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EL SECRETARIO GENERAL,
En ejercicio de las facultades que le
confieren los artículos 108 y 112 de la Carta y los artículos 4, 8 y
12 de las Normas Generales para el Funcionamiento de la Secretaría
General,
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución AG/RES. 3 (XXVI-E/99),
la Asamblea General aprobó el Estatuto de la Agencia Interamericana
para la Cooperación y el Desarrollo ("AICD" o la Agencia"),
el cual dispone que la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral
("SEDI" o "la Secretaría Ejecutiva"), dependencia
de la Secretaría General, actuará como la Secretaría Ejecutiva de la
AICD.
Que por Orden Ejecutiva No. 96-1, se
estableció una estructura de transición para la SEDI como Secretaría
Ejecutiva de la AICD, y por medio de la Orden Ejecutiva No. 99-4, se
estableció una nueva estructura para esta dependencia.
Que es necesario modificar la
estructura de la SEDI y actualizar las funciones de sus dependencias
para que sea acorde con los nuevos procedimientos, estrategias y
tácticas de acción establecidos en el Plan de Negocios y otras
decisiones de la Junta Directiva de la Agencia.
RESUELVE:
Primero:
La SEDI tendrá la estructura,
responsabilidades y funciones que se señalan a continuación:
I. DEPENDENCIAS
ADMINISTRATIVAS
La SEDI estará integrada por las
siguientes dependencias:
1. La Oficina del Secretario
Ejecutivo para el Desarrollo Integral/Director General de la
AICD.
2. El Departamento para el Desarrollo
de Programas.
3. El Departamento de
Tecnología de la Información y Desarrollo Humano.
4. El Departamento de Operaciones y
Finanzas.
II. RESPONSABILIDADES Y
FUNCIONES DEL SECRETARIO EJECUTIVO
PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL/DIRECTOR
GENERAL DE LA AICD
El Secretario Ejecutivo para el
Desarrollo Integral/Director General de la AICD ("Director
General") dirigirá las funciones que la Carta de la OEA otorga a
la Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral y desempeñará las
funciones establecidas en el Estatuto del CIDI, el Estatuto de la AICD y
otras normas y reglamentaciones pertinentes de la Organización.
III. LA OFICINA DEL
DIRECTOR GENERAL
A. Estructura
Esta Oficina estará conformada por el
Director General, quien responderá directamente ante el Secretario
General, y por el personal que el Secretario Ejecutivo asigne para el
cumplimiento de las responsabilidades que le asignan los documentos
normativos de la Organización. Contará con una Unidad de Políticas de
Cooperación para dar atención y seguimiento a los mandatos de sus
cuerpos gobernantes.
B. Responsabilidades y funciones
La Oficina apoyará al Director General
en el cumplimiento de las funciones de supervisión, administración y
de control general de la Secretaría Ejecutiva que le corresponden.
IV. EL DEPARTAMENTO PARA
EL DESARROLLO DE PROGRAMAS
A. Estructura
El Departamento para el Desarrollo de
Programas estará conformado por un Director, directamente responsable
ante el Director General, y el personal que el Director General asigne
al Departamento. El Director administrará, coordinará y tendrá la
responsabilidad técnica por la labor del Departamento y por la
productividad y el desempeño de su personal.
B. Responsabilidades y funciones
1. Formular, promover y
negociar acuerdos para la movilización de recursos humanos,
técnicos y financieros con agencies de cooperación para el
desarrollo, públicas y privadas, de los Estados miembros o de
los países observadores permanentes, así como también con
organizaciones de cooperación regionales e internacionales,
instituciones financieras y otras entidades.
2. Planificar, programar y
desarrollar los servicios de cooperación técnica para el
desarrollo, orientados a los países del hemisferio, a través
de procesos que consideren, entre otros aspectos, identificar
sus necesidades, reconocer las mejores prácticas para proveer
cooperación técnica que atiendan dichas necesidades, definir
productos y servicios, identificar proveedores de los mismos.
3. Promover y realizar acciones
para movilizar recursos del sector privado y de organizaciones
de la sociedad civil, con el fin de brindar productos y
servicios a los países de la región. Establecer coordinaciones
y llevar a cabo acciones para impulsar actividades de
cooperación horizontal como un componente significativo en las
estrategias de promoción para el desarrollo.
