Resoluciones Asamblea General

 
AG/
RES. 1964 (XXXIII-O/03
)

APOYO AL TRABAJO DEL COMITÉ INTERAMERICANO CONTRA EL TERRORISMO 

(Resolución aprobada en la cuarta sesión plenaria, celebrada el 10 de junio de 2003) 

LA ASAMBLEA GENERAL,  

VISTAS las observaciones y recomendaciones del Consejo Permanente sobre los informes anuales de los órganos, organismos y entidades de la Organización (AG/doc.4228/03), en particular en lo que se refiere al Informe de la Presidencia del Comité Interamericano contra el Terrorismo a la Asamblea General en su trigésimo tercer período ordinario de sesiones: Actividades 2002-2003 (CP/doc.3714/03); 

TOMANDO NOTA CON SATISFACCIÓN de la celebración del tercer período ordinario de sesiones del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE), celebrado en San Salvador, El Salvador, del 22 al 24 de enero de 2003, ocasión en la que los Estados Miembros adoptaron la Declaración de San Salvador sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en la Lucha contra el Terrorismo, las recomendaciones del CICTE a la Conferencia Especial sobre Seguridad y el Plan de Trabajo del CICTE y la resolución CICTE/RES. 1/03 rev. 2, “Revisión al Estatuto y Reglamento del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE)”; 

REAFIRMANDO que el terrorismo, cualquiera sea su origen o motivación, no tiene justificación alguna, y que de conformidad con la Declaración de San Salvador sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en la Lucha contra el Terrorismo, adoptada por los Estados Miembros durante el tercer período ordinario de sesiones del CICTE, el terrorismo constituye una seria amenaza a los valores democráticos, la paz y la seguridad internacionales, desestabiliza y socava las bases de toda la sociedad y afecta seriamente el desarrollo económico y social de los Estados de la región; 

RECONOCIENDO CON PREOCUPACIÓN que los nexos que con frecuencia existen entre el terrorismo y el tráfico ilícito de drogas, el lavado de activos, el tráfico ilícito de armas y otras manifestaciones de la delincuencia organizada transnacional agravan esta amenaza y que su producto es utilizado por los grupos terroristas para financiar y apoyar sus actividades, por lo que las medidas de prevención y represión deben ser fortalecidas;  

RECORDANDO sus resoluciones AG/RES. 1650 (XXIX-O/99), “Cooperación Hemisférica para Prevenir, Combatir y Eliminar el Terrorismo”, AG/RES. 1734 (XXX-O/00) “Observaciones y Recomendaciones al Informe Anual del Comité Interamericano contra el Terrorismo”, AG/RES. 1789 (XXXI-O/01) y AG/RES. 1877 (XXXII-O/02), “Apoyo a la labor del Comité Interamericano contra el Terrorismo”; 

TENIENDO EN CUENTA la resolución S/RES/1373(2001) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU), mediante la cual se insta a los Estados Miembros a que adopten medidas específicas para combatir el terrorismo internacional; y

ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO la creciente colaboración entre la Secretaría del CICTE y las organizaciones subregionales e internacionales, incluyendo el Grupo de Acción Financiera del Caribe, la Comisión Interparlamentaria Centroamericana, el Comité contra el Terrorismo de la ONU, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) y el Grupo de Acción Financiera sobre Lavado de Activos (GAFI), 

RESUELVE: 

1.                     Reafirmar su compromiso de continuar fortaleciendo la cooperación hemisférica y de implementar medidas específicas a fin de prevenir, combatir y eliminar el terrorismo internacional. 

2.                     Expresar su satisfacción por el progreso alcanzado por los Estados Miembros en la adopción de medidas efectivas para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo y subrayar la necesidad de continuar fortaleciendo su aplicación y la de los mecanismos de cooperación en la lucha contra el terrorismo en los planos bilateral, subregional, regional e internacional. 

3.                     Hacer suya la Declaración de San Salvador sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en la Lucha contra el Terrorismo y alentar a los Estados Miembros a dar el mayor seguimiento posible a los compromisos contenidos en esa Declaración. 

