Multilateral Treaties

[Texto del Tratado] [English]

A-63: CONVENCION INTERAMERICANA CONTRA LA FABRICACION Y EL TRAFICO ILICITOS DE ARMAS DE FUEGO, MUNICIONES, EXPLOSIVOS Y OTROS MATERIALES RELACIONADOS

ADOPTADO EN: WASHINGTON D.C.                                              
FECHA: 11/14/97
CONF/ASAM/REUNION: VIGESIMO CUARTO PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES DE LA     
ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
ENTRADA EN VIGOR: 07/01/98  DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO XXV DE LA CONVENCION
DEPOSITARIO: SECRETARIA GENERAL OEA (INSTRUMENTO ORIGINAL Y RATIFICACIONES)
                           ,           ,
TEXTO:                                                              
REGISTRO ONU:   /  /    No.         Vol.       
OBSERVACIONES:       

INFORMACION GENERAL DEL TRATADO: A-63

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PAISES SIGNATARIOS         FECHA   REF RA/AC/AD REF  DEPOSITO INST  INFORMA REF
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Antigua y Barbuda ...   11/14/97       03/12/03       03/27/03 RA     /  /     
Argentina ...........   11/14/97       08/13/01       10/09/01 RA     /  /   1 
Bahamas (Commonwealth   04/15/98       06/05/98       07/30/98 RA     /  /     
Barbados.............   04/06/01       06/04/04       06/07/04 RA     /  /
Belize ..............   11/14/97       11/17/97       01/12/98 RA     /  /     
Bolivia .............   11/14/97       02/12/99       04/29/99 RA     /  /   5  
Brasil ..............   11/14/97       08/26/99       09/28/99 RA     /  /   7  
Canadá ..............   11/14/97         /  /           /  /          /  /     
Chile ...............   11/14/97       09/15/03       10/23/03 RA     /  /   8
Colombia ............   11/14/97       01/22/03       02/05/03 RA     /  /     
Costa Rica ..........   11/14/97       11/22/00       04/26/01 RA     /  /   6   
Dominica.............     /  /         09/14/04       10/20/04 AD     /  /
Ecuador .............   11/14/97       06/08/99       06/23/99 RA     /  /   3   
El Salvador .........   11/14/97       01/08/99       03/18/99 RA     /  /     
Estados Unidos ......   11/14/97         /  /           /  /          /  /     
Grenada .............   11/14/97       11/29/01       01/16/02 RA     /  /     
Guatemala ...........   11/14/97       09/09/02       02/05/03 RA     /  /     
Guyana ..............   11/14/97       04/07/08       06/09/08 RA     /  /     
Haiti ...............   11/14/97       02/07/07       04/20/07 RA     /  /     
Honduras ............   11/14/97       10/13/04       11/23/04 RA     /  /     
Jamaica .............   11/14/97         /  /           /  /          /  /     
México ..............   11/14/97       05/19/98       06/01/98 RA     /  /     
Nicaragua ...........   11/14/97       08/24/99       11/09/99 RA     /  /     
Panamá ..............   11/14/97       06/17/99       09/28/99 RA   05/26/05 4   
Paraguay ............   11/14/97       09/19/00       04/04/01 RA     /  /     
Perú ................   11/14/97       06/04/99       06/08/99 RA     /  /     
República Dominicana    11/14/97       02/26/09       04/24/09 RA     /  /     
San Vicente y las       11/14/97       08/06/12       08/17/12 RA     /  /     
Saint Lucia .........   06/03/98       01/23/03       04/30/03 RA     /  /     
St. Kitts y Nevis ...   11/14/97       05/10/04       05/25/04 RA     /  /
Suriname ............   11/14/97       03/14/08       05/05/08 RA     /  /     
Trinidad y Tobago ...   05/12/98       01/23/04       02/13/04 RA     /  /     
Uruguay .............   11/14/97       05/24/01       07/20/01 RA     /  /  2    
Venezuela ...........   11/14/97       04/02/02       05/14/02 RA     /  /     
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REF = REFERENCIA                                     INST = TIPO DE INSTRUMENTO
      D = DECLARACION                                       RA = RATIFICACION
      R = RESERVA                                           AC = ACEPTACION
INFORMA = INFORMACION REQUERIDA POR EL TRATADO              AD = ADHESION
                                                                              
1.- Argentina.
- Reserva: hecha al momento del deposito del instrumento de ratificacion.
"La Republica Argentina formula reserva de lo expresado en el articulo
I.-Definiciones -, inciso 3 -Armas de Fuego- de la Convencion, en el
sentido de que excluye de la definicion de armas de fuego la expresion
"excepto las armas antiguas fabricadas antes del Siglo XX o sus replicas",
contenida en la parte final de dicho inciso"
9 de octubre de 2001
 
El 23 de mayo de 2008, Argentina informó al depositario sobre la designación 
del
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto -
Dirección General de Asuntos Jurídicos
como autoridad central.  
 
