I. Autoridad legal: El Secretario General, en ejercicio de las
facultades que le confieren los art�culos 115 y 119 de la Carta, y 4, 8 y 11 de las
Normas Generales,
ORDENA
II. Disposici�n general: La Secretar�a Ejecutiva para la
Educaci�n, la Ciencia y la Cultura funciona de conformidad con las pol�ticas y
reglamentos vigentes en la Secretar�a General, y tiene las metas, objetivos y estructura
general que se transcriben a continuaci�n.
III. Metas: (a) Promover las relaciones educativas,
cient�ficas, tecnol�gicas y culturales entre todos los Estados miembros de la
Organizaci�n (Carta, Art. 116): (b) Facilitar el cumplimiento de la finalidad del CIECC
de promover las relaciones amistosas y el entendimiento mutuo entre los pueblos de
Am�rica, mediante la cooperaci�n y el intercambio educativos, cient�ficos y culturales
de los Estados miembros, con el objeto de elevar el nivel cultural de sus habitantes;
reafirmar su dignidad como personas, capacitarlas plenamente para las tareas del progreso,
y fortalecer los sentimientos de paz, democracia y justicia social que han caracterizado
su evoluci�n. (Carta, Art. 100), y (c) Contribuir a la realizaci�n de los prop�sitos
esenciales de la Organizaci�n establecidos en el art�culo 2 de la Carta.
IV. Objetivos: Planificar, de acuerdo con las orientaciones del
CIECC, e instrumentar y ejecutar los programas que apruebe el CIECC para el desarrollo
educativo, cient�fico, tecnol�gico y cultural del hemisferio dentro del concepto de
eficacia administrativa, ejercicio de la econom�a y m�xima utilizaci�n de los recursos
humanos y financieros que ponga a su disposici�n la Asamblea General mediante las
apropiaciones de la resoluci�n de Programa-Presupuesto de la Organizaci�n.
V. Estructura General:
A. Oficina del Secretario Ejecutivo:
1. Esta dependencia proveer� orientaci�n, liderazgo y coordinaci�n
para la instrumentaci�n y ejecuci�n de los programas aprobados; para la prestaci�n de
servicios t�cnicos y administrativos a los cuerpos gobernantesa y para la
operaci�n desconcentrada de los programas de conformidad con los requerimientos de los
Estados miembros.
2. Contar� con los siguientes comit�s permanentes:
a. Comit� de coordinaci�n de pol�ticas y su instrumentaci�n;
b. Comit� de coordinaci�n t�cnica y an�lisis de la ejecuci�n de
los programas, proyectos y actividades del �rea, y
c. Comit� de coordinaci�n de informaciones y publicaciones.
B. Departamento de Asuntos Educativos:
1. Tiene a su cargo el dise�o, instrumentaci�n y ejecuci�n de los
programas, proyectos y actividades educativos o de su competencia que aprueben el CIECC y
la Asamblea General y la realizaci�n de acciones o prestaci�n de servicios que, en
armon�a con las disposiciones contenidas en la Carta de la OEA y dem�s instrumentos
vigentes en el campo de la educaci�n, acuerden el Secretario General y el Secretario
Ejecutivo.
2. Administra el Programa Regional de Desarrollo Educativo como un
instrumento de cooperaci�n multinacional cuyo objetivo es el de fortalecer los servicios,
instituciones y programas educativos de los Estados miembros de la Organizaci�n; estimula
los esfuerzos nacionales a fin de elevar la calidad de la educaci�n y acelerar el proceso
de expansi�n de los sistemas educativos en todos los niveles; y promueve la integraci�n
latinoamericana por medio de la educaci�n, para lograr lo cual incorpora proyectos que
muestran un aspecto de modernizaci�n y b�squeda de medios especiales con el prop�sito
de alcanzar una mayor eficiencia y productividad del sistema e introducir en las
instituciones el g�rmen de modernizaci�n e innovaci�n.
