Resoluciones Asamblea General

 
AG/
RES. 1968 (XXXIII-O/03
)

PROLIFERACIÓN Y TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS PEQUEÑAS Y ARMAS LIGERAS 

(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003) 

LA ASAMBLEA GENERAL, 

VISTO el Informe Anual del Consejo Permanente a la Asamblea General (AG/doc.4156/03 add. 4), en particular la sección sobre los temas encomendados a la Comisión de Seguridad Hemisférica; 

RECORDANDO: 

La Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos, y Otros Materiales Relacionados (CIFTA); y 

Sus resoluciones AG/RES. 1642 (XXIX-O/99), AG/RES. 1744 (XXX-O/00), AG/RES. 1796 (XXXI-O/01), AG/RES. 1797 (XXXI-O/01) y AG/RES. 1888 (XXXII-O/02), “Proliferación y tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras”, y el Programa de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos; 

REAFIRMANDO el compromiso de los Estados Miembros de respetar los embargos de armas dispuestos por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas mediante la adopción, según corresponda, de las normas nacionales pertinentes; 

ALENTADA por la asistencia técnica y financiera disponible para la destrucción de los excedentes de armas, así como de armas ilegales confiscadas como resultado de la interdicción de su tráfico ilícito; 

CONVENCIDA de la necesidad de continuar e intensificar la cooperación multilateral como contribución importante a la solución de los problemas vinculados a la proliferación y el tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras; 

TOMANDO NOTA de la adopción por la Asamblea General de las Naciones Unidas de un protocolo internacional para combatir la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones, en el marco de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; y 

RECONOCIENDO:  

La importancia del trabajo y los programas de capacitación de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) tendientes a desarrollar la capacidad de los Estados Miembros para abordar la proliferación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y armas ligeras, y la necesidad de continuar e intensificar la cooperación multilateral para abordar estos temas; y 

Los importantes esfuerzos del Grupo de Expertos sobre el Control de Armas de Fuego de la CICAD, el cual se reunió del 7 al 9 de abril de 2003, en Managua, Nicaragua, a efectos de preparar un reglamento modelo sobre intermediación para su adopción por parte de los estados del Hemisferio, 

RESUELVE: 

1.          Alentar a los Estados Miembros a aplicar el Programa de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos sus Aspectos (Programa de Acción de las Naciones Unidas). 

2.          Solicitar al Consejo Permanente que celebre, en el ámbito de la Comisión de Seguridad Hemisférica, una reunión anual sobre armas pequeñas y armas ligeras, la cual examinará el estado de la implementación de los elementos nacionales, regionales y mundiales del Programa de Acción de las Naciones Unidas.  

3.          Alentar a los Estados Miembros a que informen a las Naciones Unidas sobre la implementación de los elementos nacionales, regionales y mundiales del Programa de Acción de las Naciones Unidas y solicitar que suministren el mismo informe a la Secretaría General, a más tardar el 15 de julio de cada año. 

4.          Elogiar a los Estados Miembros que han presentado sus informes sobre la implementación del programa de Acción de las Naciones Unidas. 

5.          Continuar alentando a los Estados Miembros a que adopten las medidas con respecto a la intermediación de armas que sean necesarias para combatir el tráfico ilícito de armas de fuego. 

6.          Solicitar a la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) que, en consulta con el Comité Consultivo de la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CIFTA), continúe realizando sus programas de adiestramiento a fin de contribuir a la capacidad de los Estados Miembros para implementar la CIFTA y el Programa de Acción de las Naciones Unidas.  

7.         Solicitar a la CICAD, el Comité Consultivo establecido en el marco de la CIFTA y el Comité Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE), que continúen profundizando la cooperación y fortaleciendo la coordinación de sus actividades, según corresponda. 

8.          Solicitar a la Secretaría General que, en coordinación con el Colegio Interamericano de Defensa, haga los arreglos necesarios para realizar un seminario sobre identificación, recolección y administración de arsenales y destrucción de armas pequeñas y armas ligeras. 

9.          Alentar a los Estados Miembros a que adopten las medidas propuestas de fomento de la confianza y la seguridad, establecidas en el Consenso de Miami, las cuales exhortan a los Estados Miembros a que identifiquen y aseguren los excedentes de armas pequeñas y armas ligeras, así como los inventarios de armas pequeñas y armas ligeras que hayan sido confiscadas y, de conformidad con las leyes nacionales y acuerdos internacionales en que se participe, definan programas de destrucción de esas armas e inviten a representantes internacionales a presenciar la destrucción de estas armas. 

10.         Alentar a los Estados Miembros que aún no lo hayan hecho a que consideren firmar o ratificar el Protocolo de las Naciones Unidas contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones. 

11.         Encomendar al Consejo Permanente y a la Secretaría General, según corresponda,  a que lleven a cabo las actividades mencionadas en la presente resolución de acuerdo con los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos. 

12.         Solicitar al Secretario General que transmita la presente resolución al Secretario General de las Naciones Unidas. 

13.         Solicitar al Consejo Permanente y al Secretario General que informe a la Asamblea General en su trigésimo cuarto período de sesiones sobre la implementación de la presente resolución.