Resoluciones Asamblea General

AG/RES. 2068 (XXXV-O/05)

REUNIÓN DE MINISTROS DE JUSTICIA O DE MINISTROS O PROCURADORES GENERALES DE LAS AMÉRICAS

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 7 de junio de 2005) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTO el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4376/05 add. 3) en particular en lo que se refiere al cumplimiento de la resolución AG/RES. 2040 (XXXIV-O/04), “Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas” (REMJA); 

RECORDANDO que en el Plan de Acción de la Tercera Cumbre de las Américas, celebrada en Quebec, Canadá, en abril de 2001, los Jefes de Estado y de Gobierno decidieron continuar apoyando el trabajo realizado en el marco de las REMJA y la implementación de sus conclusiones y recomendaciones; 

RECORDANDO ASIMISMO que en la Declaración de Nuevo León, aprobada en la Cumbre Extraordinaria de las Américas, celebrada en Monterrey, México, en enero de 2004, los Jefes de Estado y de Gobierno instaron a todos los países “a participar activamente en la Red de Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal”, la cual constituye uno de los desarrollos concretos dados en el marco de las REMJA; 

TENIENDO PRESENTE que, en la Declaración sobre Seguridad en las Américas, aprobada en la ciudad de México en octubre de 2003, los Estados del Hemisferio reafirmaron “que las Reuniones de Ministros de Justicia o Ministros o Procuradores Generales de las Américas (REMJA) y otras reuniones de autoridades en materia de justicia penal son foros importantes y eficaces para la promoción y el fortalecimiento del entendimiento mutuo, la confianza, el diálogo y la cooperación en la formulación de políticas en materia de justicia penal y de respuestas para hacer frente a las nuevas amenazas a la seguridad”;  

RECONOCIENDO el establecimiento del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (MESECVI); y 

TENIENDO EN CUENTA que la REMJA V recomendó “que la Sexta Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas (REMJA VI) se realice en el año 2006 y que la Asamblea General de la OEA encargue al Consejo Permanente de la Organización de fijar la fecha y sede de la misma”, 

RESUELVE: 

1.                   Encomendar al Consejo Permanente que dé seguimiento, en el ámbito que considere apropiado, a las reuniones técnicas y sus resultados, celebradas en cumplimiento de las Conclusiones y Recomendaciones de las Reuniones de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de la Américas (REMJA) y de la resolución AG/RES. 2040 (XXXIV-O/04), en particular las siguientes:

 

·                     Primera Reunión de Autoridades Centrales y otros Expertos sobre Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal y Extradición, celebrada en Ottawa, Canadá, en abril y mayo de 2003.

·                     Tercera Reunión del Grupo de Expertos Gubernamentales en materia de Delito Cibernético, celebrada en junio de 2003 en la sede de la OEA en Washington.

·                     Primera Reunión de Autoridades responsables de las Políticas Penitenciarias y Carcelarias, celebrada en octubre de 2003 en la sede de la OEA en Washington.

·                     Reunión de Expertos Gubernamentales para considerar la conveniencia de elaborar un Plan de Acción Hemisférico para el Combate contra la Delincuencia Organizada Transnacional, celebrada en abril de 2005 en la sede de la OEA en Washington.

·                     Reunión de expertos sobre cooperación con respecto a la negación de acogida a funcionarios corruptos y a quienes los corrompen, su extradición y el no ingreso y la recuperación de activos y bienes originados en actos de corrupción y su restitución a sus legítimos propietarios, en desarrollo del “Plan de Acción de Managua sobre medidas concretas adicionales para aumentar la transparencia y combatir la corrupción en el marco de la Convención Interamericana contra la Corrupción” (EPCICOR/doc.04/04 rev. 5, corr. 1 párrafo 9) y de las resolucoines AG/RES. 2034 (XXXIV-O/04, párrafo resolutivo 6.c. y CP/RES. 875 (1460/05), celebrada el 28 y 29 de marzo de 2005, en la sede de la OEA.

 

2.                   Solicitar al Consejo Permanente que convoque de acuerdo con las “Conclusiones y Recomendaciones de la REMJA-V” y las resoluciones AG/RES. 2019 (XXXIV-O/04), AG/RES. 2026 (XXXIV-O/04) y AG/RES.2040 (XXXIV-O/04), en forma previa a la realización de la REMJA- VI, a las siguientes reuniones técnicas, teniendo en cuenta los avances que se han venido realizando en la preparación de las mismas:

 

·                     Segunda Reunión de Autoridades Centrales y otros Expertos en Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal y Extradición, a celebrarse en Brasilia los días 1, 2 y 3 de septiembre de 2005.

·                     Cuarta Reunión del Grupo de Expertos Gubernamentales en materia de Delito Cibernético, tomando en cuenta los resultados de los talleres subregionales que se han llevado a cabo desde la última reunión de dicho grupo, celebrada en junio de 2003 en la sede de la OEA en Washington.

·                     Segunda Reunión de Autoridades responsables de las Políticas Penitenciarias y Carcelarias.

·                     Reunión de Autoridades Nacionales responsables en relación con la trata de personas, especialmente mujeres y niños, de conformidad con las resoluciones AG/RES. 2019 (XXXIV-O/04), AG/RES. 2026 (XXXIV-O/04) y AG/RES. 2040 (XXXIV-O/04).

 

3.                   Exhortar a los Estados Miembros a que participen activamente en el Grupo de Trabajo de la REMJA sobre Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal y Extradición, y que consideren participar en la Red Hemisférica de Intercambio de Información para la Asistencia Judicial Mutua en Materia Penal y Extradición. Asimismo, solicitar a dicho Grupo de Trabajo que continúe informando sobre sus labores al Consejo Permanente e instruir a la Oficina de Derecho y Programas Interamericanos que le continúe prestando su apoyo.

 

4.                   Convocar la Sexta Reunión de Ministros de Justicia o de Ministros o Procuradores Generales de las Américas (REMJA-VI), la cual se realizará en el año 2006 de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos, y encomendar al Consejo Permanente que, con el apoyo técnico de la Oficina de Derecho y Programas Interamericanos de la Secretaría General, desarrolle los trabajos preparatorios y fije la fecha y sede para su realización.

 

5.                   Encomendar al Consejo Permanente que presente un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la Asamblea General en su trigésimo sexto período ordinario de sesiones.