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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

ORDEN EJECUTIVA No. 81-5
ASUNTO:  INSTRUMENTOS NORMATIVOS INTERNOS DE LA SECRETARIA GENERAL: ORDENES EJECUTIVAS, DIRECTIVAS DEL SECRETARIO GENERAL Y MEMORANDOS ADMINISTRATIVOS

 

EL SECRETARIO GENERAL,

En ejercicio de las facultades que le confieren los art�culos 115 y 119 de la Carta de la Organizaci�n de los Estados Americanos y el art�culo 11 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretar�a General,

RESUELVE:

Primero: Son instrumentos normativos internos de la Secretar�a General los siguientes:

I. Ordenes Ejecutivas

II. Directivas del Secretario General

III. Memorandos Administrativos

Segundo: Estos instrumentos tendr�n el significado, alcance, utilizaci�n, procedimiento de elaboraci�n y presentaci�n que establece esta Orden Ejecutiva.

I. ORDENES EJECUTIVAS

A. DISPOSICIONES GENERALES

1. Definici�n: La Orden Ejecutiva es el instrumento administrativo de mayor jerarqu�a dentro de la Secretar�a General, mediante el cual el Secretario General:

a. Adopta decisiones de alta pol�tica administrativa;

b. Establece y suprime dependencias de la Secretar�a General;

c. Redistribuye las funciones de las dependencias existentes;

d. Dicta, deroga o enmienda los reglamentos de la Secretar�a General, y

e. Da cumplimiento a las disposiciones de la Carta y de las Normas Generales, as� como a las resoluciones de la Asamblea General y de los Consejos de la Organizaci�n en lo referente al funcionamiento de la Secretar�a General.

2. Autoridad: Las Ordenes Ejecutivas se expedir�n �nicamente por decisi�n del Secretario General y con su firma.

3. Origen: Las Ordenes Ejecutivas pueden originarse en la Oficina del Secretario General, en las del Secretario General Adjunto y en las de los Secretarios Ejecutivos y Subsecretarios.

4. Formato: El formato de las Ordenes Ejecutivas se ajustar� al modelo que aparece como Anexo A de esta Orden Ejecutiva.

5. Vigencia: Las Ordenes Ejecutivas entrar�n en vigor en la fecha de su firma, salvo disposici�n expresa en contrario.

6. Identificaci�n: Las Ordenes Ejecutivas se expedir�n simult�neamente en espa�ol e ingl�s, en papel azul, y se numerar�n consecutivamente por a�o (81-1, 81-2). Llevar�n una anotaci�n al margen que exprese el idioma original en que fueron escritas. La versi�n original ser� la valedera en caso de discrepancia entre los textos en espa�ol e ingl�s.

7. Enmiendas: Las enmiendas substantivas a Ordenes Ejecutivas s�lo podr�n efectuarse mediante la emisi�n de una nueva Orden Ejecutiva que contenga la totalidad del texto, de modo que solamente haya un texto v�lido.

8. Correcciones: Cuando se requieran correcciones de errores tipogr�ficos o de forma se publicar� un corrigendum a la Orden Ejecutiva, autorizado por el Secretario General.

9. Derogaci�n y efectos: Toda Orden Ejecutiva:

a. Ser� derogada �nicamente por otra Orden Ejecutiva.

b. Derogar� o modificar� las Directivas del Secretario General, los Memorandos Administrativos y otras decisiones anteriores con las que estuviere en conflicto.

A tal efecto deber� contener referencia espec�fica a las Ordenes Ejecutivas, Directivas del Secretario General y Memorandos Administrativos que queden derogados o modificados.

B. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACI�N

1. Ordenes Ejecutivas originadas en la Oficina del Secretario General: Los proyectos de Orden Ejecutiva que se originen en la Oficina del Secretario General ser�n elaborados por la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos y se consultar�n, si el Secretario General as� lo determina, con la Subsecretar�a de Administraci�n para establecer las implicaciones administrativas y presupuestarias, y con otras �reas de la Secretar�a General cuando a juicio del Secretario General la materia objeto de la Orden lo requiera.

