Primera etapa: Argentina, Paraguay, Nicaragua, Uruguay, Ecuador y Honduras
- NORMAS RELACIONADAS CON LOS SISTEMAS PARA LA CONTRATACIÓN DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y PARA LA ADQUISICIÓN
DE BIENES Y SERVICIOS POR PARTE DEL ESTADO
(ARTÍCULO III, PÁRRAFO 5 DE LA CONVENCIÓN)
- Normas sobre los sistemas para la contratación de funcionarios públicos en relación con:
- Normas sobre los sistemas para la adquisición de bienes y servicios por parte del Estado en relación con:
- Sistemas de contratación con licitación pública y sin licitación pública;
- Autoridades rectoras o administradoras de los sistemas;
- Mecanismos de control;
- Registro de contratistas;
- Medios electrónicos y sistemas de información para la contratación pública;
- Contratos para obras públicas;
- Criterios para la selección de contratistas;
- Recursos de impugnación
- Normas sobre los sistemas para proteger a los funcionarios públicos y ciudadanos particulares que denuncien de
buena fe Actos de Corrupción en relación con:
- Normas que tipifiquen los actos de corrupción previstos en el articulo vi.1 de la convención
NOTA: En este aparte es pertinente transcribir los párrafos correspondientes
- Normas sobre los sistemas para la contratación de funcionarios públicos en relación con:
