Resoluciones Asamblea General

 
AG/
RES. 1969 (XXXIII-O/03
)

RECONOCIMIENTO DE LA ZONA DE PAZ Y COOPERACIÓN SUDAMERICANA 

(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

TENIENDO PRESENTE que, conforme al artículo 2 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, uno de los propósitos esenciales de la Organización es afianzar la paz y la seguridad del Continente; 

RECORDANDO:  

Que en la II Reunión de Presidentes de América del Sur, celebrada en Guayaquil, Ecuador, del 26 al 27 de julio de 2002, se aprobó el “Consenso de Guayaquil sobre Integración, Seguridad e Infraestructura para el Desarrollo” en el que los Presidentes, inspirados en la vocación y anhelo de sus pueblos por alcanzar un futuro de fecunda y pacífica convivencia, de permanente cooperación y bienestar y convencidos de que la paz, la seguridad y la cooperación deben sustentarse en compromisos que afiancen la confianza mutua e impulsen el desarrollo y el bienestar integral de sus pueblos y de la región en su conjunto, declararon a América del Sur “Zona de Paz y Cooperación Sudamericana”; 

Que la Declaración sobre Zona de Paz y Cooperación Sudamericana, suscrita en Guayaquil en julio del año 2002, así como la “Declaración del MERCOSUR, Bolivia y Chile como Zona de Paz”, suscrita en Ushuaia, Argentina, en 1998, constituyen un avance en el área de las medidas de fomento de la confianza y la seguridad y en otros asuntos relacionados con la seguridad hemisférica; 

Que en el “Compromiso de Lima, Carta Andina para la Paz y la Seguridad”, suscrito en Lima el 17 de junio de 2002, los países andinos establecieron los mecanismos y criterios para instaurar una Zona de Paz en la Comunidad Andina, acordando igualmente promover su reconocimiento por la comunidad internacional; y 

Que en el Consenso de Miami: Declaración de los Expertos sobre Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad, se considera que se deben implementar nuevas medidas de fomento de la confianza y la seguridad y de fomento de la transparencia en la región para superar las amenazas tradicionales a la seguridad y enfrentar las nuevas amenazas, preocupaciones y otros desafíos del Siglo XXI y abordar las realidades de seguridad de las subregiones de las Américas; 

TENIENDO EN CUENTA: 

La Resolución No. 57/13, del 14 de noviembre de 2002 adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que acoge con beneplácito la Declaración de los Presidentes de América del Sur, aprobada en su segunda reunión, en Guayaquil (Ecuador) el 27 de julio de 2002, en la que se declara a la región “Zona de Paz y Cooperación Sudamericana”; y

El párrafo resolutivo 7 de la citada resolución, en el que la Asamblea General de las Naciones Unidas  hace un llamamiento a los Estados de las demás regiones para que contribuyan y cooperen con los objetivos establecidos en la Declaración sobre la Zona de Paz y Cooperación Sudamericana; y 

CONVENCIDA de la necesidad de impulsar acciones o iniciativas orientadas a  fortalecer las instituciones de las Américas y la cooperación entre ellas,  relacionadas con los distintos aspectos de la defensa y la seguridad, con el propósito de consolidar la paz en la región americana, dentro del estricto apego a las normas del derecho internacional consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y la Carta de la Organización de los Estados Americanos, 

RESUELVE: 

1.                     Reconocer con satisfacción y destacar como un logro importante para la seguridad hemisférica, la Declaración de los Presidentes de América del Sur, aprobada en su Segunda Reunión, celebrada en Guayaquil, Ecuador, el 27 de julio de 2002, en la que se declara a la región “Zona de Paz y Cooperación Sudamericana”. 

2.                     Expresar el compromiso de la Organización de los Estados Americanos de contribuir eficazmente a las iniciativas que se realizan en el plano regional y subregional para el afianzamiento de la paz y la seguridad.  

3.                     Instar a los Estados Miembros a que consideren llevar a cabo seminarios, cursos y estudios sobre la creación y funcionamiento de zonas de paz y cooperación en la región, e intercambien entre sí las experiencias obtenidas de estos eventos académicos.  

4.                     Expresar satisfacción por la adopción por la Asamblea General de las Naciones Unidas de la resolución 57/13 del 14 de noviembre de 2002, en la que acoge con beneplácito la Declaración de los Presidentes de América del Sur, al haber declarado a la región “Zona de Paz y Cooperación Sudamericana”. 

5.                     Solicitar al Secretario General que transmita la presente resolución al Secretario General de las Naciones Unidas.