2. Ordenes Ejecutivas originadas en otras �reas de la Secretar�a General.

a. Participaci�n del �rea Proponente.

El �rea proponente preparar� el proyecto de Orden Ejecutiva redactado en un solo idioma, elaborar� la correspondiente exposici�n de motivos incluyendo el texto de la o las resoluciones de la Asamblea General o de los Consejos que sirven de fundamento a la Orden Ejecutiva y enviar� a la Unidad de An�lisis Administrativo el proyecto de Orden Ejecutiva y la exposici�n de motivos de la misma para continuar el procedimiento en los t�rminos del numeral siguiente.

b. Participaci�n de la Unidad de An�lisis Administrativo.

La Unidad de An�lisis Administrativo:

i. Har� circular el proyecto y sus fundamentos entre todas las �reas de la Secretar�a General, incluyendo la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, para que dentro de un plazo prudencial formulen las observaciones que estimen pertinentes.

ii. Revisar� el proyecto de Orden Ejecutiva, incorporar� aquellas observaciones que el �rea proponente considere aceptables y velar� por que el proyecto se ajuste al formato correspondiente.

iii. Elaborar� un legajo (dossier) que contendr� lo siguiente:

Anexo 1. Descripci�n de la propuesta y su justificaci�n.

Anexo 2. Resumen de los puntos de vista de otras �reas de la Secretar�a General.

Anexo 3. An�lisis de las implicaciones administrativas de la orden propuesta incluyendo una referencia a aquellos instrumentos que se ver�an afectados por ella.

Anexo 4. An�lisis presupuestario preparado en consulta con la Oficina de Programa-Presupuesto, con la proyecci�n de costos futuros e indicaci�n de la fuente de cualquier recurso adicional requerido.

Anexo 5. An�lisis de personal preparado en consulta con la Oficina de Personal, que refleje las implicaciones de la propuesta en cuanto al personal, incluso la descripci�n del n�mero y la clase de los miembros del personal que afecte y cualesquiera cambios consiguientes en sus cargos o funciones.

Anexo 6. Proyecto de Orden Ejecutiva revisado desde el punto de vista administrativo.

c. Participaci�n de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos.

La Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos:

i. Examinar� el texto revisado del proyecto para determinar que no haya incompatibilidad entre la Orden Ejecutiva propuesta y la Carta, las Normas Generales, las resoluciones de la Asamblea General o de los Consejos.

ii. Se comunicar� directamente con la Oficina donde se origin� la Orden Ejecutiva y con la Unidad de An�lisis Administrativo, si estimare necesario enmendar el proyecto.

iii. Ser� responsable de la expresi�n jur�dica final del proyecto de Orden Ejecutiva.

iv. Incluir� en el legajo, como Anexo 7, su dictamen final de car�cter jur�dico sobre el proyecto de Orden Ejecutiva.

v. Someter� el proyecto definitivo al Secretario General.

C. CONSIDERACI�N POR EL SECRETARIO GENERAL

Luego del an�lisis del legajo, el Secretario General podr� aprobar el proyecto, presentarlo con el pertinente legajo a la consideraci�n de la Junta Asesora, devolverlo al proponente para que lo modifique o proporcione informaci�n adicional, o rechazarlo.

D. ETAPAS POSTERIORES A SU APROBACI�N

1. Las etapas posteriores de traducci�n, publicaci�n y distribuci�n estar�n a cargo de la Unidad de An�lisis Administrativo.

2. La Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos tendr� la responsabilidad de revisar los textos traducidos de las Ordenes Ejecutivas.

3. La Unidad de An�lisis Administrativo, con la colaboraci�n de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, preparar� un �ndice anual de Ordenes Ejecutivas vigentes.

II. DIRECTIVAS DEL SECRETARIO GENERAL

1. Definici�n: Las Directivas del Secretario General constituyen instrumentos administrativos de car�cter normativo mediante los cuales el Secretario General adopta decisiones, imparte instrucciones y establece o adopta procedimientos para situaciones especiales o temporales.

