S E C R E T A R I A G E N E R A L |
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ORDEN EJECUTIVA
No. 76-7 |
De acuerdo con la Resoluci�n adoptada por el Consejo Permanente en su sesi�n del 31 de marzo de 1976 en orden a establecer, en el anexo del edificio principal, el Museo de Arte Contempor�neo de Am�rica Latina, que se iniciar� con la actual colecci�n permanente de la Organizaci�n de los Estados Americanos (CP/doc. 538/76), se establece el Museo de Arte Contempor�neo de Am�rica Latina (en adelante llamado Museo) como una dependencia de la Secretar�a General de la Organizaci�n de los Estados Americanos, cuyas finalidades ser�n exclusivamente de orden art�stico, educativo e informativo. I. El Museo llevar� a cabo las siguientes actividades:
II. Junta de Patronos (o S�ndicos). Con el objeto de recibir los consejos y asesor�a de la comunidad a la que sirve el Museo, el Secretario General nombrar� una Junta de Patronos (o S�ndicos) constituida por quince personalidades de las Am�ricas. Por razones pr�cticas, diez de tales miembros se escoger�n entre personas que vivan en Washington, D.C. o en sus proximidades; los restantes cinco miembros ser�n escogidos entre residentes de los dem�s Estados miembros de la OEA. La designaci�n, funciones y dem�s particularidades a que se sujetar� la Junta de Patronos (o S�ndicos), estar�n establecidas en un reglamento que el Secretario General propondr� a la propia Junta en su instalaci�n. III. Comit� de Adquisiciones. El Secretario General nombrar� a los tres miembros del Comit� de Adquisiciones, el cual operar� en la misma forma en que ha venido operando hasta ahora. Por razones pr�cticas, los miembros del Comit� de Adquisiciones deber�n residir en Washington, D.C. o en sus alrededores. IV. Organizaci�n y Personal. El Museo figurar� como proyecto del Departamento de Asuntos Culturales. El Director ser� el Jefe de la Unidad de Artes Visuales. V. Venta de Art�culos y bienes. La venta en el Museo de art�culos tales como cat�logos, reproducciones de obras de arte y otros bienes de similar naturaleza, y los ingresos correspondientes, se regular�n mediante las normas existentes en la Secretar�a General a este respecto, y en ning�n caso podr�n servir para otros fines que no sean los propios de la Organizaci�n de los Estados Americanos. VI. Relaciones con otras instituciones y agrupaciones similares. Se procurar� que el Museo se incorpore a la Asociaci�n Nacional de Museos de los Estados Unidos, a la Asociaci�n Internacional de Museos y a toda otra agrupaci�n con la cual tenga afinidad y haya conveniencia en hacerlo. VII. Seguridad. El Subsecretario de Administraci�n tomar� las providencias para proveer los servicios necesarios de seguridad para el Museo. VIII. Provisi�n Transitoria. Los gastos que ocasiona la operaci�n del Museo durante el actual ejercicio fiscal se financian mediante ajustes en el actual programa y presupuesto del Departamento de Asuntos Culturales hechos en consulta con la Oficina de Programa y Presupuesto. Para el pr�ximo ejercicio, el Subsecretario preparar� un proyecto para la operaci�n del Museo.
Alejandro Orfila 16 de noviembre de 1976
1976 - A�o del Sesquicentenario del Congreso Anficti�nico de Panam� |