S E C R E T A R I A G E N E R A L |
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ORDEN EJECUTIVA
No. 80-1 |
El Secretario General, en ejercicio de las facultades que le confieren los Art�culos 115 y 119 de la Carta de la Organizaci�n, dicta la siguiente Orden Ejecutiva sobre LA JUNTA ASESORA I. La Junta Asesora tendr� los objetivos y estructuras que se se�alan a continuaci�n:
II. Funcionamiento: La Junta Asesora se reunir� en forma regular cada dos semanas y en forma extraordinaria cuantas veces fuere necesario para conocer de asuntos que, por su urgencia e importancia, no puedan ser diferidos hasta la pr�xima reuni�n regular. El Secretario de la Junta notificar� a sus miembros la fecha de cada reuni�n con 48 horas de anticipaci�n y les har� entrega de todo el material necesario para las discusiones correspondientes. Cualquiera de los miembros de la Junta puede solicitar del Secretario la inclusi�n en la agenda de la pr�xima reuni�n de temas que requieran decisiones de pol�tica, y a este fin deber� preparar el material b�sico correspondiente y entregarlo al Secretario con la debida anticipaci�n, para que �ste lo distribuya en la forma se�alada en el p�rrafo anterior. Durante las reuniones, los miembros podr�n informar sobre cualquier evento, actividad o programa que consideren de inter�s para la Junta. En caso de ausencia temporal de cualquier miembro de la Junta, �ste s�lo podr� hacerse representar por otro funcionario mediante autorizaci�n expresa del Secretario General a tal efecto, la cual le ser� notificada por la Secretar�a. El Secretario General podr� invitar a participar en las sesiones a otros funcionarios, cuando el estudio y examen de un tema espec�fico as� lo aconseje. En tal caso, el funcionario estar� presente en la reuni�n �nicamente mientras se trate el tema espec�fico que motiv� la invitaci�n. El Secretario de la Junta redactar� las actas resumidas de las reuniones. Dichas actas tendr�n car�cter confidencial. La aprobaci�n del acta de la sesi�n anterior constituir� el primer tema de la agenda de cada reuni�n de la Junta. III. Derogaci�n de disposiciones anteriores. Esta Orden Ejecutiva deroga la Orden Ejecutiva No. 75-2 y modifica cualquier otra Orden anterior en todo aquello que sea incompatible con la presente. En cualquier otra Orden Ejecutiva o documento administrativo, donde se lee "Junta Ejecutiva" debe leerse "Junta Asesora". IV. Vigencia: Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigencia en la fecha de su firma.
ALEJANDRO ORFILA Fecha: 18 de marzo de 1980 |