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S E C R E T A R I A G E N E R A L |
ORDEN EJECUTIVA
No. 96-1 |
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EL SECRETARIO GENERAL, En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 118 de la Carta y los artículos 8 y 12 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría General; y CONSIDERANDO: Que el Protocolo de Managua, que establece el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI), entró en vigencia el 29 de enero de 1996; Que el artículo 97 de la Carta de la OEA, modificado por el Protocolo de Managua, dispone que la ejecución y coordinación de proyectos aprobados por el CIDI se encomiende a la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral; Que mediante resolución GTC/RES. 1/96, ratificada el 29 de enero de 1996 por la Asamblea General en su vigésimo segundo período extraordinario de sesiones, el Grupo de Trabajo Conjunto CEPCIES/CEPCIECC Encargado de la Transición al CIDI (GTC) estableció un Fondo Especial Multilateral Transitorio (FET) con el propósito general de "administrar los recursos para la cooperación técnica durante aquella parte del período de transición que va desde la entrada en vigor del Protocolo de Managua hasta cuando el CIDI comience a operar"; y Que a fin de facilitar la transformación ordenada de la Secretaría en una nueva estructura administrativa que pueda proporcionar a los Estados miembros los servicios requeridos por la cooperación solidaria para el desarrollo y organizar la administración del FET, es preciso adoptar ciertas medidas administrativas temporales hasta que se establezca una estructura permanente de la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral, RESUELVE:
Fecha: 31 de enero de 1996 |