Resoluciones Asamblea General

  SESIN ESPECIAL DE LA COMISIN DE ASUNTOS JURDICOS Y POLTICOS PARA LA PROMOCIN Y EL RESPETO DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

Washington D.C., 6 de marzo de 2002

CONCLUSIONES Y SEGUIMIENTO DE LA CONFERENCIA

Francis Amar
Jefe de la Divisin de Organismos Internacionales del CICR

 

Excelentsimo Seor  Secretario General,
Seor Presidente,
Distinguidos miembros de la  Comisin, 

 Permtanme empezar expresando la gran satisfaccin del CICR, y al mismo tiempo agradecer a los  estados miembros  por la participacin activa y numerosa de en esa primera conferencia conjunta, organizada por la OEA y el CICR. Nuestra satisfaccin se debe igualmente a la riqueza del  intercambio de informacin y de experiencias  que tuvieron lugar durante los debates. Estamos convencidos que aquello fue muy valioso, para  la aplicacin del DerechoInternacional  Humanitario en las Amricas, y  a travs de esta aplicacin, la promocin de valores universales  fundamentales  que  todos compartimos se vio muy favorecida.  

Otra experiencia satisfactoria   fue  corroborar   que  existe una dinmica muy fuerte apoyada no slo  por  los progresos recientes al nivel normativo,  sino tambin por la competencia y la experiencia de los expertos. 

Para  el  Comit  Internacional  de  la  Cruz  Roja, se trata de un proceso relacionado   con los cambios que estn ocurriendo en el mundo, un mundo en el cual  la  globalizacin  no   es  slo un fenmeno econmico, sino tambin se  trata de una suerte de globalizacin de responsabilidad. El CICR se a comprometido a seguir  cooperando  con  la OEA y los Estados de las Amricas para asegurar el seguimiento de esta primera conferencia. 

Los  participantes  en  la Conferencia de Expertos Gubernamentales sobre la Aplicacin  del  Derecho  Internacional  Humanitario,  y de las Convenciones Interamericanas  Relacionadas,  valoraron   los  avances  que  se  han dado ltimamente   en   materia  de  derecho  internacional  humanitario  en  el hemisferio.  Al  mismo tiempo, destacaron la necesidad de que se fortalezcan las  normas  del derecho internacional humanitario mediante la ratificacin de  los  tratados  en  esta materia, su difusin a todos los sectores de la sociedad,   y  su aplicacin efectiva al interior de cada Estado.  

Asimismo, coincidieron  en la necesidad de reforzar aun ms el sistema interamericano de  proteccin  de  la  persona  mediante  una  mayor  participacin en las Convenciones  interamericanas  pertinentes  y  su puesta en prctica en los ordenamientos jurdicos internos. 

En  cuanto  a  la  interrelacin  entre las convenciones interamericanas de derechos   humanos  y el DIH,  se destac la importancia que ha tenido ste en   el   sistema   interamericano   de  proteccin  de  derechos  humanos, particularmente  dentro de la jurisprudencia de la  Corte Interamericana de Derechos  Humanos, la cual ha interpretado, en algunos casos, la Convencin Americana sobre Derechos Humanos a la luz del DIH. 

En  relacin  a  la  aplicacin  concreta  del  DIH, coincidieron en que es alentador que en varios pases del hemisferio se estn dando desarrollos en la  materia   y  asimismo  en  la  importancia   y  el compromiso de seguir impulsando  las  medidas  de  aplicacin nacional del DIH en cada pas, que pueden  incluir  medidas legislativas, reglamentarias y administrativas que contemplen aspectos tales como:

?    Traduccin de los textos de los instrumentos de DIH a los idiomas nacionales; 

?    Sancin de las violaciones graves contra el DIH; 

?    Difusin de las normas de DIH a las fuerzas armadas, fuerzas del orden publico y poblacin civil, incluidas universidades y escuelas profesionales; 

?    Sancin del uso abusivo de los emblemas protegidos,  en particular el de la Cruz Roja; 

?    Identificacin de personas protegidas; 

?    Identificacin y sealizacin de sitios protegidos; 

?    Designacin y formacin de personal calificado en DIH, incluidos asesores jurdicos en las fuerzas armadas. 

Destacaron  que  las  comisiones  o comits nacionales establecidos para el efecto  en  varios  pases  de  la  regin  y  que  estn  conformadas  por representantes  de  ministerios  y  otras  instituciones estatales,  se han constituido   en   un   mecanismo  adecuado  que  facilita  al  Estado   el cumplimiento  de  sus  obligaciones  que  se  derivan  de diversos tratados internacionales de DIH. 

