EL SECRETARIO GENERAL,
En ejercicio de las
facultades que le confieren los art�culos 108 y 112 de la Carta y los art�culos 4, 8 y
12 de las Normas Generales para el funcionamiento de la Secretar�a General, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con la
Resoluci�n AG/RES. 415 (IX-O/79), el Consejo Permanente adopt� la Resoluci�n CP/RES.
309 (435/80), autorizando al Secretario General a establecer la Subsecretar�a de Asuntos
Jur�dicos;
Que, en cumplimiento
de dicha resoluci�n del Consejo Permanente, por Orden Ejecutiva No. 80-4 del 3 de octubre
de 1980, el Secretario General estableci� la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, que ha
estado regida, sucesivamente, por las Ordenes Ejecutivas No. 82-5 del 5 de noviembre de
1982 y No. 85-1 del 17 de enero de 1985;
Que es necesario
modificar la estructura org�nica y las funciones de la Subsecretar�a de Asuntos
Jur�dicos con el fin de que ella se dedique �nicamente al cumplimiento de las funciones
relacionadas con el desarrollo del derecho internacional p�blico y privado y con las
actividades de cooperaci�n y difusi�n jur�dica y judicial;
Que es conveniente
trasladar el Departamento de Servicios Jur�dicos Generales a la Oficina del Secretario
General para dedicarse �nicamente a los asuntos relativos al ordenamiento legal interno
de la Organizaci�n;
Que, para reafirmar su
independencia, es conveniente mantener la Secretar�a del Tribunal Administrativo en la
Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos,
RESUELVE:
La Subsecretar�a de
Asuntos Jur�dicos tendr� la estructura org�nica y las funciones establecidas en esta
Orden Ejecutiva.
I. ESTRUCTURA ORG�NICA
La Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos
se compone de las siguientes dependencias:
A. Oficina del Subsecretario de Asuntos
Jur�dicos
B. Departamento de Derecho Internacional
C. Departamento de Cooperaci�n y
Difusi�n Jur�dica
D. Secretar�a del Tribunal
Administrativo
II. FUNCIONES
A. OFICINA DEL SUBSECRETARIO
1. Contribuir al desarrollo y
codificaci�n del derecho internacional en todos sus campos en el �mbito interamericano
mediante recomendaciones, estudios y actividades jur�dicas.
2. Planificar, dirigir y coordinar las
actividades de la Subsecretar�a; establecer pol�ticas, procedimientos y normas para su
adecuado funcionamiento; ejecutar las actividades de car�cter administrativo y
presupuestario que demande el funcionamiento de la misma; efectuar el seguimiento de los
temas que requieran participaci�n de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, y promover
estudios e investigaciones jur�dicos.
3. Asegurar, en el �mbito de su
competencia, la prestaci�n de asesoramiento y servicios jur�dicos a la Asamblea General,
la Reuni�n de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, los Consejos y otros
�rganos, organismos y entidades de la Organizaci�n.
4. Asesorar, en las materias de su
competencia, al Secretario General y al Secretario General Adjunto.
Corrigendum
5. Dirigir y coordinar la cooperaci�n
jur�dica y judicial con los Estados miembros, organizaciones internacionales y otras
instituciones gubernamentales y no gubernamentales.
6. Promover, difundir e informar sobre
las actividades de la Organizaci�n relativas al desarrollo del derecho internacional en
el �mbito interamericano y, a este efecto, preparar los comunicados, declaraciones y
dem�s material de apoyo, en coordinaci�n con el Departamento de Informaci�n P�blica.
7. Establecer y coordinar las pol�ticas
relacionadas con las publicaciones de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, as� como
con la informaci�n sobre tratados y las obligaciones de la Organizaci�n como depositaria
de los tratados y acuerdos Interamericanos.
8. Dirigir y coordinar las actividades
del Departamento de Derecho Internacional y del Departamento de Cooperaci�n y Difusi�n
Jur�dica.
9. Dirigir y coordinar las actividades de
la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos con relaci�n al Comit� Jur�dico Interamericano.
10. Apoyar y supervisar
administrativamente a los Departamentos del �rea y a la Secretar�a del Tribunal
Administrativo.
