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S E C R E T A R I A G E N E R A L |
ORDEN EJECUTIVA
No.
99-3 |
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EL SECRETARIO GENERAL, En
ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 109 y 113 de la
Carta de la OEA y los artículos 4, 8 y 12 de las Normas Generales para el
Funcionamiento de la Secretaría General de la Organización de los Estados
Americanos; y CONSIDERANDO: La
necesidad de ajustar la estructura de la Subsecretaría de Administración para
reflejar los nuevos sistemas y procedimientos de administración implementados
para facilitar la integración y coordinación de las actividades de
administración, RESUELVE: Que
la Subsecretaría de Administración tendrá la estructura, responsabilidades y
funciones que se establecen a continuación: I.
DEPENDENCIAS
A. La Subsecretaría de Administración estará compuesta por las siguientes dependencias: 1.
Oficina Ejecutiva del Subsecretario de Administración; 2.
Departamento de Servicios de Recursos Humanos; 3.
Departamento de Servicios Financieros; 4.
Departamento de Análisis Administrativo, Planificación y Servicios de
Apoyo; 5.
Departamento de Tecnología y Servicios Generales; y 6.
Oficina de Servicios de Gestión de Compras. B. La Subsecretaría de
Administración y sus dependencias se encuentran bajo la dirección general,
supervisión y control del Subsecretario de Administración, en virtud de las
disposiciones pertinentes de las Normas Generales, la Resolución de
Programa-Presupuesto y otras resoluciones de la Asamblea General y el Consejo
Permanente, la presente Orden Ejecutiva y demás normas y reglamentos
pertinentes de la Secretaría General. II.
OFICINA EJECUTIVA DEL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN
A.
Estructura 1. La Oficina Ejecutiva del Subsecretario de Administración está compuesta
por el personal asignado a esa oficina y el Subsecretario de Administración,
quien es directamente responsable ante el Secretario General. 2. El Subsecretario de Administración dirige al personal de la Oficina
Ejecutiva de la Subsecretaría de Administración, y ésta brinda a aquél
asesoramiento y apoyo administrativo y de secretaría. 3. De conformidad con el programa-presupuesto y las normas internas de la
Secretaría General, el Subsecretario de Administración es responsable de
establecer la estructura interna de la Subsecretaría que garantice eficiencia,
competencia y diligencia con los recursos de que dispone. B.
Responsabilidades
y funciones 1. Presta servicios como oficina asesora principal en todas las cuestiones
administrativas al Secretario General, el Secretario General Adjunto, el
Secretario Ejecutivo del CIDI, el Subsecretario de Asuntos Jurídicos, los Jefes
de Gabinete y demás funcionarios principales de la Organización, así como a
los órganos políticos, incluidos, entre otros, la Asamblea General, el Consejo
Permanente, la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios del
Consejo Permanente y sus subcomisiones y grupos de trabajo, el CIDI, la CEPCIDI
y demás entidades de la Organización, conforme lo soliciten. 2. Coordina y
supervisa: a.
La aplicación de las disposiciones normativas establecidas en la Carta
de la OEA, las Normas Generales, la Resolución de Programa-Presupuesto y demás
instrumentos normativos de la Organización vinculados a la administración de
los recursos materiales de la Secretaría General (incluidos los sistemas), el
personal y demás actividades en la esfera de su competencia; b.
El cumplimiento de los deberes y responsabilidades asignados a las
dependencias de la Subsecretaría de Administración por los órganos políticos
y la Oficina del Secretario General; y c.
La implementación de las recomendaciones del Inspector General, conforme
sean aprobadas por el Secretario General. 3. Con la aprobación del Secretario General, emite memorandos
administrativos y demás circulares normativas vinculadas a la Administración,
formuladas en colaboración con las áreas afectadas de la Secretaría General y
el Departamento de Servicios Legales; formula y examina los proyectos de órdenes
ejecutivas y directivas vinculadas a cuestiones administrativas que emite el
Secretario General. 4. Supervisa la distribución
equilibrada, racional y puntual de los
recursos humanos y materiales (incluidos los servicios de sistemas) en la
Secretaría General, de conformidad con el programa-presupuesto, la
disponibilidad de recursos y las necesidades. 5. Presta servicios de
representación, prepara informes especiales y cumple
todas las demás tareas que le asigne el Secretario General. 6. Mantiene las dependencias de la Secretaría General informadas del
proceso de preparación, aprobación y ejecución del presupuesto y distribuye
toda otra información necesaria para garantizar la adecuada coordinación de
ese proceso y otras iniciativas en la esfera administrativa. 7. Excepto disposición restrictiva en contrario por Orden
Ejecutiva,
directiva o memorando del Secretario General, está autorizada a ejecutar en
nombre de la Secretaría General los documentos oficiales vinculados al
funcionamiento cotidiano y la administración de la Secretaría General,
incluidos, entre otros, las órdenes de compra, los contratos, los documentos de
viaje, los acuerdos de cooperación técnica, los arrendamientos y demás
contratos de carácter presupuestario y administrativo.