Respecto  a  la  proteccin  de  los  nios  y  las nias en situaciones de violencia,  los  participantes  coincidieron  en  que es importante que los Estados  ratifiquen  los  tratados que protegen a los nios y nias en este tipo  de  situaciones,  particularmente  el  Protocolo  Facultativo  de  la Convencin  sobre  los  Derechos  del Nio de mayo de 2000 ,  relativo a la participacin de los nios en los conflictos armados, el cual eleva la edad mnima  de  reclutamiento a 18 aos, prohibe el reclutamiento obligatorio y establece  la  obligacin  de  los  Estados  de  tipificar penalmente estas conductas.   Asimismo, que es necesario que se tomen las medidas necesarias para su implementacin y aplicacin efectiva en cada Estado. 

Sobre  la  proliferacin  de  armas  ligeras  y  pequeas que se consideran legales,  se  coincidi en que constituyen un problema de seguridad para la poblacin  civil  de todo el mundo. Destacaron  la importancia que revisten las  medidas  que  est  tomando la comunidad internacional para limitar su disponibilidad,  bajo  el  enfoque  en  la Convencin de la Organizacin de Estados  Americanos  sobre  el  trfico  ilcito  de  armas  de  fuego,  la negociacin  del protocolo de Viena sobre armas de fuego, la Conferencia de las  Naciones  Unidas  de 2001 sobre el Trfico Ilcito de Armas Pequeas y Ligeras en Todos sus Aspectos y el Cdigo de Conducta para la Transferencia de Armas Convencionales.  Se  valor tambin el papel de sensibilizacin que desempea el Comit Internacional de la Cruz Roja sobre  las  consecuencias negativas de la proliferacin de armas ligeras para la poblacin civil. 

Reconocieron  asimismo,  el   significado  histrico  de  la  adopcin  del Estatuto  de  Roma  de  la Corte Penal Internacional y el impacto, incluido preventivo,  que  la  misma  podra  llegar a tener.  Subrayaron el dinmico proceso  de  ratificacin  y adhesin de dicho Estatuto y la importancia de las  adaptaciones  legales necesarias para cumplir con las obligaciones que del mismo se derivan y facilitar el funcionamiento de dicha jurisdiccin. 

Tambin se coincidi  que para que los Estados se beneficien del  principio de  complementariedad  de  la  CPI,  el cual constituye un balance entre la competencia   de   las  jurisdicciones  nacionales  y  de  la  Corte  Penal Internacional,   se  necesita  promover   modificaciones  en la legislacin interna  de  los  Estados.   Se  destac  asimismo  la  importancia  de  la asistencia  tcnica  entre  los  Estados para el diseo de las adaptaciones legales necesarias.

 Coincidieron   en   la  oportunidad  de  la  creacin  de  bases  de  datos automatizadas que operen a travs de Internet, tal como la propuesta por la Organizacin  de Estados Americanos al final de la conferencia,  como medio adicional   para   promover   y   difundir   el  conocimiento  del  derecho internacional  humanitario y las actividades que lleve a cabo el CICR en el hemisferio.   Se  seal que este sistema podra ofrecer foros de discusin en  lnea,  enlaces  a  otras  redes,  educacin  a  distancia, difusin de publicaciones,  listas  de  expertos  en el tema, iniciativas y desarrollos normativos  nacionales  e  internacionales,  entre  otros.  Uno de los usos concretos  mencionados  para  esta  red  sera,  la interconexin entre los representantes  de  las  comisiones   o comits para la aplicacin del DIH. Asimismo,  que  un  mecanismo  de  este tipo podra facilitar los contactos entre los Estados y con diversas instituciones en esta temtica.  

Finalmente,  destacaron  la  importancia  de que el CICR y la OEA continen organizando  peridicamente  conferencias  gubernamentales  similares  a la llevada  a  cabo,  con  el  fin  de difundir y fortalecer la aplicacin del derecho    internacional   humanitario   y   Convenciones   Interamericanas relacionadas,  en  particular  aquellas  que  se refieren a la proteccin y seguridad  de  la  persona. Reconocieron que tales eventos  ofrecen un foro propicio   para   el  intercambio  de  informaciones  sobre  los  esfuerzos realizados y experiencias en esos mbitos entre los Estados del hemisferio.  

Estas  son  las  conclusiones  principales  de la conferencia que queramos compartir  hoy  con  los  distinguidos  miembros  de  esa  comisin.  Para terminar,  quiero  reiterar  mi  agradecimiento  a la OEA, con la cual hemos trabajado en la organizacin, y   saludo el xito de esta conferencia,  as como tambin a  los  gobiernos  de Costa Rica y de Canad por su excelente cooperacin.  Sin  el  apoyo   material y financiero de ellos  hubiera sido imposible lograr  resultados  tan concretos. 

Gracias por su atencin. 

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           PUESTA EN PRCTICA A NIVEL NACIONAL DE LAS NORMAS DEL  DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

Cristina Pellandini

Asesora jurdica para Latinoamrica
Servicio de Asesoramiento en DIH
Comit Internacional de la Cruz Roja 

Seor Presidente:
Distinguidos miembros de la Comisin: 

El  derecho  internacional  humanitario (DIH) contiene normas aplicables en situaciones  de  conflicto  armado.  Dado  a  su  naturaleza  de derecho de excepcin,  aplicable  en  situaciones  extremas, como lo son los conflictos armados,  su  puesta  en  prctica  en los ordenamientos jurdicos internos reviste  una  importancia  particular  para  garantizar  el respeto de esta normativa  jurdica.   

"Puesta  en prctica de las normas del DIH" significa las medidas que se han de tomar en el plano nacional de cada Estado durante el tiempo de paz para garantizar el pleno respeto de este cuerpo normativo. 

De  hecho,  no slo es preciso aplicar el DIH una vez iniciado un conflicto armado,  sino  que  hay  medidas  que deben adoptarse antes de que se inicie un conflicto y fuera de las zonas de combate,  tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra. Esas medidas son asimismo  necesarias  para garantizar que todas las personas, tanto civiles como   militares,   conozcan  estas normas, para crear y mantener las  estructuras,  disposiciones administrativas y personal necesarios para poder aplicarlo y prevenir violaciones a este derecho y cuando as proceda, puedan ser sancionados esos actos o conductas. 

Como   fue subrayado  en  el  marco  de ponencias que han precedido a sta, incumbe  principalmente a los Estados garantizar la plena aplicacin de los instrumentos de DIH. 

La  ausencia  de  la puesta en prctica o en vigencia de las normas de este cuerpo  normativo, a travs de su introduccin en el derecho interno y de la adopcin  de  medidas  especficas  para  garantizar su ejecucin, tanto por parte  de  los  rganos  estatales  como  de  los individuos, no slo puede resultar  en  la  imposibilidad para un Estado de exigir  su cumplimiento, sino  tambin en la impunidad de los responsables.  

Dado  el  objetivo  especfico  del  DIH  -  limitar  los  efectos  de las hostilidades  -,  tal  ausencia puede privar a las personas expuestas a los efectos  de  un  conflicto  armado del mnimo de proteccin que requiere el respeto  de  su dignidad humana y su seguridad en tales situaciones y dejar sin  tutela  aquellos  bienes  destinados a asegurar la supervivencia de la colectividad,  la  integridad  de  lugares  de  culto,  as  como  de bienes culturales protegidos. 

A continuacin quisiera limitar mi intervencin  a presentar brevemente  el contenido  de  un documento que les ha sido distribuido por parte del CICR. 

Se  tratada  de un documento preparado a su atencin, por parte de la unidad para  Latinoamrica  del  Servicio  de  Asesoramiento  en  DIH del CICR, que contiene,  como  su ttulo lo indica,  una visin general sobre los avances registrados  en el mbito de la participacin en los tratados de relevancia para  el DIH as como de su implementacin en plan interno durante el 2001. 

El   documento   asimismo   contiene   informacin  sobre  las  actividades desarrolladas  para  promover el respeto del DIH a travs de organizaciones regionales e institutos acadmicos durante el 2001. 

De  manera  general,  cabe  sealar  que  los  avances registrados se deben significativamente  al  esfuerzo  conjunto  y  permanente que realizan los Estados,  en  cumplimiento a las obligaciones  contraidas en virtud del DIH, las Sociedades Nacionales de Cruz Roja (y de Media Luna Roja), as como las organizaciones regionales e instituciones acadmicas, empeo al que se suma el CICR y que les alienta a continuar. 

En  Amrica, dichos avances se traducen en una mayor y mejor aceptacin del DIH  por  parte  de  los  Estados mediante su participacin en los tratados relevantes  para  este  derecho,   mediante la adecuacin de la legislacin penal  nacional  conforme  a  los tratados internacionales, permitiendo con ello  la  prevencin,  y  cuando proceda, la represin a las violaciones al DIH;  igualmente  se  aprecia  en  la  adopcin  de leyes para proteger los emblemas  de  la  cruz roja y de la media luna roja; la adopcin de medidas administrativas  de  ejecucin  de los tratados suscritos; la incorporacin del  DIH  como tema obligatorio en los programas oficiales de instruccin y entrenamiento de las fuerzas del Estado, ya sean armadas y/o de seguridad y polica, as como en los planes de estudios de las Universidades. En varios pases los progresos alcanzados  son el fruto de los constantes esfuerzos y las   actividades  realizadas  por  parte  de  estructuras  especficamente encargadas de la aplicacin del DIH.  

La  misma  constatacin  se aprecia en el desarrollo progresivo del DIH emanado de  las diferentes organizaciones y rganos del sistema interamericano, as como de otros organismos o instituciones de la regin. 

El  documento  se  divide  en  cuatro  partes  que se comentan brevemente a continuacin: 

Seccin A:  Participacin en los tratados relevantes para el DIH 

Para  asegurar  un mayor y mejor respeto de los derechos de las vctimas de los   conflictos  armados,  la  participacin  universal  en  los  tratados relevantes  para  el  DIH es fundamental.  El DIH contemporneo  se compone adems  de  los  instrumentos internacionales marco, es decir,  los cuatro Convenios  de  Ginebra  de 1949 y sus dos Protocolos Adicionales de 1977, as como de una  serie  de otros tratados, adoptados en particular a partir de los aos 1950  que  contienen  normas  tambin  diseadas  para aplicarse en caso de conflicto  armado  y  que  tienen  por  objetivo atenuar los efectos de las hostilidades. 

Se  han  reagrupado  en el documento los instrumentos de la manera temtica siguiente: 

      Proteccin de las vctimas de los conflictos armados

      Proteccin de bienes culturales en caso de conflicto armado

      Proteccin del medio ambiente

      Tratados sobre armas

      Derecho Penal Internacional 

Los  cuatro  Convenios  de  Ginebra  y  Protocolos adicionales gozan de una aceptacin  casi  total (con pocas excepciones) por parte de los Estados de Amrica.   Los  otros  instrumentos  son  cada  vez  ms  aceptados,  y  la participacin  en estos ha aumentado de manera significante durante el 2001, tal como  se aprecia en  el cuadro incluido al presente documento como ANEXO I. 

Seccin  B:  Aplicacin Nacional de  los  Tratados de Derecho Internacional Humanitario 

El  captulo  contiene informacin sobre las medidas de aplicacin nacional del DIH adoptadas o preparadas durante el 2001. 

En  cuanto  a  las  medidas  que se han de adoptar en el plan nacional, hay principalmente tres mbitos en los cuales se requiere  una accin por parte de los legisladores, que son: 

-    la reglamentacin del uso de los emblemas de la cruz roja y media luna  roja y otros emblemas protegidos

-  la represin de los crmenes de guerra (graves violaciones del DIH)

-  la prohibicin de las minas antipersonal 

Estos tres mbitos han ocupado las autoridades nacionales de varios Estados durante  el  2001.  En  algunos  Estados  se ha adoptado una nueva ley (por ejemplo  en  Panam  la  ley por la cual se regula el uso del emblema de la cruz  roja  o  en Brasil la ley de prohibicin de las minas antipersonal) o preparado  propuestas  legislativas  o para la enmienda de leyes existentes con  miras  a adecuarlas a las obligaciones internacionales contraidas. Las propuestas  legislativas  en  preparadas  o  que  se  estn  preparando son particularmente numerosas en el mbito de las legislaciones penales. 

Con  el  concurso de expertos legales  y/o profesores universitarios fueron realizados estudios en  algunos  Estados  como Brasil y  Per  sobre  la legislacin interna a la luz del DIH, con el fin de averiguar su compatibilidad y identificar las lagunas  existentes  con  miras  a  determinar  las medidas que haca falta  implementar.   En  varios  otros  Estados  tales  estudios  empezaron  a  ser preparados en 2001. 

Dentro del largo catlogo de acciones de ndole administrativa que requiere el  cumplimiento  del  DIH,  se  deben  de  mencionar  particularmente  los esfuerzos  iniciados en varios Estados de Amrica durante el 2001 con miras a preparar la salvaguardia de la proteccin del patrimonio cultural en caso de conflicto armado. 

Las  Comisiones/Comits  nacionales de DIH, en varios pases donde existen, han  sido sumamente activas y han logrado buenos resultados durante el 2001. Su papel  y  sus  actividades sern objeto de otra intervencin prevista en la agenda que se presentar en la tarde. 

Para  que  el DIH sea respetado , debe ser  conocido por todos. El documento contiene  informacin  sobre  la  difusin del DIH y la incorporacin de su enseanza  en  los programas oficiales de instruccin  y educacin, tanto en las  Fuerzas Armadas, de Seguridad (programas e logros que sern comentados a  continuacin)  como en las Universidades en los Estados de Amrica en el 2001.  Como  podrn  apreciar,  el  DIH  fue enseado  e instruido como tema obligatorio  en  los  diseos  curriculares de Universidades y programas de instruccin a diferentes niveles en varios Estados de Amrica. 

Seccin   C:  Actividades  de  organizaciones  regionales  e  instituciones           acadmicas  para  promover  el  respeto  del  DIH y su aplicacin nacional. 

La  seccin  C  del  documento  enumera  y comenta los esfuerzos hechos por organizaciones  regionales  e  instituciones  acadmicas  para  promover el respeto por el DIH. 

Como   se  podr  apreciar,  el  CICR  observ  con  satisfaccin  que  las organizaciones  regionales  e instituciones acadmicas en Amrica  muestren inters  cada  vez  ms  pronunciado  por  el  DIH,  pues emprendieron esfuerzos  especficos  con  el  objetivo  de  asegurar el respeto por este cuerpo  legal, y asimismo   incluyeron  temas relacionados con el mismo en su agenda de actividades. 

Al  leer  las diversas   actividades de promocin del DIH llevadas a cabo por organizaciones  y/o  instituciones  sobresale el importante espacio que ha sido reservado al DIH, as como temas relacionados con ste por parte de la OEA. El tema  ha  sido  incluido  asimismo en las agendas de trabajo y programas de varias  instituciones  del  sistema interamericano, en particular : En el Comit Jurdico Interamericano; en la  Corte   Interamericana   de   DH;   en el Instituto Interamericano de DH. 

Los  contactos  y  la cooperacin en mbito de promocin de ratificacin de tratados  y  ofrecimiento  de  asistencia  tcnica  a  los  Estados para su implementacin  nacional  han  sido reforzados entre el CICR y las oficinas regionales  de  varias  organizaciones que forman parte de N.U., tales como ILANUD,  UNICEF,  ACNUR, con organizaciones parlamentarias as como con ONG internacionales. 

Seccin  D:   Asistencia ofrecida y actividades de asesoramiento ejecutadas por el CICR en los pases de Amrica 

El  ltimo  captulo del documento informa sobre las actividades realizadas por  parte  de  las  delegaciones  del CICR en el continente, asistidas por personal  legal  con  el objetivo de apoyar la creacin, en cada Estado del continente,  de  las condiciones necesarias para asegurar el respeto  al DIH. 

Desde  su  creacin  a finales de 1995, el Servicio de Asesoramiento en DIH del  CICR,  operando  desde  su  unidad  en la sede, as como su unidad para Latinoamrica  ubicada  en Mxico, realiza actividades de sensibilizacin y de  asesora  de  las  autoridades  competentes  en  materia  de  DIH.   Sus actividades  incluyen:   promocin  de  los tratados y de la ratificacin de stos; asistencia tcnica en la preparacin de proyectos de leyes o medidas administrativas  de  implementacin del DIH;  reuniones y  dilogo sobre stas con  las  entidades  gubernamentales  competentes;    apoyo al trabajo de las Comisiones  nacionales  de DIH; realizacin de talleres y encuentros  nacionales o regionales,  as  como  reuniones  de  expertos;   puesta a disposicin  del intercambio de informacin  sobre medidas nacionales de aplicacin del DIH existentes,  especficamente a travs de un banco de datos electrnico;  elaboracin y suministro de publicaciones. 

El  diagnstico  que  se  ha  realizado  sobre  el  estado  del avance de la aplicacin  nacional  del  DIH  en  Amrica  permite  apreciar que en este continente se ha iniciado un proceso importante para la puesta en prctica del  DIH.  Es  importante  que  los Estados  sigan realizando un trabajo de reflexin,   anlisis   y   accin,   para   cumplir  cabalmente   con  la responsabilidad   a la  que   se  han  comprometido   a fin de garantizar el respeto del DIH. 

 

     Papel del Comit Internacional de la Cruz Roja en la formacin de Comisiones Nacionales para la aplicacin del derecho internacional humanitario (DIH)

Cristina Pellandini

Asesora jurdica para Latinoamrica
Comit Internacional de la Cruz Roja 

Seor Presidente:
Distinguidos miembros de la Comisin 

1.   MEDIDAS NACIONALES DE APLICACIN DEL DIH 

La aplicacin nacional del DIH es un proceso permanente que exige esfuerzos sostenidos    y    requiere   la   cooperacin   de   varios   ministerios, administraciones pblicas, entidades estatales y otros organismos. 

La  designacin  de  un rgano especfico,  como lo son las Comisiones nacionales  para  la  aplicacin nacional del DIH, puede constituir un medio eficaz  para asegurar la adopcin de medidas de ejecucin del DIH por parte de los Estados. 

La  creacin  de un rgano de  esa ndole no est vinculada a una obligacin jurdica  alguna,   con lo cual los Estados pueden cumplir con sus obligaciones  en  materia  de DIH sin recurrir a una estructura formal. Sin embargo,    los Comits o Comisiones de DIH se han constituido como entidades de  apoyo  y facilitan  la preparacin de medidas de aplicacin de este derecho as, como su divulgacin. 

La  idea  y  propuesta  de  establecer  tales rganos ha sido confirmada en reiteradas recomendaciones y resoluciones adoptadas tanto en el marco de la Conferencia   Internacional  de  la  Cruz  Roja  o  reuniones  de  expertos gubernamentales,  como  en  los  mbitos de la Asamblea General de Naciones

Unidas y de la OEA. 

2.   COMISIONES DE DIH EN EL MUNDO 

Los   primeros  rganos  nacionales  para  la  aplicacin  del  DIH  fueron establecidos  a  principios  de  los aos 1980,  despus de la adopcin en 1977  de  los   Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949. Fue  precisamente Blgica  que dio el impulso con el establecimiento, en  1987,  de la Comisin  Interdepartamental para la aplicacin del DIH con el  objetivo  de  cumplir  con  las  obligaciones  contraidas a travs de la ratificacin  de  los  Protocolos Adicionales de 1977. La Comisin tuvo por tarea  principal  examinar  las  medidas  que tenan que ser adoptadas para dar  vigencia  en  el  orden  jurdico  interno de Blica a las normas de dichos  Protocolos  y  ejecutarlas,  y  de  establecer un catlogo de dichas medidas. 

Desde entonces, muchos pases han seguido el modelo de Blgica. Actualmente  hay  alrededor  de  60  rganos nacionales de DIH en el mundo. stos  no  son  todos  idnticos;  sus  estructuras,  estatutos, mandatos y actividades  varan  en  funcin  de  la  estructura constitucional, de los procedimientos aplicados en los pases respectivos, y el estado de avance en la  aplicacin  nacional  de los instrumentos de DIH. Los rganos se llaman Comits  o  Comisiones  o  simplemente  Grupo  de trabajo o de estudio, son permanentes  o establecidos de manera "ad hoc" para llevar a cabo una tarea o   un   mandato   especfico;   tienen   un  carcter  interministerial  o interinstitucional,  es  decir forman parte del poder ejecutivo, o incluyen dentro  de  sus  miembros  representantes de los tres poderes estatales, as como  en  algunos casos  a expertos en temas especficos o representantes de  la  sociedad civil. Algunas de estas estructuras tienen una competencia puramente  y estrictamente consultiva en su calidad de rgano asesor de los ministerios,  en  particular  del ministerio de relaciones exteriores. Otras disponen de un derecho de iniciativa, como por ejemplo para proponer leyes sobre DIH o formular recomendaciones a la atencin de los poderes estatales o, en  otros  casos  incluso  pueden vigilar  el respeto  a  este derecho y recibir quejas en caso de violaciones al mismo. 

Su  diversidad es el fruto de las riquezas y caractersticas propias a cada Estado. 

3. ACTIVIDADES  DEL CICR  DE PROMOCIN DE LAS COMISIONES DE DIH 

Como  es notorio, el CICR ha promovido y promueve   la creacin  de rganos  especficos que asesoren  a  los  gobiernos en materia de DIH. Sus actividades han  pasado por varias etapas: 

Despus  de  la  adopcin  de  los  Protocolos Adicionales de 1977 el CICR, partiendo  de  la constatacin de que se dispona de un importante marco legal internacional  aplicable  en  situaciones  de  conflicto  armado,  se  inici la preocupacin  por  la aplicacin del DIH en el plan nacional.  Dentro de sus gestiones,  trat  en  primer  lugar de recolectar informacin ms detallada sobre  el  estado  de implementacin del DIH en los ordenamientos jurdicos internos y de alentar a las autoridades  para actuar  la puesta en prctica los principios  y las normas de este derecho, organizando  para tal efecto talleres de  sensibilizacin  y  estudio  en  las  distintas regiones del mundo. Dado el nmero  importante y la diversidad de medidas que deban ser preparadas, y  basndose  en  la  experiencia  positiva  de  Blgica,  se empez asimismo a alentar  a  los  Estados Partes en los Convenios de Ginebra  para  que se organicen administrativamente a fin de  facilitar la preparacin de dichas medidas. 

El  ao  1995  fue  determinante   en lo  que atae al trabajo del CICR de promocin  de  las  Comisiones  nacionales  de  DIH.  Un  grupo de expertos gubernamentales,  establecido  como  resultado  de  la Conferencia sobre la proteccin  de  las  vctimas de la guerra convocada por parte del Gobierno Suizo,  examin  las  medidas  y  acciones  que  podan ser realizadas para reforzar  el  respecto del DIH en el mundo, y formul varias recomendaciones al respecto.  Dentro de stas, los expertos subrayaron la importancia de la puesta  en  prctica  del  DIH  y  solicitaron al CICR  reforzar su apoyo tcnico a los Estados en los esfuerzos   para darle vigencia al DIH. Los expertos asimismo recomendaron que los Estados estudiaran la posibilidad de conferir  a  un  rgano  especfico  la  tarea  de coordinar y facilitar la preparacin  de  las  medidas,  tanto  legislativas como administrativas, de implementacin del DIH. Para darle seguimiento a dichas recomendaciones, que fueron  luego ratificadas por parte de la XXVI Conferencia Internacional de la  Cruz  Roja,  el  CICR  estableci  a finales de 1995  el  Servicio de Asesoramiento en DIH del CICR. 

Como  una de sus primeras importantes actividades, este nuevo servicio legal convoc  en Octubre 1996 a una Reunin de Expertos sobre comisiones u otros rganos  encargados de la aplicacin del DIH. La finalidad de la reunin era   permitir  a expertos gubernamentales y representantes de las Sociedades Nacionales   de  la Cruz   Roja  intercambiar  informacin,  opiniones  y experiencias acerca de estos mecanismos nacionales para el DIH. No obstante la  conferencia  no ambicionaba vincular a los participantes, los debates y discusiones  permitieron   obtener  algunas  conclusiones sobre la base de las cuales  el  CICR  redact  y  puso a la disposicin de los Estados  lneas directrices  acerca  del  estatuto  y  del funcionamiento de los organismos nacionales de DIH.

 El Servicio de Asesoramiento en DIH desde entonces ha mantenido una estrecha relacin de cooperacin y apoyo con las existentes Comisiones nacionales de DIH  u  rganos similares. Asimismo se apoy, a pedido de las autoridades, la creacin de nuevas Comisiones. 

El  apoyo  que  brinda  el CICR a las Comisiones a travs de su Servicio de Asesoramiento en DIH incluye las actividades siguientes: 

- Consejos jurdicos y apoyo tcnico a las autoridades que desean establecer tales rganos en el proceso  de su creacin. 

-  Apoyo  al  funcionamiento  y   al inicio de actividades de una nueva Comisin, consejos para la identificacin de posibles actividades concretas, y apoyo para la realizacin de stas. 

-  Capacitacin  de los miembros de las Comisiones en materias relacionadas con el DIH. 

-  Suministro  de  documentacin  tcnica  especfica  y asesora, a fin de facilitar  su  trabajo.   Con  ese  fin,  los  asesores  del CICR participan regularmente  o  cuando  les sea solicitado  en  las  reuniones  de  trabajo de  las Comisiones  existentes,   prestando asesoramiento  a  los miembros en la determinacin de planes de accin anuales, as  como la realizacin de stos. 

El  CICR  adems  se  esfuerza  en facilitar los contactos y el intercambio entre  Comisiones  de  distintos  pases. Los miembros de tales rganos son invitados  a participar en eventos internacionales o regionales sobre temas de  DIH,  como fue el caso  de la Conferencia de Expertos sobre la aplicacin nacional  del  DIH  y  de  las  Convenciones  Interamericanas relacionadas, celebrada en San Jos, Costa Rica en marzo de 2001. 

A  finales  de  este mes de marzo 2002, el Servicio de Asesoramiento en DIH convocar en Ginebra una segunda reunin universal de representantes de los rganos/estructuras   nacionales   de   DIH   existentes,   en  la  cual  la participacin  de  Comisiones  de varios pases de Amrica est confirmada.

La conferencia tendr los siguientes objetivos: 

-  Hacer  un  balance  de  los  desarrollos registrados desde la reunin de expertos  de  1996,  as como del impacto que las Comisiones han tenido en la prctica, respecto de los avances registrados. 

-  Favorecer los intercambios de experiencias, tanto sobre el funcionamiento como  sobre las  actividades  que  desarrollan  estos rganos y examinar posibles modalidades de cooperacin e intercambios entre comisiones. 

-  Proponer instrumentos tcnicos para apoyar  y reforzar el trabajo de las comisiones. 

-  Discutir  sobre la oportunidad de establecer un mecanismo de intercambio de  informaciones  sobre  la aplicacin del DIH con  la intervencin de las Comisiones de DIH. 

4.   LAS COMISIONES DE DIH EN AMRICA 

Los  siguientes  pases  de  Amrica   cuentan  actualmente con una Comisin/Comit  Nacional   de  DIH  o  han organizado un rgano similar: Argentina, Bolivia,  Canad,  Chile,  Colombia,   El  Salvador,  Guatemala, Nicaragua, Panam, Paraguay, Per, Repblica Dominicana, Uruguay y  Trinidad y Tobago. 

Algunas  Comisiones  tienen  carcter  permanente  (las  ms activas en los ltimos  aos, siendo  las de Bolivia, Chile, El Salvador  y Panam). En el caso de Trinidad y Tobago, la estructura fue creada con carcter ad hoc con el  objeto de estudiar la normativa de los Protocolos adicionales de 1977, a fin  de recomendar al gobierno la adhesin o no a esos tratados. El mandato de  la  Comisin  fue  extendido  durante el 2001 para cubrir el estudio de otros instrumentos relevantes para el DIH. 

En    general  el  mandato  de  las  Comisiones, establecidas por decreto ejecutivo,  consiste en velar por la aplicacin del DIH y  por la promocin y  la  difusin  de los instrumentos relevantes. Eso incluye: el estudio de ciertos temas especficos; la preparacin de anteproyectos de ley (reformas a  los cdigos penales, emblema, minas antipersonas ) o de otras medidas; la organizacin  de  actividades de sensibilizacin  y divulgacin en el mbito gubernamental; la sensibilizacin de los legisladores y del poder judicial; presentaciones  sobre  un  tema  especfico a las autoridades competentes o formulacin de recomendaciones; propuestas a  las autoridades gubernamentales    o   recomendaciones para   la   participacin  del  Estado  en  conferencias internacionales. 

Al  discutir  sobre  la  existencia  o  no de comisiones nacionales y de su programa   de   trabajo,   la   decisin   final   depende   del   contexto histrico-social  de  cada  pas.  Se  puede notar que en varios Estados la existencia  de  un rgano para el DIH y las actividades que ste realiza ha permitido  dar  y  mantener  en la agenda poltica nacional un espacio al DIH. 

Sin  embargo,  tambin  hay  que  sealar que la experiencia ha  advertido que existen  tambin  casos en los que la falta de una comisin nacional de DIH no  ha  impedido  que  se  den  pasos  sustanciales  hacia  el logro de los objetivos  mencionados  a travs de otros medios de trabajo y coordinacin, como  es el caso en particular de Costa Rica.  Por lo que atae al CICR y muy   especficamente   a   su  Servicio  de  Asesoramiento  en  DIH,  est comprometido  a seguir apoyando  su solicitud a las autoridades que desean establecer tales rganos y a brindar a las comisiones y Comits que existen el apoyo tcnico que requieran y en la medida que lo necesiten..