S E C R E T A R I A G E N E R A L |
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ORDEN EJECUTIVA
No. 86-2 |
EL SECRETARIO GENERAL, En ejercicio de las facultades que le confieren los art�culos 115, 118, y 119 de la Carta de la Organizaci�n y los art�culos 8 y 11 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretar�a General, VISTOS: La Directiva D-O3 (SG/39/86) sobre "Automated Information Activities" y establecimiento de un Comit� de Inform�tica; CONSIDERANDO: Que es necesario atender la creciente demanda de los Estados miembros de apoyo para la automatizaci�n de la informaci�n disponible sobre aspectos econ�micos, sociales, educativos, cient�ficos, culturales, jur�dicos y administrativos; Que es urgente definir la pol�tica sobre inform�tica y fortalecer la coordinaci�n de su ejecuci�n por las diversas �reas de la Secretar�a General, Que es conveniente dar prioridad a las actividades de la Secretar�a General relacionadas con la expansi�n de la informaci�n disponible al servicio de los Estados miembros; RESUELVE: Aprobar la siguiente reglamentaci�n del Comit� de Inform�tica de la Secretar�a General: Primero: El COMITE DE INFORMATICA DE LA SECRETARIA GENERAL --en adelante CINFORMAT-- tiene como objeto: (a) Definir la pol�tica a desarrollar por la Secretar�a General, con relaci�n a las actividades de inform�tica de sus diversas �reas, y (b) Coordinar la ejecuci�n de dicha pol�tica. Funciones Segundo: El CINFORMAT se reunir� por lo menos una vez cada mes con el fin de:
Composici�n y Decisiones Tercero: El CINFORMAT estar� integrado por el Secretario General Adjunto; los Secretarios Ejecutivos para Asuntos Econ�micos y Sociales, y para la Educaci�n, la Ciencia y la Cultura, y los Subsecretarios de Asuntos Jur�dicos y de Administraci�n, bajo la presidencia del Secretario General. Cuarto: El Secretario General Adjunto presidir� las reuniones del CINFORMAT cuando no est� en la Sede el Secretario General. Cuando los miembros titulares no est�n en la Sede, informar�n al Secretario General qui�n los representar� en el CINFORMAT. Estos representantes podr�n presentar la posici�n del titular, pero no podr�n participar en la adopci�n de decisiones. Quinto: El CINFORMAT aprobar� sus decisiones por consenso. Asesoramiento y Apoyo T�cnico Sexto: Los miembros del CINFORMAT podr�n concurrir a las reuniones con los asesores que deseen. S�ptimo: El CINFORMAT, cuando lo considere necesario, requerir� por la v�a jer�rquica pertinente la presencia de funcionarios t�cnicos de los �rganos, �rganos subsidiarios, organismos y otras entidades de la Organizaci�n. Octavo: El CINFORMAT --para el cumplimiento de sus funciones-- recibir� el apoyo t�cnico del Departamento de Sistemas Administrativos, de la Subsecretar�a de Administraci�n. Grupos de Trabajo Noveno: El CINFORMAT contar� --para el cumplimiento de sus funciones-- con los grupos de trabajo que constituya; pero comenzar� a cumplir sus tareas con el apoyo de los siguientes:
D�cimo: Los grupos de trabajo del CINFORMAT tendr�n, cada uno, un coordinador designado por el Secretario General. D�cimoprimero: Tales grupos de trabajo ser�n constituidos con funcionarios de alto nivel t�cnico representativos de las diversas �reas y versados en su pertinente tem�tica, designados por el Secretario General Adjunto, los Secretarios Ejecutivos, y los Subsecretarios. Operaciones y Apoyo Administrativo D�cimosegundo: El CINFORMAT, y sus grupos de trabajo, operar�n con el m�nimo de tramitaci�n burocr�tica, llevando solamente res�menes de sus respectivos acuerdos, reuniones y eventuales recomendaciones, los que distribuir�n a todos los miembros del CINFORMAT y el correspondiente grupo. Enmiendas y Derogaciones La presente Orden Ejecutiva reemplaza toda norma, reglamento y pr�ctica de la Secretar�a General en contrario. Vigencia Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigencia en la fecha de su firma.
Joao Clemente Baena Soares
Fecha: 25 de septiembre de 1986 |