11. Coordinar las relaciones de la
Subsecretar�a con las dem�s dependencias de la Secretar�a General.
12. Las dem�s que le asigne el
Secretario General.
B. DEPARTAMENTO DE DERECHO INTERNACIONAL
1. Prestar asesor�a y servicios
jur�dicos, en el �mbito de su competencia, a la Asamblea General, la Reuni�n de
Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores, los Consejos y otros �rganos, organismos
y entidades de la Organizaci�n en el campo del derecho internacional p�blico y privado,
as� como en lo relativo a los aspectos estatutarios y reglamentarios que rigen el
funcionamiento de tales �rganos. Elaborar los estudios, informes y otros documentos que
le soliciten dichos �rganos.
2. Cumplir las funciones de Secretar�a
del Comit� Jur�dico Interamericano y, a estos efectos, preparar estudios y documentos
para el desarrollo de su programa de trabajo y brindarle el soporte administrativo
necesario.
3. Proporcionar asesor�a a las
Conferencias Especializadas Interamericanas destinadas a tratar asuntos t�cnicos de
car�cter jur�dico en el campo del derecho internacional p�blico y privado.
4. Elaborar o coordinar estudios e
investigaciones sobre temas de especial inter�s para el desarrollo y la codificaci�n del
derecho internacional p�blico y privado.
5. Apoyar, mediante estudios y
documentos, las actividades destinadas a la unificaci�n y armonizaci�n de las
legislaciones de los Estados miembros de la Organizaci�n en el campo del derecho p�blico
y privado, incluyendo los aspectos jur�dicos de la integraci�n econ�mica en el �mbito
regional.
6. Fortalecer, en el �mbito de su
competencia, las relaciones y el intercambio de informaci�n con las secretar�as de los
organismos internacionales de car�cter jur�dico o que desarrollen actividades en este
campo, as� como con otras instituciones de inter�s para la Organizaci�n.
7. Cumplir la funci�n de depositaria de
tratados multilaterales interamericanos que la Carta de la Organizaci�n confiere a la
Secretar�a General.
8. Cumplir la funci�n de depositaria de
los acuerdos bilaterales celebrados por los �rganos de la OEA con los Estados americanos
o con otros organismos interamericanos o entidades nacionales de pa�ses miembros u
observadores, as� como respecto a los acuerdos firmados entre Estados miembros, de los
cuales la Secretar�a General haya sido designada depositaria.
9. Mantener y difundir una base
documental electr�nica de datos sobre los tratados interamericanos.
10. Proveer del contenido legal
program�tico a los proyectos y actividades de las �reas prioritarias y asistirlas en el
desarrollo de propuestas sobre convenciones o leyes "modelo", conforme sea
requerido.
11. Mantener, en el �mbito de su
competencia, un programa de capacitaci�n jur�dica para abogados de los Estados miembros,
a trav�s de pasant�as.
C. DEPARTAMENTO DE COOPERACI�N Y
DIFUSI�N JUR�DICA
1. Asesorar en todos los asuntos
relativos a la cooperaci�n y asistencia jur�dica que requieran los Estados miembros y
que acuerde o promueva la Organizaci�n.
2. Canalizar y coordinar la ejecuci�n de
las solicitudes de asesoramiento que puedan hacer los Estados miembros a la Secretar�a
General sobre asistencia jur�dica y judicial, realizando los estudios necesarios y
proporcionando los servicios especializados que dichas actividades requieran.
3. Impulsar y realizar, en el �mbito de
su competencia, programas y proyectos de cooperaci�n t�cnica en los diferentes aspectos
de la actividad jur�dica interamericana.
4. Organizar y coordinar reuniones
destinadas a desarrollar determinados aspectos de la cooperaci�n t�cnica en el campo
jur�dico y judicial.
5. Canalizar y coordinar los
ofrecimientos de cooperaci�n jur�dica que se reciban de Estados miembros, de Estados no
miembros de la Organizaci�n y de instituciones nacionales e internacionales, con el
objeto de ejecutar programas o proyectos conjuntos relacionados con distintos aspectos de
la actividad jur�dica interamericana.
6. Centralizar la informaci�n necesaria
para facilitar la ejecuci�n y el seguimiento de las actividades de cooperaci�n jur�dica
de la Organizaci�n.