Junto con lo anterior, realiza estudios e investigaciones en el �rea
educativa y lleva a cabo un programa de difusi�n e informaci�n en dicho campo para
atender los requerimientos de los Estados miembros y los mandatos de los �rganos
t�cnicos y de decisi�n.
3. Presta los servicios directos de cooperaci�n para el desarrollo,
los regulares de secretar�a y los de apoyo general, dentro de las apropiaciones bienales
que se aprueben, conforme al financiamiento anual que se obtenga en los distintos Fondos
que sostienen el programa regional. Adem�s, cuando se le solicite, puede servir como
agencia ejecutora especializada de organismos internacionales de cr�dito, para la
realizaci�n de proyectos relacionados con el desarrollo educativo de la regi�n.
4. Comprende las siguientes dependencias:
a. Direcci�n (incluye a los Subdirectores, tambi�n a cargo de las
Divisiones)
b. Divisi�n de perfeccionamiento de agentes e instrumentos, con las
siguientes unidades t�cnicas:
i. Mejoramiento de sistemas educativos, y
ii. Planeamiento, investigaci�n y estudios de la educaci�n.
c. Divisi�n de cambio educativo, con las siguientes unidades
t�cnicas:
i. Experimentaci�n, educaci�n para el trabajo y proyectos especiales,
y
ii. Comunicaci�n para la educaci�n - Centro de documentaci�n.
5. Adem�s, con el objeto de acentuar el car�cter interdisciplinario,
intersectorial e interdepartamental de sus actividades, existir�n los siguientes comit�s
estables:
a. Comit� de pol�tica y programaci�n;
b. Comit� de evaluaci�n educativa, y
c. Comit� de documentos y publicaciones
Tambi�n habr� Comit�s ad-hoc de coordinaci�n interdisciplinaria
(dentro y fuera del programa regional)
A nivel de la Direcci�n, existir� una coordinaci�n con otras
agencias internacionales.
C. Departamento de Asuntos Cient�ficos y Tecnol�gicos:
1. Tiene a su cargo el dise�o, instrumentaci�n y ejecuci�n de los
programas, proyectos y actividades cient�ficos y tecnol�gicos o de su competencia que
aprueben el CIECC y la Asamblea General y los servicios que dispongan el Secretario
General y el Secretario Ejecutivo.
2. Administra el Programa Regional de Desarrollo Cient�fico y
Tecnol�gico, como un instrumento de cooperaci�n multinacional para el mejoramiento de la
capacidad nacional y regional en ciencia y tecnolog�a; promueve la aplicaci�n de la
ciencia y la tecnolog�a al problema del desarrollo integral, y coopera en la integraci�n
latinoamericana.
3. Presta los servicios directos de cooperaci�n para el desarrollo,
los servicios regulares de Secretar�a y los servicios de apoyo general dentro de las
apropiaciones bienales que se aprueben, conforme al financiamiento anual que se obtenga en
los distintos fondos que sostienen el programa regional.
4. Comprende las siguientes dependencias:
a. Direcci�n (incluye a los Subdirectores, tambi�n a cargo de las
Divisiones)
b. Divisi�n de infraestructura y aplicaci�n cient�fica y
tecnol�gica, con las siguientes unidades t�cnicas:
i. Infraestructura cient�fica;
ii. Infraestructura tecnol�gica, y
iii. Aplicaci�n de la ciencia y la tecnolog�a al desarrollo.
c. Divisi�n de planificaci�n, programaci�n y evaluaci�n, con los
siguientes componentes:
i. Unidad t�cnica de organizaci�n y gesti�n en ciencia y
tecnolog�a, y
ii. Equipo t�cnico de planificaci�n y programaci�n.
5. Adem�s, con el objeto de acentuar el car�cter interdisciplinario,
intersectorial e interdepartamental de sus actividades, existir�n los siguientes comit�s
estables:
a. Comit� de pol�tica y programaci�n, y
b. Comit� de documentos y publicaciones
Tambi�n habr� un Comit� ad-hoc de coordinaci�n interdisciplinaria
(dentro y fuera del programa regional).