4. Identificar perfiles de
proyectos promisorios presentados por Estados miembros para ser
financiados con recursos del Fondo Especial Multilateral del
CIDI (FEMCIDI) y preparar una propuesta preliminar de estos;
asesorar a los Estados miembros en la formulación de sus
propuestas de proyectos y elaborar la propuesta anual de
programación de actividades de cooperación solidaria
financiada con los recursos del FEMCIDI; preparar los acuerdos
de ejecución y cualquier otra documentación necesaria para
obligar los recursos asignados a las distintas actividades de
cooperación solidaria aprobadas; y mantener un sistema
relevante de información sobre el estado de avance en sus
distintas fases de planeamiento y ejecución de los proyectos.
5. Administrar los distintos
fondos del Trust of The Americas, provenientes de los
Estados miembros, donantes externos y organizaciones
internacionales para el desarrollo de actividades y proyectos
específicos de la Agencia. Asesorar a la Junta Directiva del Trust
of The Americas.
6. Identificar las experiencias
significativas en las distintas áreas temáticas de la Agencia
adoptadas por sus programas y promover el intercambio de sus
experiencias con instituciones, agencias, entidades
gubernamentales, el sector privado y organizaciones de la
sociedad civil para consolidar y expandir las actividades de la
AICD.
7. Contribuir a la promoción,
la sistematización, el intercambio y la difusión de
información especializada en los campos prioritarios
establecidos por el CIDI.
8. Participar en la
elaboración del proyecto de programa y presupuesto de la AICD
para la consideración del Director General e implementar el
presupuesto de la Agencia aprobado por la Asamblea General.
9. Formular y proponer al
Director General políticas, programas y procedimientos
vinculados con su área programática.
10. Cooperar en la prestación
de servicios de Secretaría técnica de comités, juntas y
grupos de trabajo vinculados con su área de competencia.
V.
EL DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA DE LA
INFORMACIÓN
Y DESARROLLO HUMANO
A. Estructura
El Departamento de Tecnología de la
Información y Desarrollo Humano estará conformado por un Director,
directamente responsable ante el Director General, y por el personal que
el Director General asigne al Departamento. Corresponden al Director la
administración, coordinación y la responsabilidad técnica por la
labor del Departamento y por la productividad y el desempeño de su
personal.
B. Responsabilidades y funciones
1. Promover la formación de
recursos humanos en los Estados miembros a través de programas
de becas y entrenamiento, capacitación, crédito educativo,
intercambio profesional y académico, sistemas de
enseñanza-aprendizaje a distancia y otras modalidades
multimediales.
2. Realizar alianzas
estratégicas para el otorgamiento de becas, así como la
expansión y diversificación de los servicios de becas
proporcionados a los Estados miembros en materia de
entrenamiento, formación, actualización y reconversión
educacional, a fin de mejorar su eficacia y eficiencia.
3. Planificar y realizar nuevas
modalidades en materia de becas y formación de recursos humanos,
asegurar la adecuada administración de los programas existentes
de la Organización y brindar asesoramiento sobre estos temas
para la consideración de los cuerpos políticos de la
Organización. Adoptar un sistema electrónico para la
administración y el control de gestión de los programas de
becas, y mantener bases de datos actualizadas e interactivas de
sus servicios y poblaciones-meta.
4. Desarrollar sistemas de
información a partir de los recursos más avanzados de la
tecnología de la información y telecomunicaciones para ampliar
el acceso a una información de calidad sobre las oportunidades
educativas en materia de formación de recursos humanos en sus
distintos niveles, formas y modalidades, y para expandir el
conocimiento sobre ofertas de oportunidades de capacitación,
programas de educación a distancia y otras actividades
similares existentes en los Estados miembros y en los Estados
observadores permanentes.
5. Impulsar la captación y
movilización de recursos financieros para los distintos tipos
de actividades, programas y proyectos de formación de recursos
humanos en sus modalidades convencionales y no convencionales.
6. Fomentar actividades de
cooperación técnica para los países de la región a través
del desarrollo de acciones prototipo y experimentales para la
aplicación de los modernos recursos tecnológicos de
información y comunicación en programas de formación
educativa de recursos humanos. Para ese fin se promoverán
acuerdos para la movilización de recursos técnicos y
financieros con el sector gubernamental, instituciones de la
sociedad civil y entidades del sector privado.
7.
Organizar, desarrollar, dirigir y
mantener los sitios y portales electrónicos de la Agencia a fin
de proveer un servicio de información especializada sobre las
actividades de cooperación, colaboración e intercambio que se
realizan en cumplimiento de los mandatos de los órganos
políticos de la Organización.
