EL SECRETARIO GENERAL,
En ejercicio de las facultades que le confieren los art�culos 115 y
119 de la Carta de la Organizaci�n de los Estados Americanos y el art�culo 11 de las
Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretar�a General,
RESUELVE:
Primero: Son instrumentos normativos internos de la Secretar�a
General los siguientes:
I. Ordenes Ejecutivas
II. Directivas del Secretario General
III. Memorandos Administrativos
Segundo: Estos instrumentos tendr�n el significado,
alcance, utilizaci�n, procedimiento de elaboraci�n y presentaci�n que establece esta Orden
Ejecutiva.
I. ORDENES EJECUTIVAS
A. DISPOSICIONES GENERALES
1. Definici�n: La Orden Ejecutiva es el instrumento
administrativo de mayor jerarqu�a dentro de la Secretar�a General, mediante el cual el
Secretario General:
a. Adopta decisiones de alta pol�tica administrativa;
b. Establece y suprime dependencias de la Secretar�a General;
c. Redistribuye las funciones de las dependencias existentes;
d. Dicta, deroga o enmienda los reglamentos de la Secretar�a General,
y
e. Da cumplimiento a las disposiciones de la Carta y de las Normas
Generales, as� como a las resoluciones de la Asamblea General y de los Consejos de la
Organizaci�n en lo referente al funcionamiento de la Secretar�a General.
2. Autoridad: Las Ordenes Ejecutivas se expedir�n �nicamente
por decisi�n del Secretario General y con su firma.
3. Origen: Las Ordenes Ejecutivas pueden originarse en la
Oficina del Secretario General, en las del Secretario General Adjunto y en las de los
Secretarios Ejecutivos y Subsecretarios.
4. Formato: El formato de las Ordenes Ejecutivas se ajustar� al
modelo que aparece como Anexo A de esta Orden Ejecutiva.
5. Vigencia: Las Ordenes Ejecutivas entrar�n en vigor en la
fecha de su firma, salvo disposici�n expresa en contrario.
6. Identificaci�n: Las Ordenes Ejecutivas se expedir�n
simult�neamente en espa�ol e ingl�s, en papel azul, y se numerar�n consecutivamente
por a�o (81-1, 81-2). Llevar�n una anotaci�n al margen que exprese el idioma original
en que fueron escritas. La versi�n original ser� la valedera en caso de discrepancia
entre los textos en espa�ol e ingl�s.
7. Enmiendas: Las enmiendas substantivas a Ordenes Ejecutivas
s�lo podr�n efectuarse mediante la emisi�n de una nueva Orden Ejecutiva que contenga la
totalidad del texto, de modo que solamente haya un texto v�lido.
8. Correcciones: Cuando se requieran correcciones de errores
tipogr�ficos o de forma se publicar� un corrigendum a la Orden Ejecutiva,
autorizado por el Secretario General.
9. Derogaci�n y efectos: Toda Orden Ejecutiva:
a. Ser� derogada �nicamente por otra Orden Ejecutiva.
b. Derogar� o modificar� las Directivas del Secretario General, los
Memorandos Administrativos y otras decisiones anteriores con las que estuviere en
conflicto.
A tal efecto deber� contener referencia espec�fica a las Ordenes
Ejecutivas, Directivas del Secretario General y Memorandos Administrativos que queden
derogados o modificados.
B. PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACI�N
1. Ordenes Ejecutivas originadas en la Oficina del Secretario
General: Los proyectos de Orden Ejecutiva que se originen en la Oficina del Secretario
General ser�n elaborados por la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos y se consultar�n,
si el Secretario General as� lo determina, con la Subsecretar�a de Administraci�n para
establecer las implicaciones administrativas y presupuestarias, y con otras �reas de la
Secretar�a General cuando a juicio del Secretario General la materia objeto de la Orden
lo requiera.
2. Ordenes Ejecutivas originadas en otras �reas de la Secretar�a
General.
a. Participaci�n del �rea Proponente.
