A-41: CARTA DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
ADOPTADO EN: BOGOTA, COLOMBIA
FECHA: 04/30/48
CONF/ASAM/REUNION: NOVENA CONFERENCIA INTERNACIONAL AMERICANA
ENTRADA EN VIGOR: 12/13/51 CONFORME AL ARTICULO 145 DE LA CARTA
DEPOSITARIO: SECRETARIA GENERAL OEA (INSTRUMENTO ORIGINAL Y
RATIFICACIONES)
TEXTO: SERIE SOBRE TRATADOS, OEA, NOS. 1-C Y 61
REGISTRO ONU: 01/16/52 No. 1609 Vol. 119
OBSERVACIONES:
INFORMACION GENERAL DEL TRATADO: A-41
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PAISES SIGNATARIOS FECHA REF RA/AC/AD REF DEPOSITO INST INFORMA REF
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Antigua y Barbuda ... 12/03/81 12/03/81 12/03/81 RA / /
Argentina ........... 04/30/48 01/19/56 04/10/56 RA / /
Bahamas (Commonwealth 03/03/82 03/01/82 03/03/82 RA / /
Barbados ............ 10/09/67 11/14/67 11/15/67 RA / /
Belice .............. 01/08/91 01/08/91 01/08/91 RA / /
Bolivia ............. 04/30/48 09/25/50 D a 10/18/50 RA / /
Brasil .............. 04/30/48 02/11/50 03/13/50 RA / /
Canadá .............. 11/13/89 12/20/89 01/08/90 RA / /
Chile ............... 04/30/48 05/05/53 06/05/53 RA / /
Colombia ............ 04/30/48 12/07/51 12/13/51 RA / /
Costa Rica .......... 04/30/48 10/30/48 11/16/48 RA / /
Cuba ................ 04/30/48 07/08/52 07/16/52 RA / /
Dominica,C. ......... 05/22/79 05/22/79 05/22/79 RA / /
Ecuador ............. 04/30/48 12/21/50 12/28/50 RA / /
El Salvador ......... 04/30/48 08/15/50 09/11/50 RA / /
Estados Unidos ...... 04/30/48 06/15/51 R b 06/19/51 RA / /
Grenada ............. 05/13/75 05/13/75 05/13/75 RA / /
Guatemala ........... 04/30/48 03/18/51 R c 04/06/55 RA / /
Guyana .............. 01/08/91 01/08/91 01/08/91 RA / /
Haiti ............... 04/30/48 08/21/50 03/28/51 RA / /
Honduras ............ 04/30/48 01/13/50 02/07/50 RA / /
Jamaica ............. 06/27/69 08/07/69 08/20/69 RA / /
México .............. 04/30/48 11/23/48 11/23/48 RA / /
Nicaragua ........... 04/30/48 06/21/50 07/26/50 RA / /
Panamá .............. 04/30/48 03/16/51 03/22/51 RA / /
Paraguay ............ 04/30/48 03/30/50 05/03/50 RA / /
Perú ................ 04/30/48 05/15/52 R d 02/12/54 RA / /
República Dominicana 04/30/48 04/11/49 04/22/49 RA / /
St.Vincent and the G. 12/03/81 12/03/81 12/03/81 RA / /
St. Kitts and Nevis.. 03/12/84 03/12/84 03/12/84 RA / /
Santa Lucía ......... 05/22/79 05/22/79 05/22/79 RA / /
Suriname ............ 02/22/77 06/01/77 06/08/77 RA / /
Trinidad y Tobago ... 03/13/67 03/14/67 03/17/67 RA / /
Uruguay ............. 04/30/48 08/17/55 09/01/55 RA / /
Venezuela ........... 04/30/48 12/21/51 12/29/51 RA / /
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REF = REFERENCIA INST = TIPO DE INSTRUMENTO
D = DECLARACION RA = RATIFICACION
R = RESERVA AC = ACEPTACION
INFORMA = INFORMACION REQUERIDA POR EL TRATADO AD = ADHESION
A-41. CARTA DE LA
ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
a. Bolivia:
(Declaración hecha al ratificar la Carta)
El Honorable Congreso Nacional
Resuelve:
Que el Poder Ejecutivo, a tiempo de depositar en la
Unión Panamericana, la ratificación de la Carta de la Organización
de los Estados Americanos, suscrita en Bogotá el 30 de abril de
1948, formule la siguiente declaración"
El Gobierno de Bolivia sostiene, de acuerdo con el
contexto de la Carta de Bogotá, que "el repeto y la fiel observancia
de los tratados" que se consagra por los artículos 5 y 14, como
norma de las relaciones internacionales, no excluye la revisión de
los mismos por los procedimientos pacíficos a que se refieren los
artículos 21, 22 y 23 de dicha Carta, cuando afectan derechos
fundamentales de los Estados.
b. Estados Unidos:
(Reserva hecha al ratificar la Carta)
El Senado de los Estados Unidos aprueba la ratificación
de la Carta con la reserva de que ninguna de sus disposiciones se
considerará en el sentido de ampliar los poderes del gobierno
Federal de los Estados Unidos o de limitar los poderes de los
distintos Estados de la Unión Federal con respecto a cualquier
materia que la Constitución de la Unión Federal con respecto q
cualquier materia que la Constitución reconozca como comprendida
dentro de los poderes reservados a los distintos Estados.
c. Guatemala:
(Reserva hecha al ratificar la Carta)
Ninguna de las estipulaciones de la presente Carta de la
Organización de los Estados Americanos podrá considerarse como un
impedimento para que Guatemala pueda hacer valer sus derechos al
territorio de Belice por los medios que en cualquier momento estome
conveniente.*
d. Perú:
(Reserva hecha al ratificar la Carta)
Con la reserva de que los principios de solidaridad y
cooperación interamericana y fundamentalmente los enunciados en los
considerandos y declaraciones del Acta de Chapultepec constituyen
normas de las relaciones mutuas entre los Estados Americanos y base
jurídica del sistema interamericano.
*/ En relación con esta reserva, al consultar la
Secretaría General a los Estados Signatarios si la encontraban
aceptable o no, en cumplimiento del procedimiento establecido en el
Párrafo 2 de la Resolución XXIX de la Octava Conferencia
Internacional Americana, celebrada en Lima en 1938, les comunicó, a
solicitud del Gobierno de Guatemala, la declaración formal de este
Gobierno de que tal reserva no pretende constituir alteración alguna
a la Carta de la Organización de los Estados Americanos y de que
Guatemala está dispuesta a actuar siempre dentro de los límites de
los acuerdos internacionales que haya aceptado. A la luz de esta
declaración, los Estados que al principio no encontraron aceptable
la reserva, expresaron su aceptación.
TEXTO
DEL TRATADO