7. Establecer y mantener, en el �mbito
de su competencia, relaciones de cooperaci�n con las Secretar�as de organismos
internacionales de car�cter jur�dico, as� como con otras instituciones de inter�s para
la Organizaci�n.
8. Proporcionar asistencia t�cnica, en
coordinaci�n con otras instituciones internacionales, a los programas nacionales o
regionales tendientes al perfeccionamiento de la administraci�n de justicia de los
Estados miembros de la Organizaci�n.
9. Promover, en coordinaci�n con otros
�rganos de la Organizaci�n y con instituciones gubernamentales o no gubernamentales, la
realizaci�n de cursos, encuentros o seminarios sobre temas jur�dicos de inter�s
hemisf�rico.
10. Difundir, mediante cualquier medio
apropiado, los estudios y dem�s trabajos producidos por el Comit� Jur�dico
Interamericano, las Conferencias Especializadas de car�cter jur�dico y la Subsecretar�a
de Asuntos Jur�dicos.
11. Publicar los estudios, informes y
dem�s trabajos producidos por el Comit� Jur�dico Interamericano, las Conferencias
Especializadas de car�cter jur�dico y la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos.
12. Mantener, en el �mbito de su
competencia, un programa de capacitaci�n jur�dica para abogados de los Estados miembros,
a trav�s de pasant�as.
13. Mantener la Biblioteca de la
Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, en coordinaci�n con la Biblioteca Col�n.
D. SECRETARIA DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
1. Prestar servicios permanentes de
secretar�a al Tribunal Administrativo de la Organizaci�n y realizar los tr�mites de
procedimiento relacionados con los recursos presentados ante el Tribunal.
2. Organizar y mantener los expedientes
respectivos durante la substanciaci�n de los recursos, hacer las notificaciones a las
partes y organizar las reuniones del Tribunal.
3. Prestar asesoramiento t�cnico al
Presidente y dem�s miembros del Tribunal.
4. Preparar el proyecto de Informe Anual
del Tribunal a la Asamblea General y dem�s estudios t�cnicos que solicite el Tribunal.
5. Mantener actualizada una base
electr�nica de datos de la jurisprudencia del Tribunal y publicar sus sentencias y
resoluciones, as� como mantener un �ndice actualizado de la jurisprudencia del mismo.
6. Desempe�ar, en la medida que el
cumplimiento normal de sus funciones lo permita, tareas especiales de naturaleza jur�dica
que no se encuentren en conflicto con las responsabilidades propias de la Secretar�a del
Tribunal.
III. COORDINACI�N DE LAS ACTIVIDADES DE
LA SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JUR�DICOS CON OTRAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARIA GENERAL
Cuando, en
cumplimiento de sus actividades, alguna dependencia de la Secretar�a General deba
intervenir en tareas encomendadas a la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos por la
presente Orden Ejecutiva, el responsable de dicha dependencia deber� comunicarlo al
Subsecretario de Asuntos Jur�dicos, a los efectos de determinar su participaci�n en la
ejecuci�n de dichas tareas de conformidad con las modalidades que acuerden.
En caso de existir
dudas o discrepancias con respecto a la interpretaci�n, alcance o modalidades de
aplicaci�n de esta norma, la cuesti�n ser� elevada por el Subsecretario de Asuntos
Jur�dicos o por el responsable de la dependencia interviniente de la Secretar�a General
a la consideraci�n del Secretario General, quien resolver� en definitiva.
IV. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS LEGALES
Trasl�dase el actual Departamento de
Servicios Jur�dicos Generales de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos a la Oficina del
Secretario General. De ahora en adelante dicho Departamento se denominar�
"Departamento de Servicios Legales", que responder� al Jefe de Gabinete del
Secretario General y cumplir� las siguientes funciones:
1. Prestar servicios de asesoramiento
legal a la Secretar�a General, en relaci�n con:
a. La interpretaci�n de los instrumentos
normativos que rigen la Secretar�a General.
b. Asuntos administrativos, de personal,
reglamentaciones internas, contratos, convenios y acuerdos en los que la Secretar�a
General u otro �rgano de la Organizaci�n sea parte y, en general, toda norma legal
relacionada con el funcionamiento interno de la Organizaci�n.
c. La aplicaci�n de la legislaci�n
nacional en materias referentes a tributaci�n, relaciones laborales, inmigraci�n,
privilegios e inmunidades, contratos inmobiliarios y comerciales y otras cuestiones
legales relacionadas con el funcionamiento de la Secretar�a General.
d. La elaboraci�n de los instrumentos
normativos internos de la Secretar�a General.