2.-Uruguay.
- Designación de Autoridad Central. 2 de junio de 2004
El 2 de junio de 2004, Uruguay designó como punto único de contacto
de acuerdo con el artículo XIV de la Convención Interamericana
contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos  de Armas de Fuego,
Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados a:
1.a Servicio Material y Armamento del Ejército Nacional
Director del S.M.A.: Coronel Hugo A. Garciacelay
Dirección: Avenida de las Instrucciones 1925
C.P. 12400 Montevideo, Uruguay
Telf. (5982) 369-1110
Email: [email protected]
1.b Registro Nacional de Armas de Servicio de Material y Armamento
Jefe del R.N.A.: Coronel Miguel A. De Cuadro
Dirección: Avenida de las In Instrucciones 1925
C.P. 12400 Montevideo, Uruguay
Telf/Fax: (5982) 355-4153
Email: [email protected]
 
3.-Ecuador.
- Designación de Autoridad Central. 1 de marzo de 2005
El 1 de marzo de 2005, Ecuador designó a la Autoridad Nacional encargada del
otorgamiento de autorizaciones o licencias de armas:
Coronel Patricio Ochoa
Director del Departamento de Control de Armas del Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas
Primera División del Ejército “Shyris”
Dirección: Avenida Pedro Vicente Maldonado, Barrio San Bartolo, Quito, Ecuador
Telefax: 011 5932 268 5013
 

El 13 de Julio de 2012, Ecuador informó sobre la designación del Sr. Contralmirante Gustavo Páez Guamán - Director de Logística y el Sr. Coronel Washington Buñay Guevara - Jefe del Departamento de Control de Armas del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas como autoridad central para la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones Explosivos y otros Materiales Relacionados.

 
4.-Panamá. 
- Designación de autoridad central.
El 26 de mayo de 2005, Panamá designó a la Dirección Institucional en Asuntos 
de Seguridad Pública del Ministerio de Gobierno y Justicia como punto de 
contacto para los asuntos relacionados con la Convención Interamericana 
contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, 
Explosivos y Otros Materiales Relacionados. 
 
El 28 de febrero de 2022, Panamá informó al depositario sobre la designación del 
Oficina para la ejecució de los Tratados de Asistencia Legal Mutua Ministerio de Gobierno 
como autoridad central para la Convención Interamericana Contra la Fabricación 
y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones Explosivos y otros Materiales Relacionados.  
 
5. -Bolivia.
- Designación de Autoridad Central.
El 7 de agosto de 2011, Bolivia informó sobre la designación del Ministerio de Defensa 
como autoridad central para la Convención Interamericana contra la Fabricación 
y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados.
 
6. -Costa Rica.
- Designación de Autoridad Central.
El 26 de julio de 2013, Costa Rica informó sobre la designación de la 
"Oficina de Asesoría Técnica y Relaciones Internacionales (OATRI) - 
Ministerio Público, Fiscalía General de la República de Costa Rica" 
como autoridad central para la Convención Interamericana contra la Fabricación
 y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego,, Municiones Explosivos y otros Materiales Relacionados.
 
7. -Brasil.
El 18 de abril de 2011, Brasil informó sobre la designación del "Ministerio de Justicia" 
como la autoridad central para la Convención Interamericana contra la Fabricación 
y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego,, Municiones Explosivos y otros Materiales Relacionados.
 
El 19 de agosto de 2016, Brasil informó al depositario sobre la designación del 
Departamento de Recuperación de Activos y Cooperación Jurídica Internacional (DRCI) 
como autoridad central para la Convención Interamericana Contra la Fabricación 
y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones Explosivos y otros Materiales Relacionados.
 
8. -Chile
El 2 de febrero de 2018, Chile informó al depositario sobre la designación de la 
Unidad de Comercio Internacional y Extradiciones de la Fiscalía Nacional del Ministerio Público 
como autoridad central para los siguientes instrumentos: 
- La Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal;
- La Convención Interamericana contra la Corrupción, y
- La Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, 
Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados.

[Texto del Tratado]