El �rea proponente preparar� el proyecto de Orden Ejecutiva redactado
en un solo idioma, elaborar� la correspondiente exposici�n de motivos incluyendo el
texto de la o las resoluciones de la Asamblea General o de los Consejos que sirven de
fundamento a la Orden Ejecutiva y enviar� a la Unidad de An�lisis Administrativo el
proyecto de Orden Ejecutiva y la exposici�n de motivos de la misma para continuar el
procedimiento en los t�rminos del numeral siguiente.
b. Participaci�n de la Unidad de An�lisis Administrativo.
La Unidad de An�lisis Administrativo:
i. Har� circular el proyecto y sus fundamentos entre todas las �reas
de la Secretar�a General, incluyendo la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, para que
dentro de un plazo prudencial formulen las observaciones que estimen pertinentes.
ii. Revisar� el proyecto de Orden Ejecutiva, incorporar� aquellas
observaciones que el �rea proponente considere aceptables y velar� por que el proyecto
se ajuste al formato correspondiente.
iii. Elaborar� un legajo (dossier) que contendr� lo siguiente:
Anexo 1. Descripci�n de la propuesta y su justificaci�n.
Anexo 2. Resumen de los puntos de vista de otras �reas de la
Secretar�a General.
Anexo 3. An�lisis de las implicaciones administrativas de la
orden propuesta incluyendo una referencia a aquellos instrumentos que se ver�an afectados
por ella.
Anexo 4. An�lisis presupuestario preparado en consulta con la
Oficina de Programa-Presupuesto, con la proyecci�n de costos futuros e indicaci�n de la
fuente de cualquier recurso adicional requerido.
Anexo 5. An�lisis de personal preparado en consulta con la
Oficina de Personal, que refleje las implicaciones de la propuesta en cuanto al personal,
incluso la descripci�n del n�mero y la clase de los miembros del personal que afecte y
cualesquiera cambios consiguientes en sus cargos o funciones.
Anexo 6. Proyecto de Orden Ejecutiva revisado desde el punto de
vista administrativo.
c. Participaci�n de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos.
La Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos:
i. Examinar� el texto revisado del proyecto para determinar que no
haya incompatibilidad entre la Orden Ejecutiva propuesta y la Carta, las Normas Generales,
las resoluciones de la Asamblea General o de los Consejos.
ii. Se comunicar� directamente con la Oficina donde se origin� la
Orden Ejecutiva y con la Unidad de An�lisis Administrativo, si estimare necesario
enmendar el proyecto.
iii. Ser� responsable de la expresi�n jur�dica final del proyecto de
Orden Ejecutiva.
iv. Incluir� en el legajo, como Anexo 7, su dictamen final de
car�cter jur�dico sobre el proyecto de Orden Ejecutiva.
v. Someter� el proyecto definitivo al Secretario General.
C. CONSIDERACI�N POR EL SECRETARIO GENERAL
Luego del an�lisis del legajo, el Secretario General podr� aprobar el
proyecto, presentarlo con el pertinente legajo a la consideraci�n de la Junta Asesora,
devolverlo al proponente para que lo modifique o proporcione informaci�n adicional, o
rechazarlo.
D. ETAPAS POSTERIORES A SU APROBACI�N
1. Las etapas posteriores de traducci�n, publicaci�n y distribuci�n
estar�n a cargo de la Unidad de An�lisis Administrativo.
2. La Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos tendr� la responsabilidad
de revisar los textos traducidos de las Ordenes Ejecutivas.
3. La Unidad de An�lisis Administrativo, con la colaboraci�n de la
Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos, preparar� un �ndice anual de Ordenes Ejecutivas
vigentes.
II. DIRECTIVAS DEL SECRETARIO GENERAL
1. Definici�n: Las Directivas del Secretario General
constituyen instrumentos administrativos de car�cter normativo mediante los cuales el
Secretario General adopta decisiones, imparte instrucciones y establece o adopta
procedimientos para situaciones especiales o temporales.