2. Dictaminar sobre los aspectos legales
de los proyectos de contratos y acuerdos que, en uso de sus facultades y en cumplimiento
de sus responsabilidades, negocie la Secretar�a General y, en la medida que se le
encargue, preparar y negociar tales contratos o acuerdos.
3. Prestar asesoramiento y servicios
legales, en materias de su competencia, a la Asamblea General, al Consejo Permanente, a
sus Comisiones y a otros �rganos, organismos y entidades de la Organizaci�n, tales como
el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), la Comisi�n Interamericana
de Mujeres (CIM), la Comisi�n Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), el Instituto
Interamericano de Cooperaci�n para la Agricultura (IICA) y el Tribunal Administrativo,
as� como en lo relativo a los aspectos estatutarios y reglamentarios que rigen el
funcionamiento de tales �rganos. Elaborar los estudios, informes y otros documentos que
le soliciten dichos �rganos.
4. Prestar asesoramiento legal al Comit�
Mixto de Disciplina y a la Secretar�a General en los casos sometidos al Comit� Mixto de
Asesoramiento para Casos de Reconsideraci�n, al Comit� de Reducci�n de Personal y a
otros cuando el Secretario General as� lo resuelva.
5. Participar en las reuniones del
Comit� de �tica, de acuerdo con lo dispuesto por la Orden Ejecutiva 96-03.
6. Actuar, en representaci�n del
Secretario General, el Director General del Instituto Interamericano de Cooperaci�n para
la Agricultura (IICA) y de la Comisi�n de Jubilaciones y Pensiones, en los recursos que
se presenten contra los mismos ante el Tribunal Administrativo de la Organizaci�n u otros
�rganos jurisdiccionales.
7. Prestar asesoramiento legal a la
Comisi�n de Jubilaciones y Pensiones, la Fundaci�n Panamericana de Desarrollo, la
Cooperativa de Cr�dito, el Fondo Leo S. Rowe y otros organismos no gubernamentales
auspiciados por la Organizaci�n.
8. Evacuar las consultas que formulen los
gobiernos, organizaciones y entidades p�blicas o privadas, con respecto a materias
legales espec�ficas de los sistemas jur�dicos nacionales.
9. Mantener relaciones de cooperaci�n e
intercambio de informaci�n con las dependencias encargadas de la prestaci�n de servicios
legales de las Naciones Unidas u otras organizaciones internacionales.
10. Mantener, compilar y revisar los
instrumentos normativos internos de la Secretar�a General y cumplir las funciones que la
Orden Ejecutiva 81-05 encomendaba a la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos.
11. Decidir sobre las solicitudes de uso
o sesi�n de derecho de autor en relaci�n con bienes cuya propiedad intelectual sea de la
Organizaci�n.
12. Autorizar, previa consulta con el
Jefe de Gabinete, la publicaci�n de trabajos de funcionarios de la Secretar�a General,
de acuerdo con la regla 101.4 del Reglamento de Personal.
13. Mantener, en el �mbito de su
competencia, un programa de capacitaci�n jur�dica para abogados de los Estados miembros,
a trav�s de pasant�as.
VI. TRANSICI�N
Las situaciones que
surjan durante la transici�n a la nueva estructura establecida por esta Orden Ejecutiva
ser�n definidas entre el Subsecretario de Asuntos Jur�dicos y el Director del
Departamento de Servicios Legales.
VII. DEROGACI�N Y VIGENCIA
1. La presente Orden Ejecutiva deroga lo
dispuesto por la Orden Ejecutiva 85-1, y reemplaza toda disposici�n, reglamentaci�n y
pr�ctica de la Secretar�a General en contrario.
2. Esta Orden Ejecutiva comienza a regir
en la fecha de su firma.
Fecha: 13 de mayo de 1996
Original: Espa�ol
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