D. Departamento de Asuntos Culturales:
1. Tiene a su cargo la instrumentaci�n y ejecuci�n de los programas,
proyectos y actividades human�sticos y culturales o de su competencia que aprueben el
CIECC y la Asamblea General y los servicios que dispongan el Secretario General y el
Secretario Ejecutivo.
2. Administra el Programa Regional de Desarrollo Cultural como un
instrumento multinacional para procurar que las expresiones culturales propias de los
distintos pa�ses puedan manifestarse adecuada y libremente; que los bienes de la cultura
se difundan en la forma m�s amplia posible y por los medios que faciliten su acceso y
aprovechamiento, que se proteja el patrimonio cultural revaloriz�ndolo e
increment�ndolo, y que se intensifique el intercambio cultural, procurando una
comunicaci�n interamericana m�s efectiva y la afirmaci�n de la personalidad cultural de
la regi�n, sin cuya existencia no puede concebirse un desarrollo estable y sostenido.
3. Presta los servicios directos de cooperaci�n para el desarrollo,
los servicios regulares de Secretar�a y los servicios de apoyo general dentro de las
apropiaciones bienales que se aprueben, conforme al financiamiento anual que se obtenga en
los distintos fondos que sostienen el programa regional.
4. Comprende las siguientes dependencias:
a. Direcci�n (incluye al Subdirector, tambi�n a cargo de la Divisi�n
de planificaci�n, investigaci�n y desarrollo)
b. Divisi�n de acci�n cultural, con las siguientes unidades
t�cnicas:
i. Protecci�n y fomento del patrimonio hist�rico y art�stico, y su
entorno;
ii. Informaci�n, comunicaci�n y difusi�n cultural, y
iii. Artes del espect�culo.
c. Divisi�n de planificaci�n, investigaci�n y desarrollo, con las
siguientes unidades t�cnicas:
i. Pol�ticas culturales y financiamiento e
ii. Investigaciones culturales interdisciplinarias.
d. Centro de documentaci�n, que depende directamente de la direcci�n
del departamento.
5. Adem�s, con el objeto de acentuar el car�cter interdisciplinario,
intersectorial e interdepartamental de sus actividades, existir�n los siguientes comit�s
estables:
a. Comit� de pol�tica y programaci�n, y
b. Comit� de documentos y publicaciones
Tambi�n habr� un Comit� ad-hoc de coordinaci�n interdisciplinaria
(dentro y fuera del programa regional)
VI. Autorizaci�n al Secretario Ejecutivo:
1. Autor�zase al Secretario Ejecutivo para la Educaci�n la Ciencia y
la Cultura a efectuar las transferencias de funciones e iniciar los tr�mites de
transferencias de los miembros del personal dentro de su �rea a fin de instrumentar la
presente Orden Ejecutiva, en el entendido de que tales transferencias no tendr�n
implicaciones de aumento presupuestario, no modificar�n la cantidad de personal
profesional y de servicios generales ni dar�n lugar a cambios de clasificaci�n ni
reclasificaciones.
2. Esta reestructuraci�n de los Departamentos comenzar� en la fecha
en que entre en vigencia esta Orden Ejecutiva y se completar� paulatinamente no
m�s tarde del 30 de junio de 1979.
VII. Derogaci�n o enmienda de decisiones anteriores: Sobre la
base de esta Orden Ejecutiva deber� revisarse el MANUAL DE ORGANIZACION DE LA SECRETARIA
GENERAL DE LA OEA (Doc.SG/Ser. A/1-1 junio 1977).
VIII. Vigencia: Esta Orden Ejecutiva entrar� en vigencia en la
fecha de su firma.
APROBADO
Alejandro Orfila
Secretario General
Fecha: 31 de enero de 1979