a dicha Unidad conforme a los p�rrafos IV. 1 y IV.2 que anteceden. Asimismo, todos los fondos asignados al Departamento de Desarrollo Regional y Medio Ambiente relacionados con contratos, acuerdos y/o memorandos de entendimiento con instituciones participantes, bajo los cuales el Departamento ha estado actuando como �rgano ejecutor de la Secretar�a General para actividades financiadas con fuentes externas, excepto aquellos fondos que, previa consulta con el Jefe de Gabinete del Secretario General, est�n destinados a financiar programas, proyectos y otros componentes de proyectos relacionados con el turismo y otras actividades, son por este medio transferidos a la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente.

5. Cualquier controversia respecto al �rea de competencia de la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente en relaci�n con otras dependencias de la Secretar�a General ser� resuelta en forma definitiva por el Secretario General.

V. ENMIENDAS Y DEROGACIONES

    La presente Orden Ejecutiva deroga y reemplaza toda norma, reglamentaci�n y pr�ctica de la Secretar�a General en contrario.

VI. VIGENCIA

Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigor en la fecha de su firma.

Fecha: 28 de junio de 1996
Original: ingl�s