A-44: CONVENCION INTERAMERICANA SOBRE CONCESION DE LOS DERECHOS POLITICOS A LA
MUJER
ADOPTADO EN: BOGOTA, COLOMBIA
FECHA: 05/02/48
CONF/ASAM/REUNION: NOVENA CONFERENCIA INTERNACIONAL AMERICANA
ENTRADA EN VIGOR: 12/29/54 RESPECTO DE CADA PAIS EN LA FECHA DE SU DEPOSITO
DEL INSTRUMENTO DE RATIFICACION
DEPOSITARIO: SECRETARIA GENERAL OEA (INSTRUMENTO ORIGINAL Y
RATIFICACIONES)
, ,
TEXTO: SERIE SOBRE TRATADOS, OEA, NO. 3
REGISTRO ONU: 03/20/89 No. 24375 Vol.
OBSERVACIONES:
INFORMACION GENERAL DEL TRATADO: A-44
Resserva hecha al ratificar la Convención el 17 de mayo de 1951
Guatemala:
El Gobierno de Guatemala hace reserva en lo relativo a los
derechos políticos de la mujer analfabeta, ya que en su
Artículo 9, inciso 2, la Constitución de la República otorga la
ciudadanía a las mujeres guatemaltecas mayores de 18 años que
sepan leer y escribir.
Guatemala retiró la reserva el 16 de diciembre de 1970.
Reserva hecha al aprobarse la Convención
Honduras:
La Delegación de Honduras hace reserva en lo relativo a la
concesión de derechos políticos a la mujer, en virtud de que la
Constitución política de su país otorga los atributos de la
ciudadanía únicamente a los varones.
Declaración hecha al aprobarse la Convención
México:
La Delegación Mexicana declara, expresando su aprecio por
el espíritu que inspira la presente Convención, que se abstiene
de suscribirla en virtud de que, de acuerdo con el artículo se-
gundo, queda abierta a la firma de los Estados Americanos. El
Gobierno de México se reserva el derecho de adherirse a la Con-
vención cuando, tomando en cuenta las disposiciones
constitucionales vigentes en México, considere oportuno hacerlo.