4.                     Expresar su satisfacción por el trabajo del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE) en la identificación de medidas urgentes para fortalecer la cooperación hemisférica para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo. 

5.                     Instar al CICTE a que facilite el diálogo permanente entre los Estados Miembros a fin de adoptar medidas preventivas que anticipen y enfrenten las amenazas terroristas emergentes, cualesquiera sea su origen, tales como las actividades de los grupos terroristas internacionales y las amenazas a la seguridad cibernética. 

6.                     Expresar su agradecimiento a los Estados Miembros y Observadores Permanentes, así como a la Junta Interamericana de Defensa, que han contribuido con recursos humanos y otros recursos para la Secretaría del CICTE y para apoyar la implementación de su Plan de Trabajo. 

7.                     Hacer un llamado a los Estados Miembros, Observadores Permanentes y otros miembros de la comunidad internacional, a suministrar, mantener o incrementar, según corresponda, sus contribuciones financieras al CICTE y a que consideren designar funcionarios para la Secretaría del CICTE. 

8.                     Encomiar a los Estados Miembros que son ya parte de la Convención Interamericana contra el Terrorismo y hacer un llamado a los Estados Miembros que aún no lo son, para que la suscriban, ratifiquen o adhieran, según corresponda, a efectos de posibilitar su entrada en vigor. 

9.                     Instar a los Estados Miembros a: 

a)                intensificar sus acciones para dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución S/RES/1373 (2001) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU), en particular la obligación de abstenerse de proporcionar cualquier tipo de apoyo a las entidades o personas que participen en la comisión de actos terroristas, la obligación de denegar refugio y/o albergue a quienes financien, planifiquen, apoyen o cometan actos terroristas y el deber de impedir que sus territorios sean utilizados para financiar, planificar y facilitar la comisión de dichos actos; 

b)                continuar sus esfuerzos para implementar las recomendaciones sobre controles financieros y fronterizos acordados en el tercer período ordinario de sesiones del CICTE, incluyendo, según corresponda, la incorporación de dichas recomendaciones en sus legislaciones internas, así como la adopción de las medidas necesarias para intensificar el intercambio de información sobre las actividades de grupos terroristas; 

c)                informar al cuarto período ordinario de sesiones del CICTE sobre las medidas adoptadas para aplicar las recomendaciones citadas, y suministrar, si aún no lo han hecho, copia de sus informes más recientes sobre medidas dispuestas para implementar la Resolución S/RES/1373 (2001) del Consejo de Seguridad de la ONU; 

d)                responder, si aún no lo han hecho, el cuestionario del CICTE, el cual es un instrumento esencial para identificar y atender las necesidades de cooperación de los Estados Miembros; y 

e)                continuar estimulando la más amplia cooperación con los órganos apropiados de la OEA en materias relacionadas con los objetivos y propósitos de la Convención Interamericana contra el Terrorismo. 

10.                 Reiterar la importancia de fortalecer la colaboración, coordinación y el intercambio de información sobre programas y actividades para enfrentar el terrorismo entre el CICTE y las comisiones y mecanismos interamericanos pertinentes, incluidos la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) y el Comité Consultivo de la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones y otros Materiales Relacionados (CIFTA), los Estados Miembros, los Observadores Permanentes y el Comité Contra el Terrorismo de la ONU, a efectos de combatir los vínculos que con frecuencia existen entre el terrorismo y el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas y otras formas del crimen organizado transnacional. 

11.                 Encomendar a la Secretaría General que continúe prestando, dentro de los recursos asignados en el programa-presupuesto de la Organización y otros recursos, apoyo administrativo y cualquier otro apoyo necesario a la Secretaría del CICTE y al cuarto período ordinario de sesiones del CICTE, incluyendo las reuniones preparatorias para ese período ordinario de sesiones y para la reunión de puntos de contacto que tendrá lugar en la OEA los días 14 y 15 de julio de 2003. 

12.                 Solicitar a la Presidencia del CICTE que informe a la Asamblea General en su trigésimo cuarto período ordinario de sesiones sobre el cumplimiento de la presente resolución.