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S E C R E T A R I A G E N E R A L |
ORDEN EJECUTIVA
No. 92-2 |
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EL SECRETARIO GENERAL, En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 114 y 118 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, CONSIDERANDO: Que por resolución AG/RES. 492 (X-O/80), la Asamblea General aprobó las recomendaciones y conclusiones sobre publicaciones contenidas en el documento AG/doc.1263/80 y encargó a la Secretaría General que, sobre la base de las recomendaciones acerca de las publicaciones y en particular de aquellas que se refieren a la política de éstas, formule las normas y procedimientos para su aplicación, y Que lo relacionado con la materia de documentos será objeto de otros instrumentos normativos internos de la Secretaría General que se dictarán de conformidad con las conclusiones y recomendaciones también aprobadas por resolución AG/RES. 492 (X-O/80) antes mencionada. RESUELVE: Primero: Composición de la Junta de Publicaciones.
Segundo: Funciones de la Junta de Publicaciones. La Junta de Publicaciones tendrá las siguientes funciones, respecto de todas las publicaciones financiadas en forma total o parcial con fondos administrados por la Secretaría General:
Tercero: Secretaría de la Junta de Publicaciones Los servicios de secretaría de la Junta de Publicaciones serán provistos por la oficina del Secretario General Adjunto, para lo cual podrá requerir la colaboración de cualquier dependencia de la Secretaría General. Cuarto: Esta Orden Ejecutiva deroga la Orden Ejecutora No. 82-9. Quinto: Esta Orden Ejecutiva entrará en vigor en la fecha de su firma.
Joao Clemente Baena Soares
Fecha: 26 de marzo de 1992 |