2. Autoridad y vigencia: Las Directivas ser�n emitidas por el Secretario General; s�lo podr�n enmendarse o derogarse por Orden Ejecutiva o por otra Directiva del Secretario General y tendr�n la vigencia que en ellas se establezca.

3. Formato e identificaci�n: El Secretario General impartir� sus Directivas a trav�s de memorandos emitidos en cualesquiera de los idiomas oficiales de la Organizaci�n y numerados consecutivamente por a�o.

4. Procedimiento: Las Directivas del Secretario General se elaborar�n en la Oficina del Secretario General.

III. MEMORANDOS ADMINISTRATIVOS

A. DISPOSICIONES GENERALES

1. Definici�n: El Memorando Administrativo es el instrumento reglamentario empleado por la Secretar�a General en su gesti�n administrativa para:

a. Comunicar la implantaci�n, modificaci�n o supresi�n de procedimientos administrativos que no formulen pol�ticas generales propias de las Ordenes Ejecutivas del Secretario General.

b. Aplicar pol�ticas generales o poner en pr�ctica decisiones sobre la estructura interna b�sica de la Secretar�a General, definidas por Ordenes Ejecutivas.

c. Aclarar, interpretar o establecer pautas de aplicaci�n respecto a disposiciones de car�cter reglamentario.

d. Poner en vigor cuerpos normativos a nivel de manuales de operaci�n.

2. Autoridad: Los Memorandos Administrativos se firmar�n por el Subsecretario de Administraci�n por autoridad delegada del Secretario General.

3. Origen: Los Memorandos Administrativos pueden originarse en las Oficinas del Secretario General, del Secretario General Adjunto, Secretarios Ejecutivos y Subsecretarios, quienes presentar�n el proyecto al Subsecretario de Administraci�n para su procesamiento y emisi�n en la forma que a continuaci�n se se�ala.

4. Formato: Los Memorandos Administrativos se ajustar�n al modelo que aparece como Anexo B de esta Orden Ejecutiva.

5. Vigencia: Los Memorandos Administrativos entrar�n en vigor en la fecha en que se firmen, a menos de que en ellos se indique expresamente otra fecha.

6. Identificaci�n: Los Memorandos Administrativos se expedir�n simult�neamente en espa�ol e ingl�s, en papel verde, y se numerar�n consecutivamente, sin atender al a�o en que se expidan. Llevar�n una anotaci�n al margen que exprese el idioma en que fueron escritos originalmente. La versi�n original ser� la valedera en caso de discrepancia entre los textos en ingl�s y espa�ol.

7. Enmiendas y Correcciones: Las enmiendas sustantivas a un Memorando Administrativo s�lo podr�n efectuarse mediante la emisi�n de un nuevo texto. Mantendr�n el n�mero de emisi�n original agreg�ndole el n�mero de revisi�n (ejemplo, No. 59 rev.1). Cuando se requieran correcciones de errores tipogr�ficos o de forma se publicar� un corrigendum al Memorando Administrativo autorizado por el Subsecretario de Administraci�n.

8. Derogaci�n y efectos: Los Memorandos Administrativos solamente podr�n derogarse por Orden Ejecutiva o por otro Memorando Administrativo. Los Memorandos Administrativos anteriores quedar�n derogados cuando est�n en conflicto con un nuevo Memorando Administrativo o una Orden Ejecutiva. En los nuevos Memorandos Administrativos se har� referencia expresa a la decisi�n anterior que quede derogada o modificada.

B. PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACI�N Y CONSIDERACI�N

1. Participaci�n del �rea Proponente: El �rea proponente preparar� el proyecto de Memorando Administrativo y lo enviar� a la Unidad de An�lisis Administrativo. Cuando el Memorando Administrativo se origine en la Oficina del Secretario General su preparaci�n podr� ser delegada a la Unidad de An�lisis Administrativo.