8. Actuar como Secretaría
Técnica del Fondo Rowe y participar en la Comisión del mismo,
teniendo en cuenta su Estatuto y Reglamento.
9. Colaborar en la elaboración
del proyecto de programa-presupuesto de la AICD para la
consideración del Director General e implementar el presupuesto
de la Agencia aprobado por la Asamblea General.
10. Cooperar en la prestación
de servicios de secretaría técnica de comités, juntas y
grupos de trabajo vinculados con su área de competencia.
VI. EL DEPARTAMENTO DE
OPERACIONES Y FINANZAS
A. Estructura
El Departamento de Operaciones y
Finanzas estará conformado por un Director, directamente responsable
ante el Director General, y por el personal que el Director General
asigne al Departamento. Corresponde al Director la administración,
coordinación y responsabilidad técnica por la labor del Departamento y
por la productividad y el desempeño de su personal.
B. Responsabilidades y funciones
1. Asesorar al Director General
sobre los métodos y procedimientos a utilizar a efectos de dar
cumplimiento a los mandatos de la Asamblea General y demás
órganos políticos, sobre políticas y procedimientos
presupuestarios, financieros y administrativos.
2. Coordinar la elaboración
del proyecto de programa-presupuesto para la consideración del
Director General y de los órganos políticos competentes de la
Organización, e implementar el presupuesto de la Agencia
aprobado por la Asamblea General, con la participación de cada
una de las demás dependencias de la AICD.
3. Verificar que los niveles de
asignación de los recursos para los programas aprobados cumplan
con las disposiciones presupuestarias aprobadas por la Asamblea
General.
4. Preparar todos los informes
financieros de la AICD de acuerdo con los principios contables y
financieros aprobados por la Organización. Asegurar el registro
y operación oportuna y efectiva de todas las gestiones
financieras. Preparar los estados financieros y los informes de
los fondos, subfondos, cuentas y subcuentas especiales, para
fines de auditoría.
5. Desempeñar las funciones de
administración, tesorería, contabilidad y finanzas de la AICD.
Establecer y mantener las cuentas y subcuentas que administra de
la AICD. Preparar el calendario de ingresos de recursos al
FEMCIDI, a los fondos específicos y fiduciarios de la AICD en
consulta con las delegaciones de los Estados miembros y demás
sujetos aportantes de recursos; registrar y administrar la
recaudación de las contribuciones y aportes a cada uno de esos
fondos. Dirigir servicios de licitación y de compras.
6. Administrar las obligaciones
y los desembolsos de los recursos del FEMCIDI, del Fondo de
Operaciones de la AICD, los fondos específicos y fiduciarios
encomendados a la AICD y cualquier otro recurso encomendado a la
AICD, en coordinación con las demás áreas de la AICD y de
conformidad con las normas y los acuerdos pertinentes.
7. Examinar todas las
obligaciones financieras antes que sean sometidas al Director
General para su aprobación y controlar que cumplan con las
normas de administración financiera de la Organización.
Custodiar el efectivo y ser responsable del manejo operativo de
las inversiones y demás valores monetarios confiados a la AICD,
así como de las relaciones bancarias.
8. Estudiar el estado y la
evolución del sistema financiero regional e intencional en
bancos y mercados, en materia de préstamos reembolsables y no
reembolsables, crecimiento económico, situación bursátil,
tendencias de los mercados, tasas de inversión y otras
modalidades, a fin de identificar nuevas fuentes de recursos
para la cooperación solidaria. Mantener información
actualizada de los mecanismos y procedimientos de cooperación
financiera empleados por otras agencias e instituciones
regionales e internacionales.
9. Planificar, dirigir y
prestar todos los servicios operativos y funcionales necesarios
para el normal desarrollo de las actividades de la AICD.
10. Cooperar en la prestación
de servicios de Secretaría técnica de comités, juntas y
grupos de trabajo vinculados con su área de competencia.
Segundo:
Derogaciones y enmiendas
La presente Orden Ejecutiva deroga
expresamente la Orden Ejecutiva No. 99-4 y deroga, además,
toda norma, documento o práctica de la Secretaría General que sea
contraria a lo establecido en la presente Orden Ejecutiva.
Tercero:
Vigencia
Esta Orden Ejecutiva entrará en vigor
al momento de su firma.

Fecha: 13 de febrero del 2001
Original: Español
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