Puede delegar aspectos específicos de esta autoridad de acuerdo con las
líneas funcionales a los Directores de Departamento de la Subsecretaría de
Administración. III.
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS DE RECURSOS HUMANOS
A.
Estructura 1. El Departamento de Servicios de Recursos Humanos está compuesto por un
Director, directamente responsable ante el Subsecretario de Administración, y
el personal del Departamento. 2. El Director
administra, coordina y es técnicamente responsable de la
labor del Departamento y de la productividad y el desempeño de su personal. 3. De conformidad con el programa-presupuesto y con las normas internas de
la Secretaría General y sujeto a la aprobación del Subsecretario de
Administración, el Director es responsable de establecer la estructura interna
del Departamento que maximice la eficiencia, competencia y diligencia con los
recursos de que dispone. B.
Responsabilidades
y funciones El
Departamento de Servicios de Recursos Humanos, a través de su Director y
personal: 1. Asesora al Consejo Permanente y a sus
comisiones, subcomisiones y grupos
de trabajo, conforme lo soliciten, así como a la CEPCIDI y a sus comisiones, y
a todos los niveles de administración (incluido el Secretario General, el
Secretario General Adjunto, los Subsecretarios y Secretarios Ejecutivos, los
Jefes de Gabinete y demás funcionarios principales de la Secretaría General,
en cuestiones de recursos humanos que afecten a la Secretaría General.
Recomienda, formula, propone, planifica y organiza las políticas, programas y
procedimientos de administración de personal para su consideración por el
Secretario General, el Secretario General Adjunto, los Subsecretarios y
Secretarios Ejecutivos, los Jefes de Gabinete y demás funcionarios principales
de la Secretaría General. 2. Mantiene sistemas de personal y de información
pertinentes, incluidos
los expedientes personales de los funcionarios y demás registros necesarios
para la determinación de las calificaciones, la historia funcional y los
derechos. 3. De acuerdo con el Reglamento de Personal y demás disposiciones
administrativas de la Secretaría General, aplica, ejecuta y administra, en
coordinación con el Departamento de Análisis Administrativo, Planificación y
Servicios de Apoyo y el Departamento de Servicios Financieros, la política de
personal de la Secretaría General, incluidos el sistema de clasificación de
cargos, los reclutamientos, el sistema de remuneración, los programas de seguro
de salud y de vida, los procedimientos internos de reconsideración y de
disciplina, las relaciones entre los empleados, la contratación de funcionarios,
las visas oficiales y los documentos de viaje oficiales, los viajes oficiales,
el transporte de enseres domésticos, los demás beneficios del personal, la
evaluación del desempeño y la capacitación y el desarrollo del personal. 4. Establece enlaces con la Comisión de Jubilaciones y Pensiones de la
OEA,
la Comisión del Fondo Panamericano Leo S. Rowe y el Comité del Personal de la
Asociación del Personal de la OEA. 5. Participa como miembro y/o secretario técnico en
comités, juntas y
grupos de trabajo tales como el Comité Asesor de Reducción de Personal, el
Comité Asesor de Selección y Ascensos y el Comité Mixto de Seguros; tras
consultas con el Departamento de Servicios Legales, aporta pruebas documentales
y testimoniales en apoyo de las acciones de la Secretaría General en materia de
personal en el Tribunal Administrativo de la OEA y otros foros pertinentes. 6. Formula, en colaboración con el Departamento de Servicios
Legales, los
proyectos de reglamento de personal y demás directivas normativas relacionadas
con la política de personal para su consideración por el Subsecretario de
Administración y la aprobación de la Oficina del Secretario General; publica
Circulares al Personal para informar a los funcionarios sobre materias que
afectan sus intereses y asuntos conexos. 7. Brinda asistencia médica y tratamiento de emergencia a los funcionarios
y los miembros de las Misiones Permanentes en la Sede. 8. Actúa como conducto oficial para los asuntos relacionados con el
personal entre cada funcionario y la Secretaría General. IV.
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS FINANCIEROS
A.
Estructura 1. El Departamento de Servicios Financieros está compuesto por la Oficina
del Director y dos Divisiones: a) la División de Operaciones Financieras y b)
la División de Informes y Políticas Financieros. 2. El Departamento es supervisado por su Director, quien es responsable ante
el Subsecretario de Administración y cuenta con la asistencia del Jefe
principal a cargo de cada División. B.
