Resoluciones Asamblea General

AG/DEC. 36 (XXXIV-O/04)

DECLARACIÓN DE QUITO SOBRE DESARROLLO SOCIAL Y DEMOCRACIA FRENTE A LA INCIDENCIA DE LA CORRUPCIÓN 

(Aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 8 de junio de 2004) 

Los Ministros de Relaciones Exteriores y Jefes de Delegación de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos, reunidos en Quito, Ecuador, con ocasión del trigésimo cuarto período ordinario de sesiones de la Asamblea General, 

REITERANDO que el desarrollo social y la democracia son objetivos esenciales de la OEA y de sus Estados Miembros;  

            RECORDANDO que la Carta Democrática Interamericana declara que los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla y al mismo tiempo establece que son componentes fundamentales del ejercicio de la democracia: la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad y la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública; 

TENIENDO PRESENTE que, desde su inicio, el proceso de Cumbres de las Américas se ha preocupado de la lucha contra la corrupción y que este tema ha merecido la atención de sus Jefes de Estado y de Gobierno; 

            TENIENDO EN CUENTA la “Declaración de Santiago sobre democracia y confianza ciudadana: Un nuevo compromiso de gobernabilidad para las Américas” (AG/DEC. 31 (XXXIII-O/03)) y la resolución AG/RES. 1960 (XXXIII-O/03), “Programa de Gobernabilidad Democrática en las Américas”; 

            DESTACANDO la Declaración sobre Seguridad en las Américas en la que, dentro de un enfoque multidimensional, se reconoce la corrupción como una nueva amenaza a la seguridad de los Estados que socava las instituciones públicas y privadas y la confianza de la sociedad, genera grandes daños económicos, compromete la estabilidad, erosiona el estado de derecho y vulnera la capacidad gubernamental para responder a otras amenazas a la seguridad; 

RECORDANDO el mandato de la Declaración de Nuevo León, adoptada por la Cumbre Extraordinaria de las Américas, que establece el compromiso de aunar esfuerzos en el marco de la Convención Interamericana contra la Corrupción, particularmente a través del fortalecimiento del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de este instrumento; 

            REAFIRMANDO su voluntad de continuar instrumentando los Planes de Acción de las Cumbres de las Américas, así como los compromisos asumidos en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas;  

RECORDANDO que la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (Convención de Mérida) señala que la corrupción ha dejado de ser un problema local para convertirse en un fenómeno transnacional que afecta a todas las sociedades y economías, lo que hace esencial la cooperación internacional para prevenirla y luchar contra ella;  

RECORDANDO ASIMISMO que la Convención de Mérida expresa preocupación por los casos de corrupción que entrañan vastas cantidades de activos, los cuales pueden constituir una proporción importante de los recursos de los Estados, y que amenazan la estabilidad política y el desarrollo sostenible de esos Estados;  

CONVENCIDOS de que el multilateralismo y la cooperación entre Estados soberanos juegan un papel importante en el apoyo a los esfuerzos nacionales para consolidar la democracia, promover el desarrollo social y luchar contra la corrupción; 

RECONOCIENDO: 

            Que el alivio de la deuda externa puede ser un factor crítico para liberar recursos que pueden encauzarse hacia actividades que promuevan la inversión social de los Estados y el fortalecimiento de la democracia; 

Que la Convención Interamericana contra la Corrupción es el instrumento jurídico más importante a nivel interamericano para el combate a la corrupción, en la medida que establece medios de cooperación indispensables en la lucha contra este flagelo y promueve así acciones internacionales para prevenirlo, detectarlo y sancionarlo;  

            Los esfuerzos desarrollados por los Estados Miembros para implementar los compromisos contraídos en la Convención Interamericana contra la Corrupción, así como su participación en el Mecanismo de Seguimiento de la misma; y 

            La importancia de las “Conclusiones y recomendaciones de medidas concretas para fortalecer el MESICIC”, adoptadas por la Primera Conferencia de Estados Parte del Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), realizada en la sede de la OEA el 1 y 2 de abril de 2004;

            DESTACANDO la reciente adopción de la Convención de Mérida como un eficaz y moderno instrumento en el combate a la corrupción, toda vez que establece, entre otros, la obligación de los Estados Parte de adoptar medidas preventivas y de penalizar una amplia gama de actos de corrupción; de prestarse la más amplia cooperación para la extradición y la asistencia jurídica recíproca, de conformidad con la legislación nacional y las normas internacionales aplicables, y el decomiso del producto del delito; y de proporcionar asistencia técnica y crear un mecanismo para la restitución de los activos producto de la corrupción a sus legítimos propietarios anteriores; y haciendo un llamado a su pronta ratificación con objeto de asegurar su entrada en vigor y la puesta en marcha de sus mecanismos,

DECLARAN: 

1.         Que el desarrollo, la democracia y la lucha contra la corrupción son temas que guardan profunda relación entre sí y que, por lo tanto, deben ser tratados en forma balanceada e integrada por nuestros países. 

2.         Que el fenómeno mundial de la corrupción representa un grave obstáculo para el desarrollo social de sus pueblos y ha merecido la atención de los Jefes de Estado y de Gobierno a través del proceso de Cumbres de las Américas. En ese sentido, reafirman su compromiso en la lucha contra la corrupción, que atenta contra la democracia y la gobernabilidad democrática, debilita las instituciones, compromete el desarrollo económico y social y la lucha contra la pobreza, mina la confianza ciudadana y afecta la estabilidad política.  