2. Autoridad y vigencia: Las Directivas ser�n emitidas por el
Secretario General; s�lo podr�n enmendarse o derogarse por Orden Ejecutiva o por otra
Directiva del Secretario General y tendr�n la vigencia que en ellas se establezca.
3. Formato e identificaci�n: El Secretario General impartir�
sus Directivas a trav�s de memorandos emitidos en cualesquiera de los idiomas oficiales
de la Organizaci�n y numerados consecutivamente por a�o.
4. Procedimiento: Las Directivas del Secretario General se
elaborar�n en la Oficina del Secretario General.
III. MEMORANDOS ADMINISTRATIVOS
A. DISPOSICIONES GENERALES
1. Definici�n: El Memorando Administrativo es el instrumento
reglamentario empleado por la Secretar�a General en su gesti�n administrativa para:
a. Comunicar la implantaci�n, modificaci�n o supresi�n de
procedimientos administrativos que no formulen pol�ticas generales propias de las Ordenes
Ejecutivas del Secretario General.
b. Aplicar pol�ticas generales o poner en pr�ctica decisiones sobre
la estructura interna b�sica de la Secretar�a General, definidas por Ordenes Ejecutivas.
c. Aclarar, interpretar o establecer pautas de aplicaci�n respecto a
disposiciones de car�cter reglamentario.
d. Poner en vigor cuerpos normativos a nivel de manuales de operaci�n.
2. Autoridad: Los Memorandos Administrativos se firmar�n por el
Subsecretario de Administraci�n por autoridad delegada del Secretario General.
3. Origen: Los Memorandos Administrativos pueden originarse en
las Oficinas del Secretario General, del Secretario General Adjunto, Secretarios
Ejecutivos y Subsecretarios, quienes presentar�n el proyecto al Subsecretario de
Administraci�n para su procesamiento y emisi�n en la forma que a continuaci�n se
se�ala.
4. Formato: Los Memorandos Administrativos se ajustar�n al
modelo que aparece como Anexo B de esta Orden Ejecutiva.
5. Vigencia: Los Memorandos Administrativos entrar�n en vigor
en la fecha en que se firmen, a menos de que en ellos se indique expresamente otra fecha.
6. Identificaci�n: Los Memorandos Administrativos se expedir�n
simult�neamente en espa�ol e ingl�s, en papel verde, y se numerar�n consecutivamente,
sin atender al a�o en que se expidan. Llevar�n una anotaci�n al margen que exprese el
idioma en que fueron escritos originalmente. La versi�n original ser� la valedera en
caso de discrepancia entre los textos en ingl�s y espa�ol.
7. Enmiendas y Correcciones: Las enmiendas sustantivas a un
Memorando Administrativo s�lo podr�n efectuarse mediante la emisi�n de un nuevo texto.
Mantendr�n el n�mero de emisi�n original agreg�ndole el n�mero de revisi�n (ejemplo,
No. 59 rev.1). Cuando se requieran correcciones de errores tipogr�ficos o de forma se
publicar� un corrigendum al Memorando Administrativo autorizado por el
Subsecretario de Administraci�n.
8. Derogaci�n y efectos: Los Memorandos Administrativos
solamente podr�n derogarse por Orden Ejecutiva o por otro Memorando Administrativo. Los
Memorandos Administrativos anteriores quedar�n derogados cuando est�n en conflicto con
un nuevo Memorando Administrativo o una Orden Ejecutiva. En los nuevos Memorandos
Administrativos se har� referencia expresa a la decisi�n anterior que quede derogada o
modificada.
B. PROCEDIMIENTO PARA SU PREPARACI�N Y CONSIDERACI�N
1. Participaci�n del �rea Proponente: El �rea proponente
preparar� el proyecto de Memorando Administrativo y lo enviar� a la Unidad de An�lisis
Administrativo. Cuando el Memorando Administrativo se origine en la Oficina del Secretario
General su preparaci�n podr� ser delegada a la Unidad de An�lisis Administrativo.
