B-2: CODIGO SANITARIO PANAMERICANO ADOPTADO EN: LA HABANA, CUBA FECHA: 11/14/24 CONF/ASAM/REUNION: SEPTIMA CONFERENCIA SANITARIA PANAMERICANA ENTRADA EN VIGOR: / / PARA CADA PAIS DESDE LA FECHA DE DEPOSITO DE LA RATIFICACION, CONFORME A SU PROTOCOLO ADICIONAL. DEPOSITARIO: MINISTERIO DE ESTADO DE CUBA (INSTRUMENTO ORIGINAL Y RATIFICACIONES). TEXTO: DOCUMENTO OFICIAL, OPS, NO. 188. , , REGISTRO ONU: / / No. Vol. OBSERVACIONES: V�anse los protocolos adicionales al C�digo Sanitario Panamericano B-3 (1) Y B-3 (2). INFORMACION GENERAL DEL TRATADO: B-2 =============================================================================== PAISES SIGNATARIOS FECHA REF RA/AC/AD REF DEPOSITO INST INFORMA REF =============================================================================== Argentina ........... 11/14/24 09/27/37 11/15/37 RA / / Bolivia ............. 11/14/24 03/22/29 06/17/29 RA / / Brasil .............. 11/14/24 10/29/29 02/06/30 RA / / Chile ............... 11/14/24 10/03/29 11/14/29 RA / / Colombia ............ 11/14/24 06/21/33 07/27/33 RA / / Costa Rica .......... 11/14/24 12/13/26 01/21/27 RA / / Cuba ................ 11/14/24 06/26/25 06/26/25 RA / / Ecuador ............. 11/14/24 09/27/30 03/11/31 RA / / El Salvador ......... 11/14/24 05/28/26 11/29/26 RA / / Estados Unidos ...... 11/14/24 03/28/25 04/13/25 RA / / Guatemala ........... 11/14/24 05/10/33 06/21/33 RA / / Haiti ............... 11/14/24 06/25/26 05/25/27 RA / / Honduras ............ 11/14/24 01/15/27 03/14/27 RA / / M�xico .............. 11/14/24 03/01/29 R a 04/24/29 RA / / Nicaragua ........... / / 12/17/25 / / AD / / Panam� .............. 11/14/24 03/09/29 04/30/29 RA / / Paraguay ............ 11/14/24 06/14/39 07/21/39 RA / / Per� ................ 11/14/24 11/20/26 04/21/27 RA / / Rep�blica Dominicana 11/14/24 11/18/29 04/25/32 RA / / Uruguay ............. 11/14/24 12/14/28 02/06/29 RA / / Venezuela ........... 11/14/24 03/13/33 04/26/33 RA / / =============================================================================== REF = REFERENCIA INST = TIPO DE INSTRUMENTO D = DECLARACION RA = RATIFICACION R = RESERVA AC = ACEPTACION INFORMA = INFORMACION REQUERIDA POR EL TRATADO AD = ADHESION B-2. CODIGO SANITARIO PANAMERICANO a. M�xico: (Reservas hechas al ratificar el C�digo) I.El Gobierno mexicano declara que est� conforme con hacer la notificaci�n forzosa de las enfermedades que figuran en la lista del art�culo III del C�digo Sanitario Pan-Americano y de cualesquiera otras enfermedades que la Oficina Sanitaria Pan-Americana, mediante la debida resoluci�n, agregue a la lista que antecede, siempre y cuando que M�xico haya estado conforme con esa Resoluci�n. II. El Gobierno mexicano declara que s�lo est� conforme con rendir los avisos a que se refieren los art�culos IV, V, VI, y VII, del C�digo Sanitario Pan-Americano, trat�ndose del Tifus Exantem�tico, la Viruela y de las enfermedades no espec�ficamente se�aladas siempre y cuando tales enfermedades revistan una forma grave y epid�mica. III. El Gobierno mexicano declara que no puede aceptar que en los modelos de patente de Sanidad a que se refiere el C�digo Sanitario Pan-Americano, figure la determinaci�n del n�mero de casos de defunci�n causados por la Viruela y el Tifo, no pudiendo asimismo aceptar que el modelo de patente que adopte sea materialmente igual al modelo del C�digo Sanitario Panamericano. IV. El Gobierno mexicano declara que se entender� por un puerto infectado aqu�l en donde hubiere casos aut�ctonos de c�lera, fiebre amarilla o peste bub�nica. V. El Gobierno mexicano declara que est� conforme con que: la Organizaci�n, funciones y deberes de la Oficina Sanitaria Pan-Americana, deber�n incluir a aqu�llos que hasta ahora han dispuesto o determinado las varias conferencias sanitarias internacionales y otras conferencias de las Rep�blicas Americanas, siempre y cuando lo que se incluya en la Orga- nizaci�n, funciones y deberes de la Oficina Sanitaria Pan-Americana no se oponga con aquellas resoluciones o conclusiones de Conferencias Sanitarias Internacionales o de Conferencias de las Rep�blicas Americanas con las cuales se hubiere mostrado inconforme, o se trate de resoluciones o conclusiones de futuras conferencias Pan-Americanas con las cuales no est� conforme.VI. El Gobierno mexicano declara que est� conforme con que: la Oficina Sanitaria Pan-Americana constituir� la Agencia Sanitaria Central de Coordinaci�n de las varias Rep�blicas que forman la Uni�n Pan-Americana, as� como el Centro General de Recolecci�n de informes sanitarios procedentes de dichas rep�blicas y enviados a las mismas entre s�. Con este fin, de tiempo en tiempo designar� representantes para que visiten y se entrevisten con las autoridades sanitarias de los varios gobiernos signatarios y discutan sobre asuntos de sanidad p�blica. A dichos Representantes se les suministrar�n todos los informes sanitarios disponibles en aquellos pa�ses que visiten en el curso de sus giras y con- ferencias oficiales. VII. El Gobierno mexicano declara que est� conforme con que: a fin de poder desempe�ar con mayor eficacia sus funciones, dicha oficina pueda desempe�ar estudios epidemiol�gicos, cooperativos y otros an�logos; puede emplear con este fin, en su oficina principal o en otros lugares, los peritos que estime convenientes, reserv�ndose el derecho de desconocer valor alguno a los informes o dict�menes de estos peritos cuando juzgue que se apartan de la apreciaci�n exacta de los hechos y de su interpretaci�n cient�fica; puede estimular y facilitar las investigaciones cient�ficas as� como la aplicaci�n y pr�ctica de los resultados de ellos y puede aceptar d�divas, donaciones y legados, que ser�n administrados de la misma manera que actualmente se prescribe para el manejo de los fondos de dicha oficina. VIII. El Gobierno mexicano declara que al ratificar el C�- digo Sanitario Pan-Americano, lo aplicar� con la mayor amplitud en cuanto le fuere posible, bajo las reservas hechas en los puntos que considera inapli- cables y en "v�as de experimentaci�n" para presentar las observaciones sobre sus experiencias en la pr�- xima Conferencia Sanitaria Pan-Americana.