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S E C R E T A R I A      G E N E R A L

MEMORANDUM ADMINISTRATIVO NO. 77
ASUNTO: PROCEDIMIENTO PARA LA REVISION DE LAS DECLARACIONES DE CONEXIONES Y DE PATRIMONIO NETO PRESENTADAS EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 115 DE LAS NORMAS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARIA GENERAL Y LA REGLA DE PERSONAL 101.7 (d)

 

I. DECISION. Por decisi�n del Secretario General, se establece el siguiente procedimiento para la revisi�n y el procesamiento de las declaraciones de conexiones y patrimonio neto (Formularios OEA 563-A y B) ("Declaraciones") presentadas por cada miembro del personal a quien se requiere el cumplimiento de las disposiciones del art�culo 115 de las Normas Generales y la Regla de Personal 101.7(d).

1. Los Secretarios Ejecutivos y Subsecretarios, y el Jefe y Subjefe de Gabinete del Secretario General presentar�n sus declaraciones al Secretario General. El Secretario General revisar� cada declaraci�n para verificar la existencia de posibles conflictos de intereses. El Secretario General tendr� en cuenta los deberes y responsabilidades de dichas personas dentro de la Secretar�a General y determinar� si considera que las mismas tienen un conflicto de intereses directo, indirecto o aparente con el desempe�o de sus deberes y responsabilidades. Si el Secretario General considera que existe tal conflicto, enviar� la declaraci�n al Director del Departamento de Recursos Humanos (DRH) y solicitar� que el Director refiera el asunto al Comit� de Etica. Todas las dem�s declaraciones recibidas por el Secretario General tambi�n ser�n enviadas al Director del DRH para su archivo en los legajos de los miembros del personal.

2. El Jefe de Gabinete del Secretario General Adjunto presentar� su declaraci�n al Secretario General Adjunto. El Secretario General Adjunto revisar� la declaraci�n para determinar posibles conflictos de intereses, y seguir� el procedimiento establecido en el p�rrafo I.1 de este memor�ndum.

3. Los Directores presentar�n sus declaraciones al Secretario Ejecutivo o Subsecretario que corresponda, o al Secretario General o el Secretario General Adjunto en el caso de que los Directores se encuentren bajo la supervisi�n directa de cualquiera de ellos. El funcionario a quien se presente tal declaraci�n la revisar� para determinar la existencia de posibles conflictos de intereses, y seguir� el procedimiento establecido en el p�rrafo I.1 de este memor�ndum.

4. Todos los miembros del personal afectados por el Art�culo 115 de las Normas Generales y la Regla de Personal 101.7(d) presentar�n sus declaraciones a sus respectivos Directores. Los mismos revisar�n las declaraciones para determinar la posible existencia de conflictos de intereses, y seguir�n el procedimiento establecido en el p�rrafo I.1 de este memor�ndum.

5. El funcionario encargado de la revisi�n firmar� y fechar� cada declaraci�n que revise.

6. Al recibir una solicitud de referencia al Comit� de Etica en virtud de los p�rrafos I.1, I.2, I.3 o I.4 de este memor�ndum, el Director del DRH referir� prontamente el caso al Comit� de Etica para su consideraci�n.

7. Cuando el Comit� de Etica recibe la referencia del Director del DRH, considerar� el caso y presentar� sus recomendaciones al Secretario General de acuerdo con el Reglamento de dicho Comit�.

8. El Subsecretario de Administraci�n est� examinando posibles m�todos para agilizar el proceso de revisi�n de las declaraciones mediante el empleo de m�todos de procesamiento electr�nico facilitados por el sistema de correo electr�nico. Las instrucciones relacionadas con tales m�todos se emitir�n cuando los mismos se hallen en funcionamiento.

II. REVOCACION 0 ENMIENDAS. El presente memor�ndum reemplaza todos los procedimientos y pr�cticas de la Secretar�a General que puedan opon�rseles.

III. VIGENCIA. El presente memor�ndum administrativo entrar� en vigencia en la fecha de su firma.

 

 

Phillip McLean
Subsecretario de Administraci�n

 

 

Fecha: 2 de junio de 1995
Original: ingl�s