2. Participaci�n de la Unidad de An�lisis Administrativo: La Unidad de An�lisis Administrativo:

a. Consultar� el proyecto con la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos y con las �reas que pudieren verse afectadas e incorporar� las observaciones pertinentes de acuerdo con el �rea proponente.

b. Elevar� el proyecto final al Subsecretario de Administraci�n para que lo someta a consideraci�n del Secretario General y lo firme una vez aprobado por �ste.

c. Atender� las etapas posteriores de publicaci�n, traducci�n y distribuci�n.

d. Con la colaboraci�n de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, preparar� anualmente un �ndice de Memorandos Administrativos vigentes.

Tercero. Derogaci�n: Esta Orden Ejecutiva deroga la Orden Ejecutiva No. 77-2 de fecha 28 de junio de 1977 titulada "Alcance y Utilizaci�n de Ordenes Ejecutivas y de Memoranda Administrativos".

Cuarto. Vigencia: Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigencia en la fecha de su firma.

 

ALEJANDRO ORFILA
SECRETARIO GENERAL

 

Fecha: 15 de abril de 1981
Original: espa�ol

 

 

ANEXO A

A la Orden Ejecutiva No.

MODELO DE ORDEN EJECUTIVA

SECRETARIA GENERAL

Orden Ejecutiva No.

ASUNTO: TITULO DE LA MATERIA OBJETO DE ORDEN EJECUTIVA, EN MAY�SCULAS

EL SECRETARIO GENERAL,

En ejercicio de las facultades que le confieren...

(Aqu� se citar�n las disposiciones en las que el Secretario General funda su facultad para dictar la Orden Ejecutiva correspondiente. Cuando exista una decisi�n espec�fica de la Asamblea General o de los Consejos, la cita incluir� el n�mero y t�tulo de la resoluci�n y el n�mero del p�rrafo resolutivo pertinente. Si la decisi�n se funda en las responsabilidades generales que la Carta asigna al Secretario General, se citar� la parte pertinente del Art�culo 115 de la Carta. Si existe un fundamento espec�fico se citar� el art�culo correspondiente de la Carta o de las Normas Generales.)

CONSIDERANDO:

(Se incluir�n considerandos cuando el objetivo de la Orden requiera una fundamentaci�n que la justifique o explique.)

RESUELVE:

(En esta parte se presentar�, en primer lugar, el texto de la parte resolutiva de la Orden Ejecutiva, cuyos p�rrafos y subp�rrafos ser�n identificados por n�meros y letras.)

(En segundo t�rmino, se har� referencia a Derogaci�n o Enmiendas. En esta secci�n se har� referencia a las decisiones espec�ficas que se deroguen o enmienden por la respectiva Orden Ejecutiva.)

(En tercer lugar, se se�alar� la fecha en que entre en Vigencia la Orden Ejecutiva.)

 

ALEJANDRO ORFILA
SECRETARIO GENERAL

 

Fecha: 15 de abril de 1981
Original:

 

 

ANEXO B

A la Orden Ejecutiva,

MODELO DE MEMORANDO ADMINISTRATIVO

SECRETARIA GENERAL

Memorando Administrativo No.

ASUNTO: MATERIA OBJETO DEL MEMORANDO ADMINISTRATIVO, EN MAY�SCULAS

I. Decisi�n: Por decisi�n del Secretario General, se dictan las siguientes disposiciones.

(A continuaci�n aparecer� el texto de la decisi�n cuyos p�rrafos y subp�rrafos ser�n identificados por n�meros y letras.)

II. Derogaci�n o Enmienda:

(En esta secci�n se har� referencia a las decisiones espec�ficas que queden derogadas o enmendadas por el presente Memorando Administrativo.)

III. Vigencia:

(En esta secci�n se indicar� la fecha en la cual entrar� en vigencia el Memorado Administrativo.)

Por Orden del Secretario General

 

Subsecretario de Administraci�n

 

Fecha: 15 de abril de 1981
Original: