Resoluciones Asamblea General

AG/RES. 2219 (XXXVI-O/06)

SEGUIMIENTO DE LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y DE SU PROGRAMA DE COOPERACIÓN 

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 6 de junio de 2006) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTO el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc…./ 06 add. 3) en lo que se refiere a este tema;  

TENIENDO EN CUENTA la “Declaración de Quito sobre desarrollo social y democracia frente a la incidencia de la corrupción” (AG/DEC. 36 (XXXIV-O/04)) y las resoluciones AG/RES. 2022 (XXXIV-O/04), AG/RES. 2064 (XXXV-O/05),  AG/RES. 2071 (XXXV-O/05)   y AG/RES. 2076 (XXXV-O/05); 

CONSIDERANDO la importancia de la Convención Interamericana contra la Corrupción y el hecho de que ella ha sido ratificada por 33 Estados Miembros de la OEA, así como que 28 de ellos participan en el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), creado mediante el documento de Buenos Aires; 

RESALTANDO CON BENEPLÁCITO los resultados de la Primera Reunión de la Conferencia de Estados Parte del MESICIC, realizada en Washington, D.C., los días 1 y 2 de abril de 2004 y, en particular, de las “Conclusiones y Recomendaciones de medidas concretas para fortalecer el MESICIC” (SG/MESICIC/doc.103/04 rev. 6);  

RECONOCIENDO las labores desarrolladas por el Comité de Expertos del MESICIC, las cuales han contado con el apoyo de la Secretaría General de la OEA para concluir en marzo de 2006 la primera ronda de análisis de los 28 Estados Parte y finalizar los preparativos para la segunda ronda de análisis que cubre los artículos III (5) y (8), y el artículo VI de la Convención; 

RECORDANDO los resultados de la reunión de expertos sobre cooperación con respecto a la negación de acogida a funcionarios corruptos y a quienes los corrompen, su extradición y el no ingreso y la recuperación de activos y bienes originados en actos de corrupción y su restitución a sus legítimos propietarios (EPCICOR/doc.4/04 rev.5 corr. 1); 

TENIENDO PRESENTE  la “Declaración sobre Seguridad en las Américas”, adoptada en la Conferencia Especial sobre Seguridad en la Ciudad de México en octubre de 2003; 

ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO la entrada en vigor el 14 de diciembre de 2005 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, adoptada en Mérida, México, el 9 de diciembre de 2003, y que 10 Estados Miembros de la OEA han ratificado la misma; 

DESATACANDO los mandatos emanados del Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas celebrada en la ciudad de Québec y de la Declaración de la Cumbre Extraordinaria de las Américas, celebrada en la ciudad de Monterrey, vinculado al tema de la lucha contra la corrupción, y 

TENIENDO PRESENTE que los Jefes de Estado y de Gobierno, en la “Declaración de Mar del Plata”, adoptada en la IV Cumbre de las Américas, en Mar del Plata, Argentina, en noviembre de 2005, expresaron que “la rendición de cuentas es un instrumento fundamental para el logro de la transparencia y la eficiencia en el uso de los recursos administrados por nuestros gobiernos. La lucha contra la corrupción es uno de los pilares fundamentales para el fortalecimiento de la democracia y el crecimiento económico. Por este motivo, hacemos un llamado a implementar la Convención Interamericana contra la Corrupción y participar plenamente en el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción. Destacamos la importancia del papel de supervisión de los legisladores, cuando resulte apropiado, en la lucha contra la corrupción y la importancia de promover los intercambios interparlamentarios para colaborar en el desarrollo de estrategias nacionales e internacionales para combatir la corrupción”,  

RESUELVE: 

1.                   Exhortar a los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción que aún no lo hayan hecho, a que participen en el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), y a todos los Estados Parte de este mecanismo a que lo financien mediante aportes voluntarios.

 

2.                   Alentar asimismo a los Estados Miembros de la Organización que aún no lo hayan hecho, a que consideren firmar y ratificar, ratificar, o adherir, según sea el caso, a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, (Convención de Mérida), así como también a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, (Convención de Palermo).

 

3.                   Instar a los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción a que adopten todas las medidas que estimen necesarias a fin de adecuar su legislación interna para cumplir con los compromisos asumidos al ratificar o adherir a la Convención.

 

4.                   Exhortar a los Estados Parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción a que, con base en ella y en las leyes y tratados aplicables, perfeccionen los mecanismos regionales y bilaterales de asistencia  mutua en materia penal y los implementen; a fin de dar curso a las solicitudes realizadas de acuerdo con los procedimientos establecidos en estos mecanismos, en relación con los actos de corrupción descritos en la Convención, a fin de luchar contra la impunidad.

 

5.                   Manifestar una vez más su respaldo al fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC) y, al respecto:

 

a.                   Reiterar su satisfacción con el acuerdo alcanzado en la Primera Reunión de la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC de fortalecer la Conferencia de los Estados Parte como un foro político para abordar los temas de cooperación hemisférica contra la corrupción; y, en tal sentido, invitarle a que con el apoyo técnico de la Oficina de Cooperación Jurídica del Departamento de Asuntos Jurídicos Internacionales de la Secretaría General de la OEA, continúe celebrando reuniones de trabajo tomando en consideración el “Documento de Buenos Aires”, y que evalúe la posibilidad de solicitar a su Comité de Expertos recomendaciones y otros aportes sobre los temas que estén bajo su consideración;

 

b.                   Identificar, antes de diciembre de 2006, iniciativas concretas de cooperación e intercambio de experiencias para el desarrollo de capacidades técnicas en nuestros países que contribuyan con la plena aplicación de las normas de la Convención Interamericana contra la Corrupción y con el fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), dando especial consideración, a tal efecto, a las recomendaciones emanadas de la primera ronda de dicho Mecanismo;

 

c.                   Invitar igualmente a la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC a que considere las medidas apropiadas con el fin de fortalecer la cooperación en el ámbito de ese Mecanismo de Seguimiento, teniendo en cuenta, cuando corresponda, las nuevas formas de cooperación establecidas en la Convención de Mérida y así mismo solicitar a la Secretaría Técnica del MESICIC que fomente el diálogo, según corresponda, con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito;

 

d.                   Expresar su satisfacción por los avances dados por el Comité de Expertos del MESICIC, con el apoyo de la Secretaría General de la OEA, reflejados en la culminación exitosa de la primera ronda de análisis, en la que se analizó la implementación de las disposiciones de la CICC seleccionadas para dicha ronda en los 28 Estados que integran el MESICIC; en la aprobación del Informe Hemisférico correspondiente a tal ronda; y en la adopción de las decisiones necesarias para dar inicio a la segunda ronda de análisis;

 

e.                   Solicitar a la Secretaría General que continúe identificando fuentes de financiamiento interno de la OEA, tales como el Fondo Regular, y de financiamiento externo, tales como instituciones financieras internacionales y regionales y organismos nacionales de carácter oficial y otras, para financiar el adecuado funcionamiento del MESICIC y, cuando corresponda, para el pleno y efectivo cumplimiento de sus recomendaciones;

 

f.                    Invitar a la Conferencia de los Estados Parte del MESICIC a continuar informando al Consejo Permanente acerca de la implementación de las “Conclusiones y Recomendaciones de Medidas Concretas para Fortalecer el MESICIC” (SG/MESICIC/doc.103/04 rev. 6), aprobadas en la Primera  Reunión de la Conferencia de los Estados Parte, así como sobre otros temas que hayan sido puestos a su consideración, y

 

g.                   Respaldar la realización de la Conferencia de los Estados Partes del MESICIC, la cual se llevará a cabo en el segundo semestre del año 2006.

 

6.                   Solicitar al Consejo Permanente, e invitar a la Conferencia de los Estados Partes del MESICIC, a que en el ámbito de sus respectivas competencias continúen dando seguimiento a los avances relacionados con los mandatos contenidos tanto en la Declaración como en el Plan de Acción de Managua (EPCICOR/doc.05/04 rev. 6 corr. 1 y EPCICOR/doc.04/04 rev. 5 corr. 1) , al igual que con las recomendaciones de la “Reunión de Expertos sobre cooperación con respecto a la negación de acogida a funcionarios corruptos y a quienes los corrompen, su extradición y el no ingreso y la recuperación de activos y bienes originados en actos de corrupción y su restitución a sus legítimos propietarios” (EPCICOR/doc.04/04 rev. 5, corr. 1, párrafo 9. y de la resolución AG/RES. 2034 (XXXIV-O/04), párrafo resolutivo 6.c., y las Recomendaciones (REXCOR/doc.2/05 rev. 1) y del Informe Final (REXCOR/doc.6/05), en el cual se incluyen propuestas que no fueron consideradas en dicha reunión.

 

7.                   Solicitar a la Secretaría General de la OEA que, a través de la Oficina de Cooperación Jurídica del Departamento de Asuntos Jurídicos Internacionales, continúe prestando los servicios de secretaría técnica  a la Conferencia de los Estados Parte en el MESICIC y al Comité de Expertos de dicho Mecanismo, al igual que para el seguimiento de los avances a que se refiere el párrafo resolutivo anterior.

 

8.                   Recomendar que en la próxima reunión de la Conferencia de los Estados Parte en el MESICIC se considere, revise, actualice y complemente en lo que se estime pertinente el “Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción”, adoptado de conformidad con la resolución AG/RES. 1477 (XXVII-O/97), y se presente a sus recomendaciones a la Asamblea General para su aprobación formal en su trigésimo séptimo período ordinario de sesiones, por conducto del Consejo Permanente; y solicitar a la Secretaría General que elabore una propuesta que sirva de base para estos efectos.

 

9.                   Solicitar a la Secretaría General que, en desarrollo del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción, continúe realizando las labores de cooperación técnica destinadas a brindar asistencia para la ratificación o adhesión e implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como para el intercambio de información y de experiencias entre las autoridades gubernamentales responsables en la materia, entre otros, a través de la Red Interamericana de Cooperación contra la Corrupción.

 

10.                    Encomendar al Consejo Permanente que dé seguimiento a las actividades derivadas de la presente resolución, la cual  será ejecutada de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos, y que presente un informe sobre su cumplimiento a la Asamblea General en su trigésimo séptimo período ordinario de sesiones.