Funciones
y Responsabilidades 1. La Oficina del Director, a través de su Director: a. Actúa como Tesorero de la Secretaría General y
administra, coordina y
es responsable de la productividad y el funcionamiento de las Divisiones y el
personal del Departamento; b. Establece para cada División del Departamento una estructura
administrativa que permita la gestión eficaz de los recursos financieros del
Departamento, en forma congruente con el programa-presupuesto y las normas de la
Secretaría General. Brinda servicios de calidad a los clientes del Departamento,
garantiza la responsabilidad, promueve el desarrollo profesional del personal
del Departamento y salvaguarda un ámbito de control interno; c. Asesora al Secretario General, el Secretario General
Adjunto, los
Subsecretarios y Secretarios Ejecutivos, los Jefes de Gabinete y demás
funcionarios principales de la Secretaría General en todas las cuestiones
vinculadas a la administración eficaz de los recursos de la Secretaría General
y de todo otro recurso que se le confíe; d. Representa a la Secretaría General en las reuniones interinstitucionales
externas que aborden cuestiones financieras y contables; e. Coordina y evalúa los estados financieros e informes financieros para el
Secretario General y demás funcionarios de la OEA, la Asamblea General, los órganos
subsidiarios, los donantes y otras partes interesadas, prestando particular
atención a los comentarios sobre la situación financiera de la Organización; f. Coordina la preparación del informe anual de la Junta de Auditores
Externos para su presentación al Consejo Permanente; g. Mantiene el control financiero vinculado al uso y el acceso a la
información financiera; y h. Actúa como Tesorero del Fondo Panamericano Leo S. Rowe,
Secretario-Tesorero del Fondo Leo S. Rowe, Secretaría Técnica de la Junta de
Auditores Externos y Tesorero de otras entidades y fondos fiduciarios que se le
confíen. 2. La División de Operaciones
Financieras: a. Desempeña todas las funciones de tesorería y contabilidad financiera de
la Secretaría General, con excepción de las específicamente delegadas o
asignadas por las Normas Generales u otras resoluciones de los correspondientes
órganos políticos de la Organización; b. Establece y mantiene las cuentas de la Secretaría General y los
registros de las transacciones financieras de la Organización de acuerdo con el
Reglamento Presupuestario y Financiero de la Organización y las Normas
Generales; c. Planifica, administra y valida los datos financieros de los sistemas
financiero y subsidiarios y garantiza la integridad y precisión de la información
financiera contenida en las aplicaciones financieras; d. Administra todas las relaciones bancarias de la Secretaría General y el
cobro de cuotas y demás contribuciones pagaderas a la Secretaría General; actúa
como custodio de todo el efectivo de la Secretaría General y es responsable de
las inversiones, las cartas de crédito y demás activos monetarios confiados a
la Secretaría General, en la medida en que estas funciones no estén asignadas
a otras dependencias de la Secretaría General mediante Orden Ejecutiva; e. Emite, examina y registra los pagos que efectúa la Secretaría General;
autoriza el desembolso de los sueldos, los beneficios conexos y demás
obligaciones financieras en su ámbito e incurridas en la Sede; f. Administra los registros y las comunicaciones de asistencia y
vacaciones;
y g. Supervisa la administración del programa de reembolso de impuestos a la
renta de conformidad con los correspondientes acuerdos concertados con los
Estados Miembros. 3. División de Informes y Políticas Financieros a. Actúa como enlace del Departamento con los
donantes, misiones, entidades
internas y externas, directores, áreas técnicas y comisiones de la OEA con
respecto a las políticas y procedimientos financieros de la Secretaría
General, el registro de las transacciones, el establecimiento de la estructura
contable de los proyectos y la autorización de los desembolsos e informes
correspondientes a los fondos de los que es responsable; b. Brinda orientación a las Misiones Permanentes sobre la estructura
orgánica, administrativa, presupuestaria y financiera de la Organización, la Secretaría
General y órganos conexos del sistema interamericano; c. Prepara, examina y certifica los estados financieros e informes
mensuales, trimestrales, semestrales y anuales, incluido el informe anual, y garantiza el
cumplimiento de las políticas y procedimientos de la Secretaría General con
respecto a las transacciones financieras; d. Prepara todos los informes financieros oficiales de la Secretaría
General, incluidos los informes internos para la administración y los estados
financieros formales para fines de información externa, de conformidad con las
normas aplicables, excepto en la medida en que esas funciones no hayan sido
asignadas a otras dependencias de la Secretaría General mediante una Orden
Ejecutiva; e. Formula la política financiera y los mecanismos de control
interno; f.
Examina los términos de carácter financiero de los acuerdos con los
donantes para confirmar el cumplimiento de la normativa de la OEA; g. Examina y recomienda revisiones de los manuales financieros autorizados
de la Secretaría General; h. Planifica, dirige y administra las misiones de asistencia técnica para
examinar las funciones administrativas de los órganos especializados
interamericanos; e i. Recomienda principios
contables, normas y procedimientos de administración
financiera y formula políticas financieras congruentes con las Normas Generales
y los estatutos de los Consejos y garantiza su congruencia con los principios
contables aplicables. V.
DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS ADMINISTRATIVO, PLANIFICACIÓN
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