2. Participaci�n de la Unidad de An�lisis Administrativo: La
Unidad de An�lisis Administrativo:
a. Consultar� el proyecto con la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos
y con las �reas que pudieren verse afectadas e incorporar� las observaciones pertinentes
de acuerdo con el �rea proponente.
b. Elevar� el proyecto final al Subsecretario de Administraci�n para
que lo someta a consideraci�n del Secretario General y lo firme una vez aprobado por
�ste.
c. Atender� las etapas posteriores de publicaci�n, traducci�n y
distribuci�n.
d. Con la colaboraci�n de la Subsecretar�a de Asuntos Jur�dicos,
preparar� anualmente un �ndice de Memorandos Administrativos vigentes.
Tercero. Derogaci�n: Esta Orden Ejecutiva deroga la Orden
Ejecutiva No. 77-2 de fecha 28 de junio de 1977 titulada "Alcance y Utilizaci�n de
Ordenes Ejecutivas y de Memoranda Administrativos".
Cuarto. Vigencia: Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigencia
en la fecha de su firma.
ALEJANDRO ORFILA
SECRETARIO GENERAL
Fecha: 15 de abril de 1981
Original: espa�ol
ANEXO A
A la Orden Ejecutiva No.
MODELO DE ORDEN EJECUTIVA
SECRETARIA GENERAL
Orden Ejecutiva No.
ASUNTO: TITULO DE LA MATERIA OBJETO DE ORDEN EJECUTIVA, EN MAY�SCULAS
EL SECRETARIO GENERAL,
En ejercicio de las facultades que le confieren...
(Aqu� se citar�n las disposiciones en las que el Secretario General
funda su facultad para dictar la Orden Ejecutiva correspondiente. Cuando exista una
decisi�n espec�fica de la Asamblea General o de los Consejos, la cita incluir� el
n�mero y t�tulo de la resoluci�n y el n�mero del p�rrafo resolutivo pertinente. Si la
decisi�n se funda en las responsabilidades generales que la Carta asigna al Secretario
General, se citar� la parte pertinente del Art�culo 115 de la Carta. Si existe un
fundamento espec�fico se citar� el art�culo correspondiente de la Carta o de las Normas
Generales.)
CONSIDERANDO:
(Se incluir�n considerandos cuando el objetivo de la Orden requiera
una fundamentaci�n que la justifique o explique.)
RESUELVE:
(En esta parte se presentar�, en primer lugar, el texto de la parte
resolutiva de la Orden Ejecutiva, cuyos p�rrafos y subp�rrafos ser�n identificados por
n�meros y letras.)
(En segundo t�rmino, se har� referencia a Derogaci�n o Enmiendas.
En esta secci�n se har� referencia a las decisiones espec�ficas que se deroguen o
enmienden por la respectiva Orden Ejecutiva.)
(En tercer lugar, se se�alar� la fecha en que entre en Vigencia
la Orden Ejecutiva.)
ALEJANDRO ORFILA
SECRETARIO GENERAL
Fecha: 15 de abril de 1981
Original:
ANEXO B
A la Orden Ejecutiva,
MODELO DE MEMORANDO ADMINISTRATIVO
SECRETARIA GENERAL
Memorando Administrativo No.
ASUNTO: MATERIA OBJETO DEL MEMORANDO ADMINISTRATIVO, EN MAY�SCULAS
I. Decisi�n: Por decisi�n del Secretario General, se dictan
las siguientes disposiciones.
(A continuaci�n aparecer� el texto de la decisi�n cuyos p�rrafos y
subp�rrafos ser�n identificados por n�meros y letras.)
II. Derogaci�n o Enmienda:
(En esta secci�n se har� referencia a las decisiones espec�ficas que
queden derogadas o enmendadas por el presente Memorando Administrativo.)
III. Vigencia:
(En esta secci�n se indicar� la fecha en la cual entrar� en vigencia
el Memorado Administrativo.)
Por Orden del Secretario General
Subsecretario de Administraci�n
Fecha: 15 de abril de 1981
Original: