El Secretario General, en ejercicio de las facultades que le confieren
los Art�culos 115 y 119 de la Carta de la Organizaci�n de los Estados
Americanos, dicta
la siguiente Orden Ejecutiva sobre
LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO
GENERAL ADJUNTO
I. Funciones generales
De conformidad can el Art�culo 121 de la Carta de la Organizaci�n de
los Estados Americanos, el Secretario General Adjunto tiene las siguientes atribuciones:
(1) es el Secretario del Consejo Permanente; (2) es el funcionario consultivo del
Secretario General; (3) act�a como delegado del Secretario General en todo aquello que
�ste le encomendare; y (4) durante la ausencia temporal o impedimento del Secretario
General desempe�a las funciones de �ste.
II. Atribuciones derivadas de su funci�n de Secretario del Consejo
Permanente
1. Actuar como Secretario de la Comisi�n Interamericana de Soluciones
Pac�ficas, la cual funciona como �rgano subsidiario del Consejo Permanente (Art�culo 8
del Estatuto del Consejo Permanente en concordancia con el Art�culo 83 de la Carta).
2. Actuar como Secretario de los organismos y comisiones del Consejo
Permanente (Art�culo 8 del Estatuto del Consejo Permanente).
3. Desempe�ar las funciones de Secretario del Consejo Permanente
cuando �ste act�e provisionalmente como Organo de Consulta de conformidad con el
art�culo 12 del Tratado Interamericano de Asistencia Rec�proca. Actuar asimismo como
Secretario General de la Reuni�n de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores cuando
�sta se convoque para servir de �rgano de Consulta en aplicaci�n del Tratado
Interamericano de Asistencia Rec�proca y la misma se celebre en la sede de la
Organizaci�n. (Art�culo 27 del Reglamento de la Reuni�n de Consulta de Ministros de
Relaciones Exteriores para servir de �rgano de Consulta en aplicaci�n del TIAR).
4. Actuar como Secretario de la Comisi�n Preparatoria de la Asamblea
General (Art�culo 121 de la Carta en concordancia con el art�culo 91 (c) de la misma
Carta).
5. Tener bajo su autoridad el Museo de Arte Contempor�neo de Am�rica
Latina, el cual fue establecido como una unidad independiente bajo la jurisdicci�n del
Secretario del Consejo Permanente por la Asamblea General, mediante la resoluci�n AG/RES.
321 (V-E/77) (Orden Ejecutiva No. 78-4).
III. Atribuciones en ausencia o por impedimento del Secretario
General
Corresponde al Secretario General Adjunto desempe�ar las funciones del
Secretario General durante la ausencia temporal o impedimento de �ste. (Art�culo 121 de
la Carta).
En caso de quedar vacante el cargo de Secretario General, el Secretario
General Adjunto asumir� las funciones de aqu�l hasta que la Asamblea General elija un
nuevo titular para un per�odo completo (Art�culo 114 de la Carta).
IV. Atribuciones consultivas
1. El Secretario General Adjunto ser� el asesor principal del
Secretario General en todo lo relacionado con la pol�tica de personal de la Secretar�a
General. En el desempe�o de esta funci�n le corresponde realizar actividades tales como
las siguientes:
a. Presidir la Junta de Clasificaciones y Ascensos.
b. Presidir el Comit� de Selecci�n para cargos de nivel P-5.
c. Velar por el funcionamiento de los comit�s o juntas que el
Secretario General establezca para fines de asesoramiento en materias tales como control
de vacantes y reducci�n de personal.
2. Presidir la Junta de Publicaciones (Orden Ejecutiva No. 69-6).
3. Participar en las reuniones de la Junta Asesora en la forma
se�alada en la Orden Ejecutiva No. 80-1.
V. Atribuciones por delegaci�n del Secretario General
Quedar�n bajo la autoridad directa del Secretario General Adjunto por
delegaci�n del Secretario General las siguientes dependencias, �reas o actividades de la
Secretar�a General:
1. La Oficina de Secretar�a de la Asamblea General, la Reuni�n de
Consulta y el Consejo Permanente (Ordenes Ejecutivas 75-1 y 78-2).
2. La Oficina de Servicios de Conferencias, Documentos e Idiomas
(Ordenes Ejecutivas 75-1, 75-14 y 78-2).
3. La Secretar�a Permanente de la Comisi�n Interamericana de Mujeres
(Ordenes Ejecutivas 75-1 y 78-2).
4. Los asuntos referentes a las relaciones con los Organismos
Especializados Interamericanos (Orden Ejecutiva 78-2).
VI. Derogaci�n o enmienda de Ordenes anteriores
Mediante esta Orden Ejecutiva modif�canse las Ordenes Ejecutivas 75-1
y 78-2 en la forma que a continuaci�n se indica: Der�gase el texto del No. 2.b. (i) (ii)
y (iii) de la Orden Ejecutiva No. 75-1 y el texto del apartado b. (i) de la Orden
Ejecutiva 78-2.
VII. Vigencia
Esta Orden entrar� en vigencia en la fecha de su firma.
ALEJANDRO ORFILA
Secretario General
Fecha: 1 de abril de 1980