            3.         Que, en el marco de la legislación nacional y las normas internacionales aplicables, se comprometen a negar acogida a funcionarios corruptos, a quienes los corrompen y a los bienes producto de la corrupción, así como a cooperar en su extradición y en la recuperación y restitución de los activos originados en la corrupción a sus legítimos propietarios, y se comprometen a perfeccionar los mecanismos regionales de asistencia jurídica mutua en materia penal.  

4.         Su preocupación por las prácticas corruptas, ilegales y fraudulentas en la administración de algunas empresas nacionales y transnacionales, que podrían afectar negativamente las economías, en particular las de los países en desarrollo, sus productores y consumidores. 

            5.         Que reafirman su compromiso de intensificar los esfuerzos para combatir la corrupción y otras prácticas no éticas en los sectores público o privado, fortaleciendo una cultura de transparencia y una gestión pública más eficiente. 

            6.         Su disposición de promover la adopción, conforme a los principios fundamentales de la legislación interna, las medidas legislativas y de otro género que sean necesarias para que las autoridades competentes del Estado requerido puedan devolver los bienes decomisados o confiscados al Estado requirente, en caso de apropiación fraudulenta de fondos públicos o de lavado de fondos públicos que hayan sido objeto de apropiación fraudulenta.  

            7.         La trascendencia de que la comunidad internacional realice un esfuerzo concertado con los Estados del Hemisferio en la lucha contra la corrupción y la impunidad, brindándoles la más amplia cooperación en el marco de los tratados y leyes aplicables, para permitir que quienes han cometido actos de corrupción desde el poder político en contra de esos Estados sean juzgados por sus tribunales nacionales y respondan ante ellos. 

            8.         Que el pluralismo político y los partidos políticos sólidos son elementos esenciales de la democracia. Destacan la importancia de normas que aseguren la transparencia de sus finanzas, eviten la corrupción y el riesgo de influencias indebidas y alienten un alto nivel de participación electoral.  

            9.         Que la prevención y la erradicación de la corrupción son responsabilidad compartida de todos los Estados y que éstos deben cooperar entre sí, con el apoyo y la participación de personas y grupos que no pertenecen al sector público, como la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de base comunitaria, para que sus esfuerzos en este ámbito sean eficaces.  

            10.        Que la lucha contra la corrupción debe realizarse con apego a los principios de debida gestión de los asuntos y los bienes públicos, equidad, responsabilidad e igualdad ante la ley, los principios fundamentales del debido proceso en los procesos penales y en los procedimientos civiles o administrativos sobre derechos de propiedad, así como la necesidad de salvaguardar la integridad y fomentar una cultura de rechazo de la corrupción.   

            11.        Que la cooperación internacional contra la corrupción debe ser respetuosa de la soberanía y la integridad territorial de los Estados y del principio de no intervención en los asuntos internos.  

12.        Que la Convención Interamericana contra la Corrupción es el marco para la acción colectiva y la cooperación hemisférica en este campo. Destacan su compromiso de fortalecer el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención (MESICIC) y, en este sentido, hacen suyas las conclusiones y recomendaciones de medidas concretas para fortalecer el MESICIC adoptadas por la Primera Conferencia de los Estados Parte del mismo. 

13.        Que destacan, igualmente, la importancia de que en la Conferencia de los Estados Parte de la Convención a reunirse en Managua, Nicaragua, el 8 y 9 de julio de 2004, en cumplimiento del mandato de la Cumbre Extraordinaria de las Américas, se adopten medidas concretas adicionales para aumentar la transparencia y combatir la corrupción en el Hemisferio.  

            14.        Su decidido respaldo a la ejecución del Programa Interamericano de Cooperación para Combatir la Corrupción y a la Red Interamericana de Cooperación contra la Corrupción, de la OEA. 

15.        Que los medios de comunicación y los distintos actores de la sociedad civil deben jugar un rol fundamental en la prevención y lucha contra la corrupción, de acuerdo con la legislación nacional y las normas internacionales aplicables. Su actuación responsable contribuye a la cultura de la transparencia, buen gobierno y valores democráticos.  

16.        Que el acceso a la información pública sustenta la transparencia gubernamental y contribuye a impedir la impunidad al permitir la detección de actos de corrupción. Expresan su compromiso de promover medidas adicionales para incrementar la transparencia gubernamental. 

17.        Que el fortalecimiento y respeto del estado de derecho, la defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el progreso económico, el bienestar y la justicia social, la transparencia y la rendición de cuentas en los asuntos públicos, la promoción de diversas formas de participación ciudadana y la generación de oportunidades para todos son fundamentales para promover y consolidar la democracia representativa. 

18.        Su compromiso de avanzar para superar la pobreza, el hambre y la desigualdad social, y en el desarrollo del Programa Interamericano de Combate a la Pobreza y la Discriminación, a través de la recientemente fortalecida Comisión Interamericana de Desarrollo Social. 

19.       La importancia de intensificar las acciones, en particular a través de la cooperación internacional y el intercambio de información, mejores prácticas y visiones comunes sobre los compromisos anticorrupción existentes, adoptados por los gobiernos, incluidos, según sea apropiado, aquellos establecidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Declaración de Nuevo